El pasado 4 de marzo el Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea alcanzaron un acuerdo provisional sobre la propuesta de Reglamento de Envases y Residuos de Envases. El acuerdo, que ahora deberá ser adoptado formalmente por ambas instituciones, establece múltiples objetivos para poder reducir de manera gradual el uso de los envases.
El objetivo es hacer frente al aumento de los residuos de envases generados en la Unión Europea, a la vez que se armoniza el mercado interior de envases y se impulsa la economía circular. La propuesta, a su vez, tiene en cuenta el ciclo de vida completo de los envases, estableciendo una serie de requisitos para asegurar que el envasado sea seguro y sostenible. Para ello, requiere que todo el envasado sea reciclable, asegurando que se reduzca al mínimo la presencia de sustancias preocupantes y nocivas para la salud.
También establece requisitos de armonización con respecto al etiquetado en los productos para mejorar la información que se comparte con el consumidor en dichos envases. En lo relativo a la jerarquía de residuos, este acuerdo pretende reducir en gran medida la generación de residuos de envases fijando objetivos vinculantes en relación con la reutilización de los envases y materiales, restringiendo ciertos tipos de envases de un solo uso y exigiendo a los agentes económicos que reduzcan al mínimo los envases utilizados.
El acuerdo provisional pactado cubre los siguientes puntos:
Menos envases y restricción de determinados formatos.
El acuerdo establece una serie de objetivos con respecto a la reducción de envases. Instaurando una disminución en su uso del 5% para 2030, 10% para 2035 y un 15% para 2040. Este acuerdo exige a los países de la UE que reduzcan, en particular, la cantidad de residuos de envases de plástico. Los principales productos que se van a ver afectados por estas medidas son aquellos considerados «de un solo uso» como aquellos que se utilizan para envasar frutas y verduras frescas, envases para alimentos y bebidas envasados y consumidos en cafés y restaurantes, o los envases individuales o en formato “monodosis” como son los condimentos o el azúcar. También se verán prohibidos, a partir del 1 de enero de 2030, los envases de pequeños tamaños y muestras, como los botes miniatura de champú o cremas, puestos a disposición de los clientes en muchos hoteles y establecimientos. A su vez, se vetará el uso de los envoltorios retráctiles de las maletas y equipajes en los aeropuertos.
La prohibición del uso de «sustancias químicas para siempre».
Esta medida se ha establecido con la intención de evitar los efectos nocivos para la salud provocados por el uso de «sustancias químicas para siempre» o “contaminantes eternos” (sustancias químicas, perfluoradas y polifluoradas o PFAS), encontradas en los envases y envoltorios los cuales se encuentran en contacto con alimentos de forma directa, como es el caso de las cajas para las pizzas.
Promover la reutilización y las opciones de rellenado para los consumidores.
Los representantes de ambas instituciones han acordado fijar un objetivo específico de envases reutilizables para las bebidas alcohólicas y no alcohólicas, exceptuando la leche, el vino, el vino aromatizado y las bebidas espirituosas, para 2030, en al menos el 10%. Con esta medida, en ciertas condiciones, los Estados miembros pueden conceder una excepción de cinco años a estos requisitos. En base a este punto, los distribuidores finales de bebidas y comida para llevar en el sector de la restauración se verán obligados a ofrecer a los consumidores la posibilidad de que estos lleven su propio envase para ser relleno con bebidas (refill), tanto frías como calientes, y comida preparada. También se les exigirá que un esfuerzo de ofrecer el 10% de los productos envasados en un formato de envase reutilizable, para 2030.
A su vez, los mismos Estados miembros deberán incentivar a los restaurantes, bares, cafeterías y servicios de catering optar por servir agua procedente del grifo (cuando esté disponible, de forma gratuita o por un bajo precio), en un formato que sea reutilizable o rellenable. Esto evitará la comercialización de agua envasada, lo cual implica una disminución en envases utilizados.
Envases reciclables, una mejor recogida de residuos y reciclaje.
Los negociadores acordaron que todos los envases deben ser reciclables, cumpliendo criterios estrictos, los cuales se definirán en legislación producida posteriormente. Sin embargo, a la hora de aplicar esta medida, se prevén algunas excepciones aplicadas para ciertos productos, como el caso de la madera ligera, el corcho, el textil, el caucho, la cerámica, la porcelana o la cera.
El establecimiento de sistemas de depósito y devolución (SDDR).
Según la nueva normativa, para 2029 los Estados miembros deberán garantizar la recogida separada de al menos el 90% anual de las botellas de plástico y los envases metálicos de bebidas de un solo uso. Para alcanzar ese objetivo, se deberán de establecer sistemas de depósito y devolución (SDDR), específicos para esos formatos de envases. Los requisitos mínimos para los SDDR no se aplicarán a los sistemas ya implantados antes de la entrada en vigor del Reglamento, en el caso de que los sistemas alcancen el objetivo del 90% en 2029.
Aquí puedes encontrar más información sobre el acuerdo alcanzado por la Presidencia del Consejo de la UE y el Parlamento Europeo.