Celebramos la suspensión cautelar de la ampliación del horario de caza en Gipuzkoa

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Celebramos la suspensión cautelar de la ampliación del horario de caza en Gipuzkoa

Celebramos la suspensión cautelar de la ampliación del horario de caza en Gipuzkoa

Tórtola europea ©Giedriius/Shutterstock

Publicado: 17 diciembre, 2025

La decisión judicial evitará daños potenciales a diversas aves migratorias que vuelan a baja altura (como rapaces, limícolas y paseriformes) o que están sujetas a una protección especial y cupos estrictos, como es el caso de la tórtola europea

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha dictado un auto por el que se acuerda la suspensión cautelar de la Orden Foral 545/2025 de la Diputación Foral de Gipuzkoa, publicada el 17 de septiembre, que modifica el régimen horario de caza en el Territorio Histórico para la campaña 2025/2026.

Nuestra organización había recurrido ante el tribunal esta norma que pretendía ampliar el horario de caza en puestos tradicionales hasta 60 minutos antes del amanecer, una medida que ahora queda paralizada por el riesgo que supone la falta de visibilidad en esa franja horaria.

La seguridad como prioridad

El TSJPV fundamenta su decisión en la necesidad de evitar daños irreversibles mientras se resuelve el fondo del recurso. En el párrafo central de la resolución, la Sala expone que “esta modificación horaria supone […] que en ese nuevo periodo autorizando la caza comprendida entre los 60 y los 20 minutos antes del orto, existe una situación de noche/oscuridad/penumbra que afecta indudablemente a la seguridad general, no solo la de las aves de especies protegidas, sino incluso la de las personas. Lo que evidencia que de no adoptarse la medida cautelar solicitada puede producirse una situación de imposible o muy difícil reparación que puede hacer perder la finalidad legítima del recurso”.

«Valoramos de forma muy positiva esta decisión porque el tribunal ha sabido interpretar bien los riesgos que existían al autorizar el uso de armas en condiciones de penumbra. Con esta cautelar se evitarán situaciones de peligro innecesarias en el medio natural. Ante la posibilidad de un accidente personal o la muerte de especies protegidas por falta de visibilidad, la justicia ha optado por la cautela. Desde nuestra organización siempre defenderemos que la actividad cinegética debe realizarse con plena seguridad tanto para las especies como para las personas cazadoras y el resto de las usuarias que disfrutan del monte a esas horas, como baserritarras, senderistas o ciclistas«, ha dicho Kiko Álvarez, delegado en Euskadi.

Prevalencia del interés general sobre la inercia administrativa

La Diputación de Gipuzkoa alegó en su defensa, en el marco del procedimiento en el que se han adoptado las medidas cautelares, que este horario de 60 minutos se había aplicado en años anteriores. Sin embargo, el TSJPV ha aclarado que la existencia de precedentes no justifica mantener una situación de riesgo. El tribunal subraya que el interés en mante

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