La implantación de una empresa extranjera en España es una oportunidad importante para acceder a un mercado clave dentro de la Unión Europea. No obstante, este proceso requiere un conocimiento detallado de los requisitos legales y administrativos que garantizan la admisión de la operación.
Cada decisión, desde la selección de la estructura jurídica más adecuada hasta la obtención de las autorizaciones pertinentes, influirá significativamente en la viabilidad y desarrollo de la compañía en España.
En QualityConta preparamos este artículo con el fin de guiarle sobre este tema, para que la implantación se gestione de manera eficaz y conforme a la normativa española vigente.
Formas legales de implantación: Oficina de Representación, Sucursales y Filiales
El primer paso en el proceso de implantación de una empresa extranjera en España es determinar la estructura legal más conveniente para los objetivos y necesidades de la compañía.
Esta elección determinará el grado de autonomía operativa, las obligaciones legales y fiscales, así como las posibilidades de expansión y gestión dentro del territorio español.
Las tres opciones más comunes para establecer una empresa extranjera en España son la Oficina de Representación, la Sucursal y la Filial, cada una de las cuales presenta características diferenciadas en cuanto a su independencia y capacidad operativa.
Oficina de Representación
Esta figura jurídica es ideal para aquellas empresas extranjeras que desean establecer una presencia en España sin llevar a cabo actividades comerciales directas.
La Oficina de Representación se utiliza principalmente para gestionar aspectos como la promoción de la empresa, la realización de estudios de mercado o la creación de relaciones empresariales en el país.
Al no realizar operaciones comerciales, la Oficina de Representación no genera ingresos en España, por lo que no está sujeta al Impuesto de Sociedades.
No obstante, es importante señalar que esta forma de implantación tiene limitaciones en cuanto a su capacidad operativa, ya que no permite ejecutar transacciones comerciales, firmar contratos con clientes ni realizar actividades generadoras de ingresos en España.
Este modelo es adecuado cuando el objetivo de la empresa es evaluar el mercado español antes de decidir una expansión más amplia o si se necesita un punto de contacto local para clientes o socios comerciales.
Sucursales
A diferencia de la Oficina de Representación, las Sucursales sí están autorizadas a desarrollar actividades comerciales en España y, por tanto, pueden generar ingresos. Sin embargo, aunque operan en el país, las sucursales no son entidades jurídicas independientes; depende directamente de la empresa matriz extranjera.
Esta dependencia implica que los compromisos y responsabilidades de la sucursal recaen directamente sobre la matriz.
Desde el punto de vista fiscal, las sucursales deben tributar por los beneficios generados en España a través del Impuesto de Sociedades, aunque no están obligadas a presentar cuentas anuales ante el Registro Mercantil de manera independiente, ya que estas se integran dentro de las de la matriz.
No obstante, siguen siendo responsables de presentar las declaraciones fiscales correspondientes y cumplir con las obligaciones contables derivadas de su actividad en el territorio español.
Este tipo de estructura es útil para aquellas empresas que quieren mantener el control centralizado de sus operaciones desde la sede principal, pero que necesitan tener una presencia física y operativa en España para poder ejecutar actividades comerciales y responder a las demandas del mercado local.
Filiales
Las Filiales son entidades jurídicas completamente independientes de la empresa matriz, lo que les otorga una mayor autonomía para operar y adaptarse al mercado español.
A diferencia de las sucursales, las filiales cuentan con una personalidad jurídica propia, lo que significa que sus responsabilidades, derechos y obligaciones se gestionan de manera autónoma.
Esta independencia se refleja en su capacidad para firmar contratos, gestionar recursos y tomar decisiones de manera más flexible y adaptada a las necesidades locales.
Desde un punto de vista fiscal, las filiales están sujetas al Impuesto de Sociedades como cualquier otra empresa nacional, y deben cumplir con todas las obligaciones contables y fiscales establecidas por la legislación española.
Las filiales, además, deben presentar sus cuentas anuales de manera independiente en el Registro Mercantil.
Este tipo de estructura es recomendado para empresas extranjeras que desean establecerse de forma más permanente y con mayores posibilidades de crecimiento en el mercado español, ya que la filial permite una mayor flexibilidad operativa y una mejor adaptación a las normativas locales.
Tratamiento fiscal y obligaciones contables para empresas Extranjeras
Una vez que la empresa extranjera se ha constituido y está operativa en España, debe cumplir con todas las obligaciones fiscales y contables que la legislación española impone.
Esto no solo garantiza el cumplimiento normativo, sino que también optimiza la gestión financiera de la empresa, evita sanciones y aumenta las ventajas fiscales que ofrece el marco legal español.
