Modelo 111, ¿para qué sirve y cómo presentarlo? | QualityConta

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El Modelo 111 se utiliza para autoliquidar las retenciones practicadas sobre ciertos rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y ganancias patrimoniales. 

Es un formulario que debe ser presentado por empresas, profesionales y otros agentes obligados a retener, asegurando que las importaciones retenidas a terceros sean ingresadas en la Agencia Tributaria.

Con Quality Conta veremos como su correcta cumplimentación y presentación garantizan el cumplimiento de las obligaciones fiscales y evitan posibles sanciones.

El principal objetivo del Modelo 111 es servir como un mecanismo de control y recaudación para la Agencia Tributaria, permitiendo que las cantidades retenidas a los contribuyentes sean ingresadas correctamente en las arcas públicas. 

Estas retenciones constituyen un adelanto del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y se aplican, entre otras, a:

  • Rendimientos del trabajo: Incluyen sueldos, salarios y otras remuneraciones percibidas por empleados o colaboradores.
  • Honorarios por actividades profesionales: Como los percibidos por abogados, médicos, arquitectos, entre otros autónomos o profesionales independientes.
  • Premios en concursos o rifas: Cualquier ganancia obtenida en sorteos, competiciones o promociones comerciales que superen los límites establecidos.
  • Contraprestaciones derivadas de actividades agrícolas, ganaderas o forestales: Rentas generadas en estos sectores productivos, especialmente cuando operan bajo regímenes de estimación objetiva.

El Modelo 111 no solo asegura que las cantidades retenidas lleguen a Hacienda, sino que también facilita que las empresas y profesionales cumplan con su rol como intermediarios fiscales. 

Este proceso refuerza la transparencia en el sistema tributario y permite al Estado anticiparse en la recaudación del IRPF, fundamentales para la financiación de los servicios públicos. También es importante destacar que el Modelo 111 es clave en la organización financiera de las empresas. 

Llevar un registro adecuado de las retenciones no solo asegura el cumplimiento normativo, sino que contribuye a una planificación fiscal más eficiente, ayudando a identificar oportunidades para optimizar la carga tributaria de las organizaciones.

¿Quién está obligado a presentarlo?

El Modelo 111 debe ser presentado por todos aquellos agentes que efectúan pagos sujetos a retención. Esto incluye a una amplia variedad de obligados tributarios que actúan como intermediarios fiscales, entre los cuales destacan:

  • Empresas y autónomos: Todas aquellas personas jurídicas y trabajadores por cuenta propia que realicen pagos por rendimientos del trabajo, tales como: 
  • Nóminas y sueldos.
  • Actividades económicas.
  • Honorarios profesionales. 
  • Servicios prestados por otros autónomos. 

Estos agentes deben garantizar que las retenciones practicadas sean correctamente declaradas e ingresadas a la Agencia Tributaria.

  • Entidades jurídicas y públicas: Se refiere a sociedades, asociaciones, fundaciones, comunidades de bienes y administraciones públicas que, al efectuar pagos sujetos a retención, tienen la responsabilidad de cumplir con esta obligación tributaria.
  • Personas físicas o jurídicas en estimación objetiva: Aquellos contribuyentes acogidos a este régimen fiscal que realicen actividades económicas específicas reguladas por ley, como actividades agrícolas, ganaderas o forestales.

Casos particulares de entidades que tienen normativas específicas que cumplir

  • Administraciones Públicas con presupuestos superiores a 6 millones de euros: Estas entidades, debido a su volumen económico, están sujetas a un régimen de presentación más exigente y deben cumplir con la periodicidad mensual en la declaración del modelo.
  • Grandes empresas: Aquellas cuya facturación supera los límites establecidos por Hacienda también están obligadas a presentar el Modelo 111 de forma mensual, con requisitos adicionales relacionados con la identificación y detalle de las operaciones realizadas.

Aspectos adicionales a considerar

Es importante destacar que la obligatoriedad de presentar el Modelo 111 no depende únicamente de la naturaleza jurídica del obligado tributario, sino también de la naturaleza de las operaciones que generan las retenciones. 

Por ejemplo, una entidad podría estar exenta en ciertos periodos si no ha efectuado pagos sujetos a retención durante el trimestre o mes correspondiente.

Presentar este modelo de manera incorrecta o fuera de plazo puede derivar en sanciones económicas, recargos o intereses de demora. 

Por ello, los obligados tributarios deben llevar un control riguroso de sus obligaciones fiscales, apoyándose en sistemas de gestión eficientes o en el asesoramiento de expertos fiscales que garanticen el cumplimiento normativo y una planificación tributaria adecuada.

