Cuidar a un familiar hospitalizado ¿Cuándo inicia el permiso?

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Por Luis Jiménez-Arellano


En este artículo Luis Jiménez-Arellano, responsable del área laboral del Bufete Mas y Calvet, trata sobre la sentencia 699/2025 del TSJ de Madrid que aclara el permiso retribuido por hospitalización de un familiar no puede iniciarse en días no laborables. Aunque el ingreso se produzca en fin de semana o festivo, el permiso comienza a computar el primer día laborable siguiente, ya que su finalidad es permitir la ausencia efectiva del trabajo. Esta interpretación refuerza el derecho del trabajador a la conciliación y evita que el permiso pierda su contenido real.


Hasta hace poco existía una zona gris en la ley que generaba conflictos entre empresas y trabajadores: ¿Cuándo empieza realmente el permiso si mi familiar/conviviente ingresa en el hospital un día que no es laborable?

La reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid 699/2025 ha puesto orden en este asunto, reforzando la protección del trabajador y su derecho a la conciliación.

El contexto legal en el que nos movemos es el de los artículos 37.3 b) y 37.9 del Estatuto de los Trabajadores. Si tu convenio colectivo o contrato dijera algo más específico, habría que acudir a esos términos.

Para entender la sentencia primero debemos mirar qué dice nuestra ley principal, el Estatuto de los Trabajadores (ET):

Artículo 37.3 b): Otorga 5 días de permiso retribuido por accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado.

Artículo 37.9: Permiso por «fuerza mayor» (hasta 4 días al año), destinado a motivos familiares urgentes e imprevisibles.

El “melón” del conflicto: ¿Día del ingreso o día laborable?

Muchas empresas argumentaban que si el familiar/conviviente ingresaba un sábado o un domingo (siendo estos días de descanso para el empleado), el permiso empezaba a «correr» desde ese mismo momento, perdiendo el trabajador esos días de permiso.

Sin embargo la sentencia del TSJ de Madrid es tajante: El permiso es para ausentarse del trabajo. Por tanto, si no hay trabajo (porque es fin de semana o festivo), el permiso no puede empezar a computar.

Los 3 puntos clave de la sentencia son:

1. No importa que el ingreso sea fuera del horario laboral: El derecho nace en el momento de la hospitalización, pero el disfrute efectivo comienza el primer día laborable siguiente para el trabajador.

2. Finalidad del permiso: El tribunal recuerda que estos días no son «vacaciones», sino tiempo necesario para atender una necesidad familiar/conviviente. Si se solapan con días de descanso, se estaría vaciando de contenido el derecho del trabajador.

3. «Desde el día que se produce»: La frase de la ley que indica que el permiso se activa cuando ocurre el hecho no significa que deba gastarse en días no laborables. Significa que el trabajador tiene derecho al permiso mientras dure la situación de hospitalización o necesidad de cuidado.

En resumen: Si tu familiar/conviviente es ingresado un domingo y tú trabajas de lunes a viernes, tus 5 días de permiso empiezan a contar el lunes. No “pierdes” el fin de semana.

¿Cómo solicitarlo correctamente?

1. Avisar cuanto antes: En la medida de lo posible, informa a la empresa en cuanto tengas conocimiento de la situación. Siempre por escrito. Y mejor por correo electrónico que por WhatsApp.

2. Justificante médico: Es imprescindible pedir en el hospital un justificante que acredite el ingreso o la intervención del familiar/conviviente.

3. Indicar el parentesco: Recuerda que este permiso cubre hasta el segundo grado de parentesco (padres, hijos, abuelos, hermanos y nietos, además de cónyuges o parejas de hecho). Si es conviviente, será necesario el empadronamiento.



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Elena Marcos