El preaviso en el despido objetivo: nuevo criterio de la TGSS sobre su naturaleza salarial | Bufete Mas y Calvet. Abogados

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Por Luis Jiménez-Arellano


En este artículo Luis Jiménez-Arellano, responsable del área laboral del Bufete Mas y Calvet, explica como la TGSS ha concluido que las cantidades abonadas por falta de preaviso en las extinciones por causas objetivas (arts. 52 y 53 ET) tienen naturaleza salarial -y no indemnizatoria-, lo que obliga a incluirlas en la base de cotización a la Seguridad Social conforme al artículo 147 LGSS.


Hasta ahora la TGSS consideraba que el importe abonado por falta de preaviso tenía carácter indemnizatorio y estaba excluido de cotización, y contrasta esto con el nuevo criterio que reconoce su naturaleza salarial o retributiva.

Fundamentos del nuevo criterio

El artículo 53 ET distingue expresamente entre la indemnización de veinte días por año de servicio y el preaviso de quince días, lo que evidencia que son conceptos de naturaleza jurídica diferente. La compensación por falta de preaviso sustituye los salarios que el trabajador habría devengado si la empresa hubiera cumplido su obligación, acercándose así al concepto salarial.

En caso de revocación judicial del despido, el trabajador debe devolver la indemnización, pero no las cantidades percibidas por el preaviso, lo que refuerza su carácter retributivo. La jurisprudencia laboral ha consolidado esta distinción, tratando las «compensaciones de preaviso omitido» como un concepto separado de la «indemnización por despido».

Implicaciones prácticas

Las cantidades por falta de preaviso deben incluirse en las liquidaciones complementarias de cuotas, con devengo en la fecha del cese. A efectos de comunicación, deben figurar como incluidas en la base de cotización.

Consecuencias para las empresas

El coste efectivo del despido objetivo sin preaviso se incrementa al añadirse la cotización empresarial sobre la compensación abonada. Actuar con diligencia en la adaptación de estos procesos resulta esencial para evitar contingencias frente a la Seguridad Social.



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Elena Marcos