El tratamiento fiscal que reciba la empresa dependerá, en gran medida, de la estructura jurídica que haya adoptado (sucursal, filial u oficina de representación), lo que a su vez influirá en sus obligaciones fiscales y tributarias.
Obligaciones fiscales generales
Impuesto sobre Sociedades (IS)
Este es el tributo más importante para las empresas que generan ingresos en España. La tasa general es del 25% sobre los beneficios obtenidos, aunque existen tipos reducidos y deducciones fiscales en función del tipo de empresa y la actividad económica.
Es obligatorio para todas las entidades que generan ingresos en España, como las sucursales y filiales.
Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)
El IVA en España tiene una tasa general del 21%, aunque existen tipos reducidos del 10% y el 4% para ciertos bienes y servicios.
Las empresas extranjeras que operan en sectores sujetos a IVA deben registrarse como contribuyentes de este impuesto y presentarlo regularmente.
No obstante, si la empresa no realiza actividades comerciales, como en el caso de las Oficinas de Representación, no se le aplicará este impuesto.
Retenciones fiscales
Dependiendo de la actividad, las empresas extranjeras pueden estar sujetas a retenciones sobre ciertos pagos, como el alquiler de oficinas o la retribución de empleados, que deben abonarse a la Agencia Tributaria.
También existen retenciones específicas para los pagos a proveedores o servicios profesionales.
Tratamiento fiscal según la estructura jurídica
Sucursales
Las sucursales están obligadas a presentar una declaración anual del Impuesto de Sociedades ya cumplir con todas las obligaciones contables locales, incluyendo la presentación de libros contables y estados financieros que reflejen fielmente su actividad en España.
Es importante recordar que, a pesar de ser una extensión de la empresa matriz, la sucursal debe mantener una contabilidad separada que permita identificar claramente los ingresos y gastos generados en el territorio español.
Filiales
Las filiales deben cumplir estrictamente con las obligaciones contables locales, lo que incluye la presentación de cuentas anuales en el Registro Mercantil, así como la auditoría de sus cuentas si superan ciertos umbrales de facturación, activos o empleados.
Estas auditorías dan transparencia y credibilidad a la empresa frente a sus socios comerciales y autoridades fiscales en España.
Oficinas de representación
Aunque las oficinas de representación no generan ingresos, deben cumplir con ciertas obligaciones como la inscripción en el Registro de Entidades No Residentes, y, en algunos casos, es necesario informar sobre los gastos que se producen en España, tales como alquiler de oficinas, servicios administrativos o retribuciones a empleados locales.
Ventajas fiscales: Tratados de doble imposición
Uno de los beneficios de establecer una empresa extranjera en España es la existencia de numerosos tratados bilaterales que España ha firmado con otros países para evitar la doble imposición.
Estos acuerdos permiten a las empresas extranjeras eliminar o reducir el riesgo de pagar impuestos tanto en España como en su país de origen sobre los mismos beneficios.
Por ejemplo, estos tratados establecen mecanismos para acreditar los impuestos pagados en España frente a las autoridades fiscales del país de origen de la empresa.
En algunos casos, también se aplican tipos reducidos o exenciones en las retenciones fiscales sobre los pagos transfronterizos, como dividendos, intereses o regalías, lo que puede generar eficiencias fiscales significativas para las empresas extranjeras.
Obligaciones contables específicas
Las empresas extranjeras, independientemente de su estructura, deben llevar un control exhaustivo de su contabilidad, adaptado a los estándares contables españoles (Plan General de Contabilidad). Entre las principales obligaciones contables se incluyen:
- Llevar de libros contables: Es obligatorio llevar libros de contabilidad actualizados que reflejen todas las operaciones de la empresa. Estos libros deben ser presentados anualmente ante el Registro Mercantil.
- Presentación de cuentas anuales: Tanto las sucursales como las filiales deben presentar cuentas anuales ante el Registro Mercantil español, con un balance de situación, cuenta de pérdidas y ganancias, y un informe de gestión que permita evaluar la situación económica de la empresa. Las cuentas deben ser depositadas en los plazos establecidos por la normativa vigente.
- Auditoría de cuentas: En función de la facturación, el número de empleados o el volumen de activos, las empresas pueden estar obligadas a someter sus cuentas anuales a auditoría por un auditor registrado en España, lo que otorga una mayor transparencia y control sobre las actividades empresariales en el país.
Otras formas de colaboración
Además de las formas jurídicas mencionadas antes, las empresas extranjeras también pueden explorar otras opciones de colaboración que no implican necesariamente la creación de una estructura legal propia en España, pero que les permiten operar en el mercado español de manera efectiva.
Entre estas opciones se encuentran los acuerdos de distribución, las Uniones Temporales de Empresas (UTE) y las franquicias. Cada una de estas formas de colaboración presenta ventajas específicas en términos de flexibilidad, riesgos y control.
