El Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana ha sometido a audiencia e información pública el Proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Código Técnico de la Edificación (CTE). Este documento no constituye una mera actualización de trámites administrativos; representa una transformación estructural profunda que redefine las reglas del juego en el sector de la edificación en España. La reforma nace de la convergencia de dos necesidades imperiosas: la armonización con la normativa europea para alcanzar la neutralidad climática y una respuesta técnica urgente y contundente ante los riesgos de seguridad evidenciados por siniestros recientes.
El texto introduce conceptos que cambian el paradigma del diseño arquitectónico, como la obligación de calcular el Potencial de Calentamiento Global (PCG) a lo largo de todo el ciclo de vida del edificio. Esta métrica eleva la sostenibilidad ambiental al rango de exigencia reglamentaria básica, equiparándola a la seguridad estructural o la salubridad. La incorporación de metodologías complejas como el Análisis de Ciclo de Vida (ACV) supone un desafío técnico para los proyectistas, que deberán gestionar datos ambientales con precisión.
Ante este nuevo escenario de mayor exigencia normativa, en ETRES Consultores abordamos el cálculo del Análisis de Ciclo de Vida como una fase integrada en nuestra asistencia técnica. Nuestra experiencia nos permite aplicar esta metodología de forma fluida dentro del desarrollo del proyecto, facilitando que promotores y arquitectos cumplan con estos nuevos estándares de sostenibilidad con rigor y sin fricciones en el proceso de diseño.
A continuación, realizamos un desglose pormenorizado de las claves de este borrador, analizando las motivaciones de seguridad, las nuevas exigencias de cálculo y los cambios en la movilidad y el ahorro de energía.
1. Contexto y Justificación: Una Respuesta Normativa a los Incendios y al Clima
La memoria justificativa del proyecto, en sus páginas 3 y 4, adopta un tono de responsabilidad técnica ante una realidad cambiante. El Ministerio expone que la revisión del Documento Básico de Seguridad en Caso de Incendio (DB-SI) es una medida reactiva necesaria frente a sucesos trágicos que han puesto en tela de juicio las normativas anteriores.
El documento identifica cuatro contextos o eventos críticos que actúan como detonantes directos de esta modificación:
- El Incendio de la Torre Grenfell (Londres, 2017): El texto cita este desastre como el punto de inflexión que obligó a todos los países del entorno europeo a iniciar una reflexión profunda sobre la normativa de propagación de incendios en fachadas.
- El Incendio de Campanar (Valencia, 22 de febrero de 2024): El borrador analiza explícitamente este siniestro, que se saldó con diez víctimas mortales y catorce heridos. Se subraya que el edificio siniestrado se construyó bajo el amparo de la NBE-CPI/96, una norma que no incorporaba exigencias de reacción al fuego para la envolvente exterior. Las gravísimas consecuencias de este incendio suscitaron un debate sectorial que ha precipitado la necesidad de alinear la reglamentación nacional con las prescripciones europeas más estrictas
- El Incendio de Alcorcón (3 de abril de 2025): El documento hace referencia al incendio ocurrido en un aparcamiento de este municipio, en el que fallecieron dos bomberos durante las labores de extinción y donde se vio involucrado un vehículo eléctrico. Este hecho ha sido determinante para revisar la seguridad en los garajes ante la proliferación de la electromovilidad.
- El Contexto de Emergencia Climática y Grandes Incendios: El texto reconoce que el contexto climático obliga a adaptar la reglamentación ante el aumento de eventos extremos. Cita explícitamente el riesgo de «grandes incendios», junto con sequías y olas de calor, como factores que obligan a mejorar la resiliencia de los edificios y la coordinación con el Reglamento de Dominio Público Hidráulico.
2. Nace el Documento Básico de Sostenibilidad Ambiental (DB-HSA)
La reforma modifica la Parte I del CTE para redefinir el objetivo del requisito básico, que pasa a denominarse «Higiene, salud y protección del medio ambiente», abarcando explícitamente la sostenibilidad ambiental . Para desarrollar este nuevo enfoque, se aprueba el Documento Básico de Sostenibilidad Ambiental (DB-HSA), recogido en el Anejo II (página 93). Este documento se estructura en dos nuevas exigencias básicas.
