En este artículo, abordaremos los aspectos clave de la prescripción veterinaria, destacando la importancia del enfoque One Health y proporcionando una guía detallada para farmacéuticos sobre procedimientos y regulaciones.
En el ámbito de la salud animal, la dispensación, la prescripción y administración correcta de medicamentos no solo es esencial para el bienestar de los animales, sino que también tiene un impacto significativo en la salud pública y el medio ambiente. Este es el núcleo del concepto de One Health, que promueve una colaboración integral entre veterinarios, médicos, farmacéuticos y otros profesionales de la sanidad para mejorar la salud global.
Procedimiento de dispensación veterinaria en farmacia: prescripción en cascada
Los veterinarios deben seguir estrictamente las normativas vigentes en la prescripción, mientras que los farmacéuticos deben dispensar los medicamentos de manera responsable y efectiva, siguiendo los procedimientos establecidos.
Cuando no existan medicamentos veterinarios autorizados específicamente para la enfermedad a tratar, el farmacéutico puede optar por la prescripción en cascada, un procedimiento excepcional que se lleva a cabo bajo su responsabilidad directa, de acuerdo con el Reglamento (UE) 2019/6 sobre medicamentos veterinarios:
- Medicamento veterinario autorizado en la UE: En primer lugar, se considera la posibilidad de utilizar un medicamento veterinario autorizado en la Unión Europea, ya sea para la misma especie animal o para otra, y con la misma indicación o para una indicación diferente, siempre garantizando la seguridad y eficacia del tratamiento.
- Medicamento de uso humano: Si no es factible utilizar un medicamento veterinario autorizado, se puede recurrir a medicamentos autorizados para uso humano que sean adecuados para la situación clínica del animal, siempre bajo una evaluación rigurosa de la dosificación y la seguridad.
- Medicamento de fabricación: Esta opción incluye la posibilidad de elaborar fórmulas magistrales, preparados oficinales o autovacunas, adaptados específicamente para las necesidades del paciente animal cuando no haya otras alternativas autorizadas disponibles.
- Medicamento veterinario autorizado en un tercer país: En último caso, se podría considerar un medicamento veterinario autorizado en un país fuera de la UE, siempre y cuando cumpla con los estándares de calidad y seguridad requeridos para la especie animal y la indicación específica, excluyendo los productos inmunológicos en esta categoría.
Administración de recetas veterinarias
El farmacéutico responsable de la dispensación deberá comprobar que la prescripción es legítima y que recoge toda la información necesaria conforme a la legislación vigente; sin los siguientes datos mínimos, la receta veterinaria no será válida a efectos de su dispensación.
¿Qué datos debo comprobar en una receta veterinaria como farmacéutico?
Para que una receta veterinaria sea válida, debe incluir los siguientes datos, conforme al Anexo III del RD 666/2023:
- Número identificativo de la receta.
- Tipo de dispensación indicando si se trata de dispensación, de no dispensación o de botiquín veterinario. En una receta que no sea para botiquín ni para una explotación deberán poner “tipo de dispensación: dispensación”.
- Nombre completo, teléfono de contacto y de manera opcional la dirección de correo electrónico del titular o responsable de los animales.
- Código REGA de la explotación si es un animal “de ganadería”; caballos, vacas…
- Nombre de la especie de los animales objeto de tratamiento.
- Identificación del animal o grupo de animales objeto de tratamiento. En la receta de grupo de animales, independientemente de si la especie cuenta con un código de identificación individual, se indicará bien el lote, con indicación expresa de la especie, categoría de los animales que permita la identificación del grupo o bien la identificación individual de los animales. En la receta destinada a un único animal, si la especie tiene un código de identificación individual, deberá indicarse el mismo.
- Número de animales incluidos en el tratamiento.
- Fecha de emisión.
- Nombre completo y datos de contacto del veterinario prescriptor con indicación expresa de un número de teléfono de contacto profesional, correo electrónico y número de colegiado. El número de colegiado no será necesario si se hace en un talonario expedido por la correspondiente organización colegial y el número de la receta comienza con esta información.
- Firma del veterinario prescriptor o en su caso registro electrónico de la emisión por el veterinario.
- Nombre del medicamento prescrito y de su principio o principios activos.
- Indicación de la clase de prescripción, ordinaria o excepcional.
- Indicación para la que se prescribe.
