I. ¿Qué es una moción de censura?
La moción de censura es un instrumento de control parlamentario, previsto en la Constitución Española, que permite al Poder Legislativo, en este caso, al Congreso de los Diputados, exigir responsabilidad política al Gobierno, pudiendo llevar a la destitución del presidente del gobierno.
II. Características de la moción de censura
La moción de censura es:
- Un instrumento reglado por medio del cual se procuran límites y condiciones para discutir la posible censura del Gobierno y la retirada de la confianza en él, para ahondar sobre este punto de la retirada de la confianza, se puede consultar nuestro artículo ¿En qué consiste una cuestión de confianza?
- Un instrumento constructivo, en virtud de que para garantizar la estabilidad política se traduce al mismo tiempo en censura e investidura de un nuevo presidente del Gobierno.
III. Regulación normativa de la moción de censura en España
La moción de censura en España se encuentra regulada, en:
- El artículo 113 de la Constitución española
- La Resolución de 24 de febrero de 1982 por la que se ordena la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del nuevo Reglamento del Congreso de los Diputados, específicamente en los artículos 175 a 179.
IV. ¿Quién puede presentar una moción de censura?
La moción de censura deberá ser propuesta al menos por la décima parte de los Diputados, y habrá de incluir un candidato a la presidencia del Gobierno.
V. Requisitos para la procedencia de una moción de censura
Para la procedencia de una moción de censura, se deben cumplir los siguientes requisitos:
- Deberá ser propuesta, al menos, por la décima parte de los Diputados, en la actualidad la décima parte está representada por 35 Diputados.
- Debe ser propuesta en escrito motivado y dirigido a la Mesa del Congreso.
- El escrito de propuesta de la moción habrá de incluir un candidato a la presidencia del Gobierno que haya aceptado la candidatura.
VI. ¿Cómo se desarrolla la moción de censura?
La moción de censura se desarrolla a través de los siguientes pasos:
- En primer lugar, previa verificación de los requisitos legalmente establecidos, la Mesa del Congreso de Diputados, admitirá a trámite la moción de censura, dando cuenta de su presentación al presidente del Gobierno y a los portavoces de los Grupos Parlamentarios.
- Seguidamente, a los dos días siguientes a su presentación se podrán presentar mociones alternativas, que deberán reunir los mismos requisitos y estarán sometidas a los mismos trámites de admisión.
- Transcurridos cinco días hábiles desde su presentación, se podrá proceder a la votación de la moción de censura, siguiendo a tales fines un debate que se iniciará por la defensa de la moción de censura que efectúe uno de los Diputados firmantes de la misma, pudiendo intervenir, además, intervenir el candidato propuesto en la moción para la Presidencia del Gobierno, a efectos de exponer el programa político del Gobierno que pretende formar.
- Por último, para la aprobación de la moción de censura, se requerirá el voto favorable de la mayoría absoluta de los miembros del Congreso de los Diputados, es decir, más de la mitad del número total de sus miembros, es decir, al menos 176 escaños.
VII. ¿Qué sucede en caso de resultar aprobada una moción de censura?
Cuando el Congreso de los Diputados aprobará una moción de censura su presidente lo pondrá inmediatamente en conocimiento del Rey y del presidente del Gobierno. El candidato a la presidencia del Gobierno, incluido en aquélla, se considerará investido de la confianza de la Cámara.
VIII. ¿Qué sucede en caso de haberse presentado varias mociones de censura?
En el caso de haberse presentado varias mociones de censura, si se aprobase una de ellas, no se someterán a votación las restantes que se hubieren presentado.
IX. Consecuencias de la aplicación de una moción de censura
Si el Congreso adopta una moción de censura, la consecuencia inmediata sería la dimisión del Gobierno actual y la investidura del candidato propuesto en la moción se entenderá investido de la confianza de la Cámara a los efectos previstos en el artículo 99 de la Constitución española, trayendo como resultado su nombrado por parte del Rey como presidente del Gobierno, sin necesidad de un nuevo proceso de investidura.
X. ¿Qué sucede después de aprobada la moción de censura?
Si el Congreso adopta una moción de censura, el Gobierno presentará su dimisión al Rey y el candidato incluido en aquélla, el Rey le nombrará presidente del Gobierno.
XI. ¿Qué sucede si no se aprueba la moción de censura?
Si no se aprueba la moción de censura en España, el Gobierno actual se mantiene en sus funciones, mientras que los Diputados signatarios o firmantes de la moción no podrán volver a presentar otra en el mismo periodo de sesiones.
XII. ¿Procede la disolución del Congreso, del Senado o de las Cortes Generales, cuando hay una moción de censura en proceso?
Conforme a lo establecido en el artículo 115 de la Constitución española, la disolución del Congreso, del Senado o de las Cortes Generales no procede cuando esté en trámite una moción de censura.
XIII. Ejemplos de mociones de censura presentadas y aprobadas en España
Tras la entrada en vigor de la Constitución Española de 1978 se han presentado un total de seis mociones de censura contra los presidentes:
- Adolfo Suárez (1980).
- Felipe González (1987).
- Mario Rajoy (2017 y 2018).
- Pedro Sánchez (2020 y 2023).
De las cuales, solo ha resultado aprobada la moción de censura presentada en contra de Mariano Rajoy, el 1 de junio de 2018, de la que resultó investido presidente del Gobierno el candidato Pedro Sánchez.
XIV. Conclusiones
Conforme lo hemos expresado, la moción de censura es un instrumento de control parlamentario, que permite garantizar que las políticas públicas de un gobierno no se desvíen de las preferencias de la mayoría parlamentaria que los respalda, tomando en consideración que, si estas políticas gubernamentales, dejan de ser consideradas acorde a las preferencias parlamentarias, el Congreso de los Diputados puede intervenir y expresar mediante un voto de censura su disconformidad y con ello poner fin a la relación de confianza que existe entre ellos, -Parlamento y Gobierno-, lo cual puede traer como consecuencia la dimisión del gobierno.