HSA 1: Potencial de Calentamiento Global (PCG)
La sección HSA 1 (página 95) establece la obligación de calcular y declarar el Potencial de Calentamiento Global (PCG) a lo largo del ciclo de vida en edificios nuevos y ampliaciones que requieran certificado de eficiencia energética.
Metodología de Cálculo: El cálculo debe realizarse para un período de estudio de referencia de 50 años y debe desglosar las emisiones de gases de efecto invernadero (kg CO2 eq./m2) en las siguientes etapas :
- Etapa de producción (A1-A3): Suministro de materias primas, transporte y fabricación.
- Etapa del proceso de construcción (A4-A5): Transporte a la obra y proceso de instalación.
- Etapa de uso, mantenimiento y reemplazo (B1, B2, B4): Uso, mantenimiento y sustitución de elementos.
- Etapa de uso de energía operacional (B6): Emisiones derivadas del consumo de energía del edificio en funcionamiento.
- Etapa final de vida (C1-C4): Deconstrucción, transporte, tratamiento de residuos y eliminación.
- Módulo D: Beneficios y cargas más allá de los límites del sistema (potencial de reutilización, recuperación y reciclaje).
Calidad de los Datos y Penalizaciones: El CTE establece en la página 96 una jerarquía clara para la obtención de datos. Se priorizan los datos específicos de producto (Declaraciones Ambientales de Producto – DAP) frente a los valores genéricos. El sistema aplica un factor corrector (fc ) que penaliza la incertidumbre de los datos empleados:
- Datos específicos de producto: Factor fc =1,00.
- Base de datos del Ministerio: Factor fc =1,25.
- Otras bases de datos (genéricas): Factor fc =1,50. Esto significa que el uso de datos genéricos incrementará artificialmente el impacto calculado del edificio hasta en un 50%, incentivando así el uso de productos con información ambiental certificada .
HSA 2: Movilidad Sostenible
La sección HSA 2 (página 99) regula la infraestructura física para la movilidad sostenible.
- Vehículos Eléctricos: En edificios de uso distinto al uso residencial vivienda, se exige 1 estación de recarga por cada 2 plazas (oficinas) o 1 cada 5 (otros usos), además de precableado para el resto . En uso residencial vivienda, se exige precableado para el 50% de las plazas y sistemas de conducción de cables para el otro 50%.
- Bicicletas: Se exige una dotación mínima de plazas de aparcamiento para bicicletas con dimensiones de 2,00×0,40 m. A partir de 20 plazas, el 5% deben tener una dimensión de 2,50×0,90 m para bicicletas de dimensiones mayores que las estándar.
3. Definición de Edificio de Cero Emisiones
En la modificación del Documento Básico de Ahorro de Energía (DB-HE), página 12, se introduce la definición normativa de edificio de cero emisiones. Se define como aquel edificio con una eficiencia energética muy elevada, que requiere una cantidad nula o muy baja de energía y que genera cero emisiones de carbono procedentes de combustibles fósiles in situ.
El uso anual total de energía primaria de estos edificios debe quedar cubierto por alguna de las siguientes opciones :
- Energía procedente de fuentes libres de carbono.
- Energía procedente de fuentes renovables generada in situ o en las proximidades.
- Energía de fuentes renovables procedente de una comunidad de energías renovables.
- Energía procedente de un sistema urbano eficiente de calefacción y refrigeración.
4. Análisis Técnico: El Cambio Radical en HE 1 (Hermeticidad)
Uno de los cambios técnicos más relevantes se encuentra en la Sección HE 1 (página 24, apartado 36), referente a la permeabilidad de la envolvente térmica en edificios de uso residencial vivienda de más de 120 m2. El documento muestra explícitamente la sustitución de la tabla antigua por una nueva, introduciendo un criterio discriminante fundamental.
Comparativa Técnica (Antes y Después):
- Tabla Sustituida (Situación Anterior): El valor límite de la relación del cambio de aire a 50 Pa (n50 ) dependía únicamente de la compacidad (V/A).
- Si V/A≤2 (compacto): n50 ≤6h−1.
- Si V/A≥4 (poco compacto): n50 ≤3h−1.