- Declaración de que los tratamientos con antimicrobianos se prescriben conforme al artículo 107.3 y 4 del Reglamento (UE) 2019/6, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018: Metafiláctico/profiláctico.
- Forma farmacéutica y concentración.
- Cantidad o número de envases prescritos, incluido el formato de estos.
- Régimen posológico con indicación expresa de la vía de administración, dosis y duración del tratamiento; especificando el porcentaje de envase total que se estima que va a utilizar en el tratamiento.
- El tiempo de espera, aunque sea igual a cero.
- Plazo de validez de la receta conforme a lo establecido en el artículo 35.7:El periodo de validez de la receta desde su firma hasta la dispensación, o hasta el inicio de la fabricación en el caso de las autovacunas, será de 1 mes.
- Cinco días en el caso de tratamientos con un medicamento antimicrobiano, dentro de los cuales deberá iniciarse el tratamiento.
- Tres meses en el caso de tratamientos periódicos o crónicos. Estos tratamientos no podrán incluir medicamentos con sustancias antimicrobianas, estupefacientes o psicótropos, gases medicinales, autovacunas, fórmulas magistrales o preparados oficinales.
- Seis meses en el caso de tratamientos preventivos en especies no consideradas animales de producción.
- Cualquier advertencia necesaria para garantizar un uso correcto y en particular, si procede, para garantizar un uso prudente, en concreto, en el caso de antimicrobianos. La receta destinada a animales distintos de especies de animales de producción incluirá la información indicada anteriormente salvo el código REGA y el tiempo de espera.
Registro de recetas veterinarias en farmacia
Las farmacias deben mantener un registro informatizado de entradas y salidas de medicamentos veterinarios, y guardarlos durante 5 años, incluyendo:
- Fecha de dispensación.
- Nombre del medicamento y código nacional.
- Número de lote.
- Cantidad recibida o dispensada.
- Información del proveedor.
- Datos del veterinario prescriptor y copia de la receta (para medicamentos sujetos a prescripción).
- Código REGA de la explotación o datos del destinatario (para explotaciones de animales de producción).
Registro de dispensación de medicamentos de uso humano para animales
Cuando se prescriben medicamentos de uso humano para animales, deben seguirse los mismos procedimientos que para medicamentos veterinarios, incluyendo la especificación de “prescripción excepcional” y el registro de todos los datos necesarios en el libro recetario.
Registro de dispensación de fórmulas magistrales veterinarias
Las fórmulas magistrales veterinarias deben tratarse siempre como prescripción excepcional por vacío terapéutico. Se deben apuntar en el libro recetario y en el registro informatizado de medicamentos veterinarios. Estos no pueden ser tratamientos crónicos y se deben seguir las mismas directrices de consignación que las recetas veterinarias generales.
Receta oficial de estupefacientes para uso veterinario
La prescripción de estupefacientes debe realizarse en recetas oficiales con numeración y modelo único para todo el territorio nacional.
Cada receta debe seguir un formato específico y llevar un número único en todo el país, lo cual facilita la trazabilidad y el control de su emisión. Además, cada receta está diseñada para prescribir únicamente un medicamento estupefaciente para un solo animal. Esta medida garantiza que la administración de la sustancia sea precisa y claramente registrada, evitando posibles confusiones o malos usos.
Además de limitar la prescripción a un solo medicamento, las recetas también establecen que la cantidad de estupefaciente prescrita debe ser suficiente para un mes de tratamiento del animal correspondiente. Esta restricción tiene como objetivo principal prevenir el uso indebido y la acumulación innecesaria de estas sustancias controladas, asegurando su uso responsable y seguro en la práctica veterinaria.
En resumen, la adecuada prescripción y administración de medicamentos veterinarios es fundamental para garantizar la salud y el bienestar de los animales. Por ello, es importante estar bien informado sobre la regulación vigente, la cual contempla la prescripción en cascada, un mecanismo que permite prescribir medicamentos de manera jerárquica cuando no existe un medicamento específico autorizado para una determinada afección en una especie concreta.
Además, es esencial que las farmacias comunitarias gestionen las recetas veterinarias de manera correcta para evitar posibles sanciones. Esto incluye asegurarse de que las recetas se emitan y dispensen conforme a la normativa, manteniendo registros adecuados y cumpliendo con todas las obligaciones legales.