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La baja de maternidad en hostelería genera dudas frecuentes entre quienes gestionan un negocio de restauraci�...
La baja de maternidad en hostelería genera dudas frecuentes entre quienes gestionan un negocio de restauración, especialmente por la complejidad de turnos, la planificación de sustituciones y la necesidad de cumplir con la normativa sin errores administrativos. Aquí tienes una guía breve y clara para operar con seguridad jurídica.
Gestión correcta de la baja de maternidad en hostelería
Recientemente se ha incrementado una semana la prestación de nacimiento y cuidado del menor, hasta un total de 17 semanas, de igual duración e intransferibles entre ambos progenitores, y 28 semanas en el supuesto de familias monoparentales. Estas semanas deben hacerse efectivas durante los primeros 12 meses del bebé, o, en el caso de adopción, guarda o acogimiento familiar en el primer año, a partir de la resolución judicial o administrativa; en periodos semanales o de forma acumulada.
Como establece la ley, se mantiene la obligatoriedad de que las primeras 6 semanas sean disfrutadas de forma ininterrumpida a jornada completa e inmediatamente tras el nacimiento o la adopción, acogimiento familiar o guarda. Estos cambios entran en vigor de forma inmediata.
Además, las familias podrán disfrutar también de dos nuevas semanas adicionales de permiso para el cuidado del menor, cuatro en el caso de monoparentales, de forma flexible hasta que el hijo o la hija cumpla los 8 años de edad. A ello se podrán acoger retroactivamente las familias cuyos hijos hayan nacido a partir del 2 de agosto de 2024. Este derecho podrá solicitarse a partir del 1 de enero de 2026. Con estas medidas se completa la transposición de la Directiva de conciliación adoptada en 2019.
Requisitos y trámites
La persona trabajadora solicita la prestación ante la Seguridad Social y aporta la documentación correspondiente. A la empresa le toca comunicar la suspensión del contrato, mantener la cotización y registrar fechas de inicio y fin para evitar incidencias en nóminas y turnos.
Pago y responsabilidad empresarial
La Seguridad Social abona íntegramente la prestación del permiso, calculada según la base reguladora del mes anterior. La empresa no paga el salario durante este periodo; únicamente mantiene la cotización del trabajador y gestiona, si es necesario, la contratación de un sustituto.
Riesgos durante el embarazo
Si el puesto implica exposición a riesgos físicos, químicos, biológicos, ergonómicos o psicosociales que no puedan eliminarse, la trabajadora puede acceder a la prestación por riesgo durante el embarazo. Es distinta a la incapacidad temporal por embarazo de riesgo y se mantiene hasta el parto.
Organización interna
Planifica sustituciones con antelación, registra correctamente todas las fechas y revisa tu convenio colectivo por si incorpora mejoras. Una gestión ordenada evita conflictos laborales y errores administrativos. Si quieres asegurar una gestión laboral sin fallos, contacta con Hostelería Madrid: te ayudamos con todo lo relacionado con la baja de maternidad en hostelería.