La elección de una u otra dependerá de los objetivos decisivos de la empresa y del grado de implicación que desee tener en el mercado español.
Acuerdos de Distribución
Esta fórmula permite a las empresas extranjeras vender sus productos o servicios en España a través de distribuidores locales.
Estos acuerdos son especialmente útiles para empresas que no desean crear una entidad legal en el país, pero que necesitan acceder al mercado a través de socios comerciales locales.
Los distribuidores, con su conocimiento del mercado, gestionan la logística y el cumplimiento, lo que reduce el riesgo operativo para la empresa extranjera.
Uniones Temporales de Empresas (UTE)
Las UTE son una forma de colaboración empresarial en la que dos o más empresas, ya sean nacionales o extranjeras, se agrupan para llevar a cabo un proyecto concreto en España.
Esta opción es especialmente común en sectores como la construcción y la ingeniería, donde grandes proyectos requieren la cooperación temporal de varias compañías.
Las UTE permiten compartir recursos y riesgos, y se disuelven una vez finalizado el proyecto.
Franquicias
La expansión mediante el modelo de franquicia es una opción atractiva para empresas extranjeras que desean crecer rápidamente en España sin tener que gestionar directamente todas las operaciones.
A través de la concesión de licencias de uso de marca y know-how, las empresas pueden permitir a emprendedores locales operar bajo su nombre y estándares, beneficiándose de su red de franquiciados para ganar presencia en el mercado.
Requisitos legales y registro de empresas extranjeras en España
El establecimiento de una empresa extranjera en España conlleva la realización de una serie de trámites administrativos que varían en función de la estructura jurídica seleccionada.
Uno de los pasos más importantes es el registro de la empresa extranjera, que debe llevarse a cabo ante las autoridades competentes. Entre los principales trámites que deben gestionarse se incluyen:
- Obtención del Número de Identificación Fiscal (NIF)
- Inscripción en el Registro Mercantil
- Apertura de una cuenta bancaria en una entidad española
- Obtención de licencias específicas según el sector de actividad
- Inscripción en la Seguridad Social (si corresponde)
Cumplir con estos requisitos es imprescindible para asegurar que la empresa opere dentro del marco legal español y para evitar posibles sanciones.
En este sentido, es recomendable contar con el apoyo de una asesoría especializada en implantación de empresas extranjeras, que guíe el proceso y garantice que se sigan todos los pasos necesarios de forma precisa y eficiente.
Una asesoría especializada en el proceso de implantación puede serle útil
A lo largo de todo el proceso del plan de implantación, una asesoría especializada en implantación de empresas extranjeras como QualityConta puede serle de gran ayuda. Le garantizamos que cada paso se realizará conforme a la normativa.
Ofrecemos soluciones a medida que permiten a la empresa extranjera centrarse en su actividad principal sin verse sobrecargada por cuestiones administrativas.
Nuestra vasta experiencia le demostrará que contar con un equipo especializado en áreas como fiscalidad, derecho mercantil, contabilidad y recursos humanos facilita enormemente la transición de una empresa extranjera a España, optimizando la operativa desde el primer momento.
Si es una empresa que desea aprovechar las oportunidades del mercado español, contáctenos. Nuestro enfoque meticuloso y apoyo le asegurarán que la implantación se realice de manera eficiente, permitiendo a su empresa establecerse y crecer de forma sostenida en este mercado competitivo.
Preguntas frecuentes sobre plan de implantación de una empresa
¿Es necesario tener un capital mínimo para abrir una filial en España?
Sí, el capital mínimo necesario para abrir una Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL), que es la forma más común de filial, es figuradamente de 1 euro. En el caso de una Sociedad Anónima (SA), el capital mínimo es de 60.000 euros.
¿Qué diferencias existen entre una sucursal y una filial en España?
Una sucursal depende directamente de la empresa matriz y tributa solo por los beneficios obtenidos en España. En cambio, una filial es una entidad legal independiente que tributa como una empresa española por la totalidad de sus beneficios, tanto en España como en el extranjero.
¿Cuáles son los plazos para registrar una empresa extranjera en España?
Los plazos varían según la complejidad del proceso, pero generalmente puede tomar entre 4 y 6 semanas completar todos los trámites administrativos, desde la obtención del NIF hasta la inscripción en el Registro Mercantil.
¿Puedo operar en España sin constituir una entidad legal?
Sí, es posible operar en España sin constituir una entidad legal mediante acuerdos de distribución, franquicias o Uniones Temporales de Empresas (UTE). Estos modelos permiten colaborar con empresas locales sin necesidad de abrir una sucursal o filial.
¿Es obligatorio auditar las cuentas de una sucursal o filial en España?
Las