Tabla 3.1.3.b-HE1 Valor límite de la relación del cambio de aire con una presión de 50 Pa,
| Compacidad V/A [m³/m²] | n50 |
| V/A <= 2 V/A >= 4 | 6 3 |
Los valores limite de las compacidades intermedias (2<V/A<4) se obtienen por interpolación. >>
- Tabla Aprobada (Nueva Situación): La nueva tabla introduce columnas diferenciadas según el sistema de ventilación.
- Ventilación SIN recuperación de calor: Se mantienen los valores de 6 y 3 h−1.
- Ventilación CON recuperación de calor: Se impone un límite único y muy exigente de 1h−1, independientemente de la compacidad del edificio .
Tabla 3.1.3.b-HE1 Valor límite de la relación del cambio de aire con una presión de 50 Pa,
| Compacidad V/A [m³/m²] | Ventilación con recuperación de calor | Ventilación sin recuperación de calor |
| V/A <= 2 V/A >= 4 | 1 1 | 6 3 |
Los valores limite de las compacidades intermedias (2<V/A<4) se obtienen por interpolación. >>
Este cambio implica que, para cualquier edificio residencial nuevo que incorpore ventilación mecánica con recuperación de calor, la ejecución de la envolvente deberá ser extremadamente estanca, obligando a realizar un control riguroso de las infiltraciones.
5. Endurecimiento del DB-SI: Fachadas y Aparcamientos
Como consecuencia directa de los sucesos descritos al inicio, el Real Decreto modifica el DB-SI para implementar barreras técnicas que limiten estos riesgos.
Reacción al Fuego en Fachadas
En la Sección SI 2 (páginas 50-51), se incrementan las exigencias para evitar la propagación exterior. Para edificios de uso residencial vivienda u hospitalario con una altura total de fachada superior a 28 m, se exige que el sistema constructivo posea una clase de reacción al fuego A2-s1,d0 (material incombustible).
Además, se regula de forma específica el uso de sistemas SATE (Sistema de Aislamiento Térmico por el Exterior). Si la reacción al fuego del sistema es inferior a A2-s1,d0, se hace obligatorio instalar barreras cortafuegos de lana mineral (con una densidad mínima de 60 kg/m3) a nivel de forjado. Estas barreras deben disponerse con una geometría específica (cada dos plantas, en arranques, etc.) y estar fijadas mecánicamente al soporte base para evitar la propagación vertical a través del aislamiento.
Riesgos en Aparcamientos
Atendiendo a la dificultad de extinción de los incendios de vehículos eléctricos, la página 49 detalla nuevas condiciones de compartimentación. En aparcamientos vinculados a edificios de uso distinto del uso residencial vivienda, se limita la agrupación máxima de plazas con estaciones de recarga a 10 unidades. Estas agrupaciones deben estar separadas del resto de plazas de aparcamiento mediante una distancia superior a 5 metros o elementos constructivos EI 60.
Detección Temprana en Viviendas
Se introduce en la tabla de dotación de instalaciones (página 59) la exigencia de instalar alarmas de humo autónomas en el interior de las viviendas de uso residencial, debiendo disponerse al menos una por cada planta de la vivienda, situada en el techo y próxima al acceso a los dormitorios.
6. Control de Productos y Disposiciones Generales
Finalmente, la reforma actualiza la Parte I del CTE (página 8) para alinear el control de productos con el Reglamento (UE) 2024/3110. El artículo 5.2 establece que los productos de construcción cubiertos por una especificación técnica armonizada deberán disponer de marcado CE y de declaración de prestaciones y conformidad.
Asimismo, se modifica el artículo 4 (página 7) referente a los Documentos Reconocidos. Se añade una restricción explícita: estos documentos deben referirse en todo caso a la aplicación del CTE y no podrán describir soluciones alternativas para el cumplimiento de las exigencias, reforzando la seguridad jurídica del marco normativo.
Conclusión
El Proyecto de Real Decreto dibuja un nuevo horizonte para la edificación en España, donde la neutralidad climática deja de ser un concepto abstracto para convertirse en un parámetro técnico cuantificable mediante el PCG. La respuesta normativa a los incendios de Valencia y Alcorcón, junto con la definición del edificio de cero emisiones y las nuevas exigencias de hermeticidad, obligan a una profesionalización aún mayor del sector. La adaptación a estos nuevos estándares será el gran desafío técnico de los próximos años para promotores, arquitectos e ingenieros.