¿Cuándo se presenta el Modelo 111?

La periodicidad para la presentación del Modelo 111 está directamente relacionada con la naturaleza y características del obligado tributario, y se clasifica en dos grandes categorías.

Trimestral

Este es el régimen más común y se aplica a la mayoría de empresas, autónomos y pequeñas entidades. 

La presentación debe realizarse dentro de los primeros 20 días naturales de los meses de abril, julio, octubre y enero, correspondiendo a los rendimientos y retenciones del trimestre natural inmediatamente anterior.

Mensual

Este régimen está dirigido a los llamados grandes contribuyentes, como grandes empresas y Administraciones Públicas, con presupuestos anuales superiores a 6 millones de euros. 

En este caso, el plazo es también dentro de los primeros 20 días naturales del mes siguiente al período de liquidación.

Plazos ajustados a días hábiles y otros datos a saber

Un aspecto importante es que, cuando el último día del plazo coincide con un día inhábil (festivo, sábado o domingo), el vencimiento se traslada automáticamente al siguiente día hábil. Esto facilita a los contribuyentes la presentación y el ingreso sin incurrir en sanciones por retraso.

El retraso en la presentación puede dar lugar a recargos por extemporaneidad, que varían en función del tiempo transcurrido desde el vencimiento del plazo original. 

Estos recargos pueden oscilar entre un 1% y un 20% del importe debido, más intereses de demora si el periodo de retraso supera los 12 meses.

Por último, es importante señalar que incluso en caso de que no se hayan generado operaciones sujetas a retención durante el periodo correspondiente, se debe comunicar esta situación a través de una declaración censal de baja en la obligación de retener, utilizando los modelos 036 o 037, según corresponde. Esto evitará problemas administrativos en futuros ejercicios fiscales.

¿Cómo se presenta el Modelo 111?

El Modelo 111 se puede presentar a través de distintos medios, dependiendo de las características del obligado tributario y las especificaciones legales aplicables. 

Telemáticamente

Este es el sistema más utilizado y obligatorio para la mayoría de los contribuyentes, especialmente para empresas y grandes entidades. 

La Agencia Tributaria proporciona diversas plataformas digitales que permiten la presentación mediante certificado digital, Cl@ve PIN, o un sistema de identificación electrónica avanzada

La presentación telemática no solo agiliza el proceso, sino que también reduce errores al incorporar validaciones automáticas durante la cumplimentación del modelo.

Ventajas de la presentación telemática

  • Rapidez: Permite presentar el modelo en pocos minutos desde cualquier lugar con conexión a internet.
  • Acceso a un registro histórico: Los contribuyentes pueden consultar sus declaraciones previas a través de la sede electrónica.
  • Menor riesgo de errores: Las validaciones automáticas ayudan a prevenir inconsistencias que puedan generar requerimientos o sanciones.

En papel

Aunque está en uso debido a la digitalización, esta modalidad sigue siendo válida en casos específicos

Para ello, el modelo debe ser generado exclusivamente a través del servicio de impresión disponible en la sede electrónica de la Agencia Tributaria. 

Una vez impreso, se puede presentar básicamente en una oficina colaboradora de la Agencia Tributaria o enviarlo por correo certificado.

Pasos para presentar el Modelo 111

  • Identificación del declarante: Se debe incluir el NIF, nombre o razón social del obligado tributario, asegurándose de que los datos coincidan exactamente con los registrados en Hacienda.
  • Especificación del período de liquidación: El formulario debe indicar el trimestre o mes correspondiente, según aplique, utilizando el formato predefinido (1T, 2T, etc., para presentaciones trimestrales, o el número del mes para las mensuales).
  • Detallar las retenciones practicadas: Es necesario consignar las importaciones retenidas y los ingresos a cuenta, diferenciando entre rendimientos del trabajo, actividades económicas y otras operaciones sujetas a retención.

Errores frecuentes y cómo rectificar el Modelo 111

A la hora de cumplir el Modelo 111, es común que surjan errores que pueden afectar la correcta presentación del formulario o el cálculo de las retenciones declaradas. Entre los errores más frecuentes se encuentran:

  • Omisión de datos obligatorios: No incluir información como el NIF del declarante, el periodo de liquidación, o el desglose de las cantidades retenidas por tipo de operación.
  • Cálculo incorrecto de las retenciones: Introducir importa que no coincida con los efectivamente practicados, ya sea por errores en los cálculos manuales o por la falta de actualización de los porcentajes de retención aplicables.
  • Errores tipográficos: Como introducir el período equivocado o consignar cifras en casillas incorrectas, lo que puede alterar los datos totales reportados a la Agencia Tributaria.
  • Declaración duplicada: Presentar más de una declaración para el mismo período sin marcar la casilla correspondiente para una declaración complementaria o sustitutiva.

