Muchas obras de política e historia conciben erróneamente el poder como una «realidad» ajena a las ideologías. El término Realpolitik solo tiene sentido cuando se emplea para calificar la política que se atiene a las ideologías comúnmente aceptadas, en contraste con la que pretende basarse en ideologías escasamente compartidas, las cuales, por tanto, no sirven para fundamentar un sistema duradero de gobierno[1].
Ludwig von Mises. La Acción Humana.
Permítaseme comenzar estas líneas trayendo aquí un discurso pronunciado en la Cámara de los Comunes el 1 de junio de 1829; quisiera emplearlo no solo para cimentar el análisis que procederé a acometer a continuación, sino para presentar y justificar el enfoque que lo preside y orienta.
[El principio de no interferencia es] el principio por el que todas las naciones tienen el derecho de gestionar sus propios asuntos internos como le plazca en tanto no perjudique a sus vecinos; y por el que una nación no tiene derecho a controlar, por la fuerza de las armas, la voluntad de otra nación en la elección de su gobierno o mandatario. [Este principio] debe ser sagrado. […]. Pero, en todos los debates, es de gran importancia llegar a una comprensión clara del significado preciso de los términos empleados en el debate. […]
Si por “interferencia” se entiende la interferencia por la fuerza de las armas, tal interferencia [está vetada a Inglaterra]. Pero, si por “interferencia” se entiende intromisión de cualquier manera y en cualquier medida, exceptuando la fuerza militar efectiva, entonces debo afirmar que no hay nada en esa interferencia que el derecho de las naciones no pueda contemplar en ciertos casos […].
La concepción whig del gobierno
Sin abordar los pormenores de la coyuntura en la que se produjo dicha proclama, el sintagma “ciertos casos” alude a la predisposición del orador a salvaguardar el sistema de free government o free state en cualquier punto de la geografía continental siempre que éste halle en peligro de ser derrocado. Representa, pues, no solo la concepción whig sobre el Gobierno y los principios rectores de las relaciones interestatales, sino también aquella filosofía de la historia predicada como whig que entraña en su seno un ideal de libertad, tanto individual como política.
Tomar el todo por la parte, no obstante, induce a una simplificación que tergiversa la realidad de los hechos, y lo cierto es que, en el propio núcleo de los whigs, educados en la Universidad de Edimburgo, al abrigo de las doctrinas de Adam Smith o Dugald Stewart, existían tantas interpretaciones sobre el principio de no interferencia ―también de no intervención o no dominación― como individuos encargados de la gestión de los asuntos públicos del Gobierno y el Estado, en el marco de una coordenadas temporales concretas.
Así pues, no faltan los trabajos afanados por tratar de dirimir si el orador cuyas palabras he reproducido aquí era o no un verdadero whig, suscriptor, por tanto, del liberalismo al que se adhería el whiggism; se ha examinado su política exterior exhaustivamente para desentrañar su pensamiento político, soslayándose, quizás, el profuso proceso de transformación de las estructuras en las que discurrió la vida de un personaje cuya adscripción ―moral― al liberalismo tanto se ha puesto en entredicho a la luz de sus acciones políticas.
Críticas de Hans Hermann Hoppe a la política exterior de Javier Milei
Hoy como ayer, la práctica se juzga bajo el rigor de la teoría; así, las críticas que Hans Herman Hoppe vertió sobre la política exterior del gobierno de Javier Milei en la decimoctava edición de la ronda de conferencias organizada por la Property and Freedom Society, traslucen esa ineluctable tendencia humana a la catalogación, a analizar la obediencia ― o desobediencia― de unos principios teóricos en la ejecución de acciones que, por todo lo demás, han de ser coherentes y consecuentes con aquéllos.
Hoppe le recordó al presidente argentino que, siendo la guerra, la paz y las relaciones exteriores “the biggest of all questions for a libertarian”, una política exterior predicada como libertaria se ha de basar en los principios de neutralidad y no interferencia; en puridad, los tres puntos cardinales de las críticas que el autor anarcocapitalista despacha contra un presidente que se muestra al mundo como seguidor de sus tesis y planteamientos ― y también de los de Murray Rothbard― solo pueden entenderse a la luz de ese axioma.
