Límites cuantitativos para aplicar las BINs
Aunque no exista un límite temporal para compensar las BINs, la normativa del Impuesto sobre Sociedades establece límites cuantitativos que restringen cuánto de esas pérdidas se puede compensar en cada ejercicio.
Límite general del 70%
Con carácter general, la compensación de pérdidas fiscales está limitada al 70% de la base imponible positiva del periodo impositivo, una vez aplicadas otras reducciones como la reserva de capitalización. Esto significa que una empresa no puede compensar más del 70% de su beneficio fiscal con BINs en un mismo ejercicio, aunque tenga pérdidas acumuladas mayores.
Mínimo compensable de 1 millón de euros
Independientemente del límite del 70%, la normativa permite compensar hasta 1 millón de euros de BINs en un ejercicio sin estar sujeto a ese porcentaje. Esto sirve como una excepción significativa: si las pérdidas acumuladas son igual o inferiores a 1 millón de euros, pueden aplicarse íntegramente aunque superen el 70% de la base imponible.
Límites según cifra de negocio
Además del límite general y del mínimo compensable, existe una regla que ajusta el porcentaje máximo compensable en función de la cifra de negocios de la empresa. Según criterios tributarios vigentes y orientaciones de práctica fiscal:
Cifra de negocio anual (según cuentas cerradas) | Límite máximo de compensación de BINs |
Menos de 20 millones de euros | 70% de la base imponible positiva |
Entre 20 y menos de 60 millones de euros | 50% de la base imponible positiva |
60 millones de euros o más | 25% de la base imponible positiva |