Modelo de escrito de impugnación de pruebas | Administrativando

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I. ¿Cómo pueden impugnarse las pruebas propuestas por la parte procesal contraria?

La impugnación de pruebas constituye el instrumento procesal mediante el cual una de las partes se opone a la admisión, práctica o valoración de un determinado medio de prueba por parte del órgano jurisdiccional, conforme a lo dispuesto en el ordenamiento jurídico español.

II. ¿En qué momento del procedimiento judicial se puede llevar a cabo la impugnación?

En el ámbito de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa, difiere dependiendo ante el tipo de procedimiento en el que nos encontremos.

  1. En el procedimiento ordinario hay que estar a lo dispuesto en los 60 y 61 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (de ahora en adelante, LJCA).

La inadmisión y/o inadmisión de las pruebas propuestas por cualquiera de los intervinientes en el proceso se llevará a cabo mediante Auto, que en caso de desacuerdo solo podrá ser impugnado mediante la interposición de recurso de reposición en el plazo máximo de 5 días.

  1. En el procedimiento abreviado, por ser un procedimiento preferentemente oral en el que las partes interesan los medios de prueba en el mismo acto de juicio, la impugnación ha de realizarse tras la admisión y/o inadmisión por S. S. ª. En el caso de que la impugnación no prospere a favor de nuestros intereses, solo nos quedará la interposición de recurso de reposición -también vía oral- y si se desestimara formulación de protesta a efectos de una segunda instancia ( 85.1 de la LJCA: “En los escritos de interposición de recurso y de oposición al mismo -el de apelación-, las partes podrán pedir el recibimiento a prueba para la práctica de las que hubieran sido denegadas o no hubieran sido debidamente practicadas en primera instancia por causas que no les sean imputables”).

Así lo dispone el art. 285 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (“2.- Contra la resolución que admita o inadmita cada una de las pruebas sólo cabrá recurso de reposición, que se sustanciará y resolverá en el acto, y, si se desestimare, la parte podrá formular protesta al efecto de hacer valer sus derechos en la segunda instancia”), de aplicación supletoria en la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa en todo lo no dispuesto en ella.

III. Motivos legales para la impugnación de una prueba.

Tal y como hemos referido con anterioridad, la modalidad

escrita

de impugnación de pruebas propuestas por la parte contraria o inadmisión de los medios probatorios por nosotros interesados, pues así beneficia a nuestros intereses, se realizará vía recurso de reposición. Para ello hemos de traer a colación y hacer una breve referencia al art. 452 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en el que se regula que el recurso de reposición deberá interponerse en el plazo de 5 días,

expresándose la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente

. Si no se cumple con dichos requisitos, el recurso será inadmitido de plano. Con independencia del medio de prueba de que se trate, en el orden contencioso-administrativo las pruebas pueden ser impugnadas con base en tres motivos principales:

  1. Impertinencia: cuando la prueba carece de relación con el objeto del litigio.
  2. Inutilidad: cuando la prueba no resulta idónea para el esclarecimiento de los hechos controvertidos.
  3. Ilicitud: cuando la prueba ha sido obtenida con vulneración de derechos fundamentales (por ejemplo, mediante una grabación sin consentimiento o a través de un acceso ilícito a datos de carácter personal).

IV. ¿Qué debe contener el escrito de impugnación de prueba?

El modelo de escrito de impugnación de prueba debe contar con los siguientes requisitos esenciales, son:

  1. Designación del Tribunal: Juzgado o Sala que conoce del asunto.
  2. Identificación de las partes: Nombre del recurrente, la Administración demandada y los profesionales -Abogado y Procurador-.
  3. Referencia del Procedimiento: Número de autos y tipo de recurso (Ordinario o Abreviado).
  4. El escrito debe desglosar el medio de prueba de que trate, por ejemplo: prueba documental, pericial testifical y la ubicación de la misma, por ejemplo, el documento Nº 2 de los aportados con el escrito de contestación.
  5. La impugnación se debe fundamentar en:
  1. Impertinencia, argumentando que la prueba no tiene relación con el objeto del pleito.
  2. Inutilidad, para ello debe sostener que, aunque tenga relación, no contribuye a esclarecer los hechos (ej. porque el hecho ya está admitido en el expediente).
  3. Ilicitud, alegando que la prueba se obtuvo vulnerando derechos fundamentales.

A través del siguiente video, nuestra Directora en Administrativando Abogados, nos ilustra sobre las características de la propuesta de prueba en un Contencioso-Administrativo.

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