Modelo 182 en fundaciones: qué declarar y plazo 2026 | Quality

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El Modelo 182 es una declaración informativa anual en la que se relacionan los donativos, donaciones y aportaciones recibidas que dan derecho a deducción al donante (IRPF/IS/IRNR). 

En fundaciones y entidades acogidas al régimen de mecenazgo, el 182 no es “un trámite más”: es el documento que conecta tu registro interno de donativos con la deducción fiscal del donante. Si hay errores de identificación, importes o naturaleza del donativo, es habitual que surjan incidencias, requerimientos o que el donante no pueda aplicar la deducción como espera.

Plazo de presentación.

La presentación es anual y, para la declaración correspondiente al ejercicio 2025, el plazo es del 1 de enero al 2 de febrero de 2026

Si por razones técnicas no fuera posible presentar por Internet dentro del plazo reglamentario, la AEAT prevé una extensión de cuatro días naturales.

Qué debe incluir el Modelo 182.

La AEAT recuerda un criterio clave: en el 182 deben incluirse exclusivamente donativos que cumplan requisitos legales para ser considerados como tales; es decir, voluntarios y sin contraprestación por bienes o servicios. 

Donativos con “compensación simbólica”: se declaran, pero con límites

También se incluyen los donativos en los que el donante reciba bienes o servicios de carácter simbólico si:

  • su valor no supera el 15% del donativo, y
  • en todo caso no excede 25.000 €

Traducción práctica: si entregas un detalle, una mención honorífica, un obsequio de bajo valor o una invitación simbólica, puede seguir siendo donativo deducible, pero debes controlar el valor relativo y documentarlo.

Qué suele quedar fuera (riesgo típico)

  • Pagos con contraprestación real (p. ej., cuota a cambio de servicio/beneficio directo, patrocinio con retorno publicitario sustancial, venta de entradas/merchandising, etc.).
    En estos casos, normalmente no estás ante un donativo “puro” y mezclarlo en el 182 genera problemas. 

Datos imprescindibles por cada donante (control de calidad previo)

Antes de presentar, revisa que por cada registro tienes:

Identificación

  • NIF/NIE/CIF correcto (y formato válido)
  • Nombre y apellidos / Razón social 

Operación

  • Fecha de la donación
  • Importe (dineraria) o valoración (en especie)
  • Si existe “simbólico”: descripción y valor (para comprobar 15% / 25.000 €) 

Soporte

  • Justificante de transferencia/TPV/recibo
  • Certificado de donación emitido (y archivado) 

Proceso recomendado en 6 pasos.

Paso 1) Cierre interno de donaciones (enero, semana 1)

  • Congela el listado de donativos del ejercicio.
  • Asegura que no quedan movimientos pendientes de imputación (transferencias sin concepto, ingresos agrupados, etc.). 

Paso 2) Conciliación con contabilidad (la parte que evita el 80% de errores)

  • Cruza el listado de donativos con:
    • cuentas contables relacionadas (donativos recibidos / ingresos afectos),
    • banco/TPV,
    • certificados emitidos.
  • Identifica duplicidades (muy habitual cuando hay cambios de CRM/ERP o importaciones). 

Paso 3) Validación de NIF/NIE y normalización de datos

  • Revisa NIF con errores típicos: letras intercambiadas, espacios, NIE incompleto, razón social distinta a la fiscal.
  • Un 182 “perfecto” suele fallar por “cosas pequeñas” de identificación. 

Paso 4) Revisión de “donativos dudosos” (contraprestación vs simbólico)

Clasifica cada ingreso en:

  • Donativo puro (sin retorno)
  • Donativo con simbólico (control 15% / 25.000 €) 
  • Pago con contraprestación (no debería ir como donativo deducible) 

Paso 5) Preparación técnica del 182 (fichero / registros)

El procedimiento oficial del Modelo 182 es la Declaración informativa de donativos, donaciones y aportaciones recibidas.
En esta fase, lo crítico es que el fichero/introducción recoja fielmente el cierre conciliado.

Paso 6) Presentación y “plan de subsanación”

  • Presenta dentro del plazo (1/01–2/02/2026). 
  • Define responsable y plazo interno para corregir incidencias si surgieran (mejor 48–72 h). 

Checklist final (lista rápida).

Antes de enviar revisa:

  • Plazo validado: 1/01 al 2/02/2026 (ejercicio 2025). 
  • Conciliación contable cerrada (sin descuadres).
  • NIF/NIE sin errores de formato.
  • Donaciones en especie con valoración y soporte.
  • Donativos con simbólico: valor ≤15% y ≤25.000 €. 
  • Certificados emitidos y archivados.
  • Duplicidades y donantes repetidos resueltos. 

¿Necesitas una revisión?

Consúltanos sin compromiso, estaremos encantados de asesorarte.

Enlaces de interés: 

Plazo: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/todas-gestiones/impuestos-tasas/declaraciones-informativas/modelo-182-decla_____a-donativos-donaciones-recibidas_/plazos-presentacion.html?utm_source=chatgpt.com

Modelo: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/GI02.shtml?utm_source=chatgpt.com

Orden EHA/3021/2007 (aprueba el modelo 182 : https://www.hacienda.gob.es/SGT/NormativaDoctrina/tributaria/mecenazgo/orden_eha_3021-2007.pdf

Nota: Este artículo es informativo y no sustituye asesoramiento profesional para tu caso concreto.

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