Así, 1) los vínculos entre Milei y las estructuras que vertebran el orden mundial desde 1945 bajo la hegemonía preponderante de Estados Unidos; 2) el compromiso de estrechar lazos entre Argentina y la OTAN; y 3) el refuerzo de las fuerzas militares nacionales, suponen cuestiones que Hoppe interpreta teniendo presente qué significa el principio de no interferencia para un libertario tanto en el orden interestatal como en el meramente individual. La base ontológica de dicho principio, empero, remite a una noción que, aunque replique en el estrato de las relaciones interestatales, nace en el orden más elemental y natural de un individuo, y que no es otra que la noción de libertad individual.
Lo que este artículo no es
De ahí, la breve reseña histórica con la que he iniciado esta exposición y en la que vengo a apoyarme para justificar que mi objetivo aquí no es someter a análisis las críticas de Hoppe; juzgarlas de inmerecidas o justas; tampoco, emprender un manido examen que me haga intérprete de la política exterior de Milei en términos de liberal-libertaria, liberal-clásica o, como algunos gustan decir, liberal-whig. Resulta evidente que, en su fuero interno, Milei profesa un tipo de liberalismo; cuestión aparte es si sus acciones se corresponden con las ideas con las que comulga; y la defensa que muchos harán del presidente se reducirá a señalar ― con bastante lógica― los constreñimientos ante los que se encuentra la ejecución de su acción política a modo de exculpación.
Por todo ello, considero que carece de valor tratar de determinar si la política exterior del presidente de Argentina es o no liberal; de la misma manera, las críticas de Hoppe solo pueden justificarse bajo un análisis meramente teórico en el que se sometan a examen la coherencia y correspondencia entre la teoría libertaria que, entre otras obras, Hoppe expone en Monarquía, democracia y orden natural, y aquellas acciones que, impulsadas por un determinado tipo de ideas, acomete Milei en el diseño y ejecución de su política exterior.
Lo que sí pretende
Tal enfoque resultaría redundante e innecesario. En su lugar,
- considerando los tiempos en los que Milei asume la presidencia argentina como de transición ― como en la década de 1830 ―; y
- habiendo señalado la última instancia de la que emana el principio de no intervención ― la concepción de libertad individual―,
acometeré un análisis del primer discurso que el argentino pronunció ante la ONU el pasado 24 de septiembre en la 79ª Asamblea General en el marco de la Cumbre del Futuro. En ella, Milei, en representación de la nación argentina, no solo rechazó la adhesión al Pacto para el Futuro, sino que también proclamó una Agenda de la Libertad con igual vocación de desplegar efectos en el mañana.
Tomando como base el principal elemento de las críticas de Hoppe, relativo al principio de no intervención, mi propósito, pues, es tratar de responder a la cuestión de si la oposición de Milei ― y el gobierno argentino ― al globalismo ideológico, condensado tanto en la Agenda 2030 como en su sucesor, el Pacto para el Futuro, y al que el presidente se refiere como wokismo, entra en contradicción con ese asenso que, como bien ha señalado Hoppe, hace del globalismo geopolítico ― imperialismo estadounidense para Hoppe―.
El statu quo
Tomaré por tal el statu quo contemporáneo que equilibra Occidente, presidido por i) la moral del multiculturalismo; ii) la política y cultura de masas; iii) la forma política del Estado del Bienestar; iv) la noción de gobierno administrativo; y v) las Organizaciones Internacionales. A mi juicio, habría que añadir un sexto pilar que, en la actualidad, solo acierto a intuir, y que es la mitificación de la libertad, un elemento que alude a la banalización de la misma, al vacío de su significado y, en último término, a su anulación e inoperancia, pues, si hasta a la tiranía se le puede llamar libertad, ¿qué es ésta, si no, un mito?
En la aludida intervención de Hoppe, éste afirma que aprecia una evolución en Milei, que ha pasado de adoptar una postura anti estatista, a otra meramente antisocialista. Puede adelantarse ya y sostenerse que esta evolución cristaliza en el discurso que me propongo estudiar: Milei asume y valida la operatividad de las estructuras estatales; no las niega; y ello me permite establecer esa relación que hago entre globalismo ideológico y globalismo geopolítico, y que impone considerar, específicamente, las formas/modelos de Estado que el presidente desaprueba y las que ratifica, y así poder llegar a una aproximación del concepto de libertad individual que Milei baraja y erige en el sustrato de su Agenda de la Libertad.