Cómo rectificar errores en el Modelo 111

Cuando se detectan errores después de presentar el modelo, la Agencia Tributaria permite corregirlos mediante las siguientes opciones:

  • Modelo complementario: Este tipo de declaración se utiliza cuando es necesario agregar datos o importaciones que se han omitido en la declaración original. Al presentar el modelo complementario, es imprescindible marcar la casilla que indica que se trata de una complementaria y consignar únicamente los datos adicionales.
  • Modelo sustitutivo: Si los errores son significativos y afectan a la totalidad del modelo presentado, se puede presentar un nuevo Modelo 111 en el que se incluyan todos los datos correctos. En este caso, también se debe marcar la casilla de “sustitutiva”.
  • Comunicación con la Agencia Tributaria: En algunos casos, especialmente si los errores afectan a importaciones ya ingresadas, puede ser necesario contactar directamente con la Agencia Tributaria para aclarar la situación o solicitar asistencia en el proceso de corrección.

Consecuencias de no rectificar los errores

No corregir los errores a tiempo puede generar problemas administrativos y económicos, como:

  • Requerimientos: La Agencia Tributaria puede solicitar aclaraciones o documentos adicionales que justifiquen las discrepancias detectadas.
  • Sanciones: Los errores en las cantidades declaradas o el retraso en las correcciones pueden derivar en sanciones económicas, que se incrementan según la gravedad del incumplimiento.

Puede contar con nuestro asesoramiento profesional

Una asesoría fiscal puede ayudarle a realizar una correcta gestión del Modelo 111. Nuestra experiencia de casi 30 años nos permite ofrecer soluciones personalizadas y eficaces para cada cliente, para favorecer el ahorro fiscal y garantizar el cumplimiento normativo.

Gracias a nuestro equipo multidisciplinar, compuesto por abogados, economistas, contables y fiscales, en Quality Conta analizamos las obligaciones tributarias desde una perspectiva integral, asegurando que nuestras propuestas sean globales y adaptadas a las necesidades específicas de cada empresa.

Contar con nuestro apoyo experto puede ser un paso decisivo que aporte tranquilidad y optimización fiscal a su negocio.

Preguntas frecuentes sobre modelo 111 para qué sirve

¿Es obligatorio el uso del certificado digital para presentar el Modelo 111?

Sí, para empresas y profesionales que presentan el modelo telemáticamente, el certificado digital es obligatorio. Sin embargo, los autónomos pueden optar por el sistema Cl@ve, que también cumple con las normas de identificación electrónica de la Agencia Tributaria.

¿Qué porcentaje de retención se aplica en los rendimientos declarados en el Modelo 111?

El porcentaje de retención depende del tipo de rendimiento:

  • Rendimientos del trabajo: Entre el 2% y el 47%, según tablas del IRPF.
  • Actividades profesionales: 15% en general, o 7% para nuevos autónomos durante los tres primeros años.
  • Premios: 19% en la mayoría de los casos.

¿Qué pasa si se presenta el Modelo 111 sin haber efectuado el ingreso correspondiente?

La declaración se considera válida, pero el incumplimiento en el ingreso genera un requerimiento por parte de la Agencia Tributaria, acompañado de intereses de demora y posibles sanciones.

¿Se puede modificar el modelo antes de que finalice el plazo de presentación?

Sí, mientras esté dentro del plazo, se puede presentar un nuevo modelo que sustituya al anterior sin necesidad de marcar ninguna casilla de rectificación. El último modelo presentado dentro del plazo será el considerado válido.

¿Qué operaciones no deben incluirse en el Modelo 111?

No se incluyen las retenciones correspondientes a rendimientos de capital mobiliario o inmobiliario, las cuales deben declararse en el Modelo 115 (arrendamientos) o el Modelo 123 (capital mobiliario), según corresponda.

¿Qué sucede si la declaración genera un resultado negativo?

Si la autoliquidación no arroja importación a ingresar, puede tratarse de una autoliquidación negativa. En este caso, se presenta igualmente el modelo, pero sin realizar ingreso, siempre que haya habido movimientos sujetos a retención.

¿Cómo se gestionan las devoluciones en el caso de retenciones declaradas en exceso?

Cuando se detecta que se ha retenido una importación superior al debido, el declarante debe ajustar la situación mediante la presentación de un modelo complementario o sustitutivo. Si ya se ha ingresado el exceso a Hacienda, se puede solicitar una devolución mediante un procedimiento específico establecido por la Agencia Tributaria.

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