En este episodio de Reestructuración y Segunda Vida en Capital Radio, contamos con la participación de Íñigo Gurriarán González-Río, abogado del área concursal en Artículo 27. Junto a nuestros expertos de Surus, Alicia Tabanera y Daniel Barrientos, analizamos una de las herramientas más potentes y, a menudo, desconocidas de la normativa concursal: el plan de pagos.
¿Qué es el plan de pagos y cuál es su objetivo?
A diferencia del concurso “sin masa” (donde el deudor carece de bienes relevantes), el plan de pagos es una modalidad de exoneración que busca evitar la liquidación de los activos. Su objetivo principal es permitir que el deudor —ya sea autónomo, pequeña empresa o incluso un particular— pueda cancelar o reestructurar su deuda de forma ordenada en un plazo de 3 a 5 años.
Este mecanismo es fundamental para quienes atraviesan problemas de liquidez a corto plazo pero desean conservar su patrimonio.
El mito de la vivienda habitual y los bienes necesarios
Uno de los puntos clave tratados por Íñigo Gurriarán es la protección de activos esenciales. Existe la creencia de que para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad es necesario perderlo todo, pero el plan de pagos demuestra lo contrario:
-
Vivienda habitual: Es posible reestructurar otras deudas sin afectar la hipoteca de la vivienda, evitando así que el deudor pierda su hogar.
-
Bienes profesionales: Para un autónomo, conservar un vehículo o maquinaria específica es vital para continuar su actividad económica. El plan de pagos permite proteger estos activos mientras se sanea la situación financiera.
¿Cuándo y quién puede solicitarlo?
El programa aclaró dudas frecuentes sobre el procedimiento:
-
Momento procesal: El plan de pagos puede presentarse en cualquier momento previo a la fase de liquidación, incluso junto a la solicitud inicial de concurso.
-
Perfil del deudor: Aunque está muy enfocado a autónomos y microempresas (bajo el Libro Tercero de la Ley Concursal), también es aplicable a personas físicas (asalariados) que han acumulado deudas a través de créditos al consumo o tarjetas revolving.
-
Agilidad: Una vez presentado, el juzgado lo traslada a los acreedores, quienes tienen un plazo (generalmente de 10 días) para realizar alegaciones. La intención de la reforma de 2022 es que sea un proceso ágil y rápido.
La importancia de actuar a tiempo
Como conclusión del encuentro, se destacó que el plan de pagos representa una “reestructuración a pequeña escala”. Permite al deudor levantar la mano a tiempo y proponer una solución sostenible antes de llegar a una liquidación forzosa que termine con su actividad profesional o su patrimonio personal.
🎧 Escucha el podcast completo. Programa presentado por Laura Blanco de Capital Radio y donde participa por parte de Surus; Alicia Tabanera, Abogada y Daniel Barrientos, Responsable de Insolvencia.
De la mano de Capital Radio, nace REESTRUCTURACIÓN Y SEGUNDA VIDA con sesiones radiofónicas, que llevaremos a cabo los jueves de 10:15 a 10:30 en las que apoyaremos dando voz a distintos expertos del ámbito de la reestructuración y la insolvencia participando en el programa ‘Capital, la Bolsa y la Vida’ líder de información económica en la radio europea.
Os esperamos en la 103.2 FM y en la web de Capital Radio.
En SURUS, acompañamos a quienes nos rodean en la transición de modelos de negocio lineales a modelos más circulares y sostenibles. SURUS fue creada en el año 2010 para dar respuesta a una necesidad existente en el mercado nacional en cuanto a la venta especializada de activos en el mercado secundario maximizando el valor económico, social y medioambiental y así ofrecer los mejores resultados en nuestros proyectos que además certificamos mediante herramientas de medición y la emisión de informes.