La postura de Milei ante el orden interestatal
Porque la noción de libertad individual es, ciertamente, la única idea fuerza que penetra y permea en todos los órdenes que rigen la vida del ser humano, desde el entorno más directo e inmediato, hasta aquél que erigen las relaciones a escala planetaria, presididas, aún hoy, por el ente del Estado, él mismo, un modo de pensar la libertad en sociedad. Aprehender el concepto que Milei baraja de esta idea da mucha cuenta, no solo de su acción política, tanto interior como exterior, sino también, y principalmente, del estado en el que se encuentra el liberalismo en una etapa transicional como la que nos concierne.
Cinco son las partes en las que es posible dividir el discurso de Javier Milei ante la ONU, en el que aborda tres cuestiones como son la paz y la seguridad; la degradación de las estructuras de la comunidad interestatal ante el desprestigio de una ideología ― aquélla coagulada en la Agenda 2030―; y la conciencia de una transformación de los tiempos.
Así pues, es en la sección meramente introductoria, en la que se presenta definiéndose como “un economista liberal libertario […] que fue honrado con el cargo de presidente de […] Argentina frente al fracaso de [las] políticas colectivistas”, en la que expone los dos ejes de su intervención, a saber, el rechazo a medidas políticas “colectivistas”, subsumidas en la Agenda 2030, y la presentación de los valores que regirán la propuesta de una alternativa que ofrece a su audiencia y que es, al fin y al cabo, el núcleo de su alocución.
El concepto de libertad de Javier Milei
A continuación, la segunda de las partes es un repaso a los orígenes de las Naciones Unidas; es en el relato que hace de los mismos donde hay que situar el juicio que emite Hoppe y que presenta a Milei como “unaware of revisionist history”. Esta percepción del alemán es el principal cimiento de su desaprobación a una relación entre un individuo que se dice libertario y las élites que hoy integran el imperialismo estadounidense y que, en cuanto que imperialistas, se muestran belicistas y, por ende, con tendencia a la intervención.
Sin duda, resultaría sumamente sugestivo detenerse en este relato que expone Milei para contrastarlo con la visión de la Historia que Hoppe sostiene en su artículo The Libertarian Quest for a Grand Historical Narrative o, además de la obra citada más arriba ―sobre todo, en la introducción―, en A Short History of Man; mas, dado que mi objetivo es desentrañar el concepto de libertad que maneja el argentino, subrayaré al respecto que, entre una visión y otra de los acontecimientos históricos, especialmente, de los más recientes de la Historia Contemporánea, aquello que se pone de manifiesto es esa dicotomía entre dos planteamientos:
Libertad concebida manera negativa
Es la propia de la doctrina hobbesiana; replicada por el liberalismo utilitarista de Bentham y que refiere a la libertad de acción, esto es, a la posibilidad de hacer todo cuanto no esté prohibido o regulado, entroncando con el positivismo jurídico, con la producción legislativa y, por tanto, con el artificio del Estado, nacido de un teórico contrato social con elque, según Hobbes, desaparece la ley natural.
En ese contrato social, la obediencia al soberano, que pacifica los conflictos ― faceta política de la soberanía― creando leyes ―faceta jurídica de la soberanía―, la libertad en la sociedad no es, ni más ni menos, que la prescrita por aquél; pero el individuo siempre será libre, puesto que, aunque sea dentro de los márgenes de la legislación, conserva capacidad de acción, y si decide no acometer una acción prohibida, por más que le apetezca, sigue siendo libre en tanto ha decidido, mediante un proceso racional, seguir el mandato del soberano.
Libertad concebida positivamente, basada en la ley natural
Proclama que los individuos nacen libres; esa libertad dada en llamar natural ―inalienable―, empero, se manifiesta en sociedad cuando las estructuras que dominan el entorno la reconocen garantizándola a través del Derecho. Refiere al poder pre-político, al estatus de persona libre por el mero hecho de serlo, de ahí que se priorice el establecimiento de un gobierno de las leyes y no de los hombres, esto es, que el reconocimiento del estatus de libertad de los individuos no quede al albur de la voluntad de aquél que detente el poder, sino que quede garantizado en el seno de una comunidad que conoce las leyes naturales, aplicadas según sus usos y costumbres, y donde el soberano sea, por ende, político, pero no jurídico.
Es decir, que ordene y pacifique conflictos, pero no evitándolos a priori mediante la creación de leyes nuevas, sino que los ataje cuando se produzcan a través de la revisión de las ya existentes de manera espontánea. Es la idea subyacente en el free government que, además, reconoce al hombre como animal político.
Todo ello puede observarse en el elemento que le servirá a Milei para justificar su postura ante la Agenda 2030 que deplora: incide en que la Declaración Universal de los Derechos Humanos es la razón de ser de la ONU, y afirma que ha sido la negligencia de la Organización en atender su observancia lo que le lleva a desligarse de la nueva agenda global, con la que se seguiría incurriendo en dicho error.
Los Derechos Humanos
Le atribuye, pues, a la ONU la defensa de la máxima de que “todos los seres humanos nacen libres e iguales, en dignidad y derechos”:
[…] quiero aprovechar para […] alertar a las distintas naciones del mundo sobre […] el peligro que implica que esta organización fracase en cumplir su misión original. […] Ha sido precisamente la adopción de esa Agenda [la 2030], que obedece a intereses privilegiados; el abandono de los principios esbozados en la Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas, lo que tergiversó el rol de esta institución y la puso en una senda equivocada. Así, hemos visto cómo una organización que nació para defender los derechos del hombre ha sido una de las principales propulsoras de la violación sistemática de la libertad […].
Milei identifica, así, a lo largo de su discurso, la doctrina de los derechos humanos con el derecho a la vida, la libertad y la propiedad, pero también con la igualdad ante la ley, un axioma que, como nos recuerda Dalmacio Negro, es un vestigio de una de las formas históricas del Estado: el Estado de Derecho. Como todo en la Historia, los cambios no se producen de un momento a otro; el sujeto histórico no aprecia esos cambios como una disrupción, sino que asume e integra las transformaciones de manera paulatina y natural.
Es el historiador el que categoriza las sucesivas etapas históricas. Algo similar, pues, ocurre con la Historia de las formas de Estado: no representan compartimentos estancos, nítidamente diferenciados, sino que están integradas por usos, modelos y prácticas que van solapándose unos con otros hasta cristalizar en una forma a la que el historiador se encarga de dar nombre.
El Estado de derecho
Así, el Estado nació para garantizar la seguridad; en la persecución de su objetivo, y bajo la forma de Estado de Derecho, busca acabar con los conflictos que surgen en el seno de una comunidad apoderándose de ella mediante la prescripción de normas que, en última instancia, presentan una profunda carga moral. El Derecho, cuya esencia es orgánica, naciendo de la comunidad de manera espontánea, pertenece a la comunidad; se diferencia de la Legislación, cuya esencia es técnica y artificiosa, y pertenece al Estado, que nace para acabar con los conflictos y, sin pretenderlo, anula la vida política, que es la esencia de la libertad.
El Estado de Derecho, basado en la igualdad ante la ley, tiende a prescribir y regular pautas de conducta social, regulando, pues, la moral de la comunidad para acabar con los conflictos. Y, así, ampararse en los derechos humanos, una abstracción de fuerte carga moral y cultural, producto de la Legislación de corte estatista, es fruto de una concepción negativa de la libertad.
A la preservación de esta tríada de derechos, bajo la garantía de la igualdad ante la ley, Milei le atribuye esa paz que predica como “global”y que descansa en la cooperación política entre Estados. Hete aquí, además, una nueva discrepancia con Hoppe, pues, aunque éste no lo exprese en la conferencia de la Property and Freedom Society, la cooperación que el alemán presume ordenadora de un orden anarcocapitalista emana de la cooperación que deriva de la división del trabajo, según la consideración praxeológica de Mises.
O comercio o balas
Así pues, al menos en esta alocución del argentino, Milei invierte los presupuestos: el comercio y la integración económica solo son posibles en un contexto de estabilidad política; el círculo se cierra como exponen las palabras del propio presidente:
[Tuvimos] 70 años consecutivos de relativa paz y estabilidad global bajo el manto de un orden que permitió al mundo entero integrarse comercialmente, competir y prosperar. Porque donde entra el comercio no entran las balas, decía Bastiat, porque el comerci