El Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud en obras de construcción. Esta guía analiza en detalle todos los aspectos fundamentales de esta normativa esencial para el sector de la construcción.
¿Qué establece el RD 1627/97?
El Real Decreto 1627/1997 establece el marco normativo básico para garantizar la seguridad y salud en el sector de la construcción, regulando:
- Las obligaciones y responsabilidades de todos los agentes intervinientes
- Los documentos específicos de gestión preventiva en obras
- Los requisitos mínimos de seguridad y salud
- Los mecanismos de coordinación y control
- Las disposiciones específicas para diferentes tipos de obras
Ámbito de aplicación
El RD 1627/1997 se aplica a:
- Obras de construcción nuevas
- Trabajos de rehabilitación
- Reparación y mantenimiento
- Obras de ingeniería civil
- Montaje y desmontaje de elementos prefabricados
Coordinador de Seguridad y Salud
Designación obligatoria
El coordinador de seguridad y salud debe designarse cuando:
- Interviene más de una empresa en la obra
- Una empresa y trabajadores autónomos
- Diversos trabajadores autónomos
Funciones principales
- Coordinar la aplicación de los principios generales de prevención
- Coordinar las actividades de la obra
- Aprobar el plan de seguridad y salud
- Organizar la coordinación de actividades empresariales
- Adoptar las medidas necesarias para controlar el acceso a la obra
Requisitos de formación
Para ejercer como coordinador de seguridad y salud se requiere:
- Titulación habilitante (arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero o ingeniero técnico)
- Formación específica en prevención de riesgos laborales
- Formación especializada en coordinación de seguridad
- Conocimientos actualizados de la normativa
Estudio de Seguridad y Salud
¿Cuándo es obligatorio hacer un estudio de seguridad y salud?
El estudio de seguridad y salud es obligatorio cuando se da alguno de estos supuestos:
- Presupuesto de ejecución por contrata ≥ 450.759,08€
- Duración estimada > 30 días laborables y empleo simultáneo de más de 20 trabajadores
- Volumen de mano de obra estimada > 500 días/hombre
- Obras de túneles, galerías, conducciones subterráneas y presas
Contenido mínimo
El estudio debe incluir:
- Memoria descriptiva
- Pliego de condiciones
- Planos
- Mediciones y presupuesto
- Procedimientos y equipos técnicos
- Identificación de riesgos laborales
Plan de Seguridad y Salud
¿Qué obras necesitan plan de seguridad y salud?
Todas las obras incluidas en el ámbito de aplicación del RD 1627/1997 requieren un plan de seguridad y salud. El plan es obligatorio independientemente del tamaño o complejidad de la obra.
¿Cuándo es obligatorio un plan de seguridad?
El plan de seguridad y salud debe elaborarse:
- Antes del inicio de los trabajos
- Cuando se introduzcan modificaciones en el proceso constructivo
- Cuando se incorporen nuevos procedimientos de trabajo
Contenido del plan
- Análisis, estudios y desarrollo del estudio de seguridad
- Procedimientos de ejecución adaptados a la obra
- Medidas preventivas específicas
- Medios auxiliares y equipos de trabajo
- Organización de la prevención en obra
Obligaciones de Contratistas y Subcontratistas
Responsabilidades principales
- Aplicar los principios de la acción preventiva
- Cumplir y hacer cumplir el plan de seguridad y salud
- Informar y proporcionar instrucciones a los trabajadores
- Atender las indicaciones del coordinador de seguridad
Documentación exigible
- Plan de seguridad y salud
- Adhesión al plan (subcontratistas)
- Evaluación de riesgos específica
- Acreditación de la formación de los trabajadores
- Justificación de la vigilancia de la salud
Recurso Preventivo en Obras
Designación
Es necesaria la presencia del recurso preventivo cuando:
- Los riesgos pueden agravarse por la concurrencia de operaciones
- Se realizan trabajos con riesgos especiales
- Lo requiere la Inspección de Trabajo
Funciones
- Vigilar el cumplimiento de las medidas preventivas
- Comprobar la eficacia de las actividades preventivas
- Comunicar las deficiencias observadas
- Contribuir al control de los métodos de trabajo
Modificaciones y Actualizaciones del RD 1627/1997
El Real Decreto ha experimentado diversas modificaciones desde su publicación:
- RD 2177/2004: Modificación sobre trabajos temporales en altura
- RD 604/2006: Modificación sobre recursos preventivos
- Ley 32/2006: Regulación de la subcontratación
- RD 337/2010: Modificaciones en materia de coordinación
Relación con Otras Normativas
Marco normativo relacionado
- Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales
- RD 171/2004 de Coordinación de Actividades Empresariales
- Ley 32/2006 reguladora de la subcontratación
- Convenio General del Sector de la Construcción
Régimen Sancionador
Infracciones y sanciones
Las infracciones se clasifican en:
- Leves: hasta 2.045€
- Graves: hasta 40.985€
- Muy graves: hasta 819.780€
Tipos de responsabilidades
- Administrativa
- Civil
- Penal
- Recargo de prestaciones
Preguntas Frecuentes Adicionales
¿Es necesario el estudio de seguridad en obras menores?
No siempre. En obras de menor envergadura puede ser suficiente un estudio básico de seguridad y salud.
¿Quién debe aprobar el plan de seguridad y salud?
El coordinador de seguridad y salud en fase de ejecución, o la dirección facultativa cuando no sea necesaria la designación de coordinador.
¿Se puede modificar el plan de seguridad durante la obra?
Sí, el plan debe adaptarse a la evolución de la obra mediante anexos aprobados por el coordinador de seguridad.
Conclusión
El Real Decreto 1627/1997 constituye la piedra angular de la prevención de riesgos laborales en el sector de la construcción. Su correcta aplicación requiere:
- Conocimiento profundo de la normativa
- Implicación de todos los agentes
- Documentación actualizada y completa
- Seguimiento continuo de las medidas preventivas
- Coordinación efectiva entre todas las partes
Para garantizar el cumplimiento del RD 1627/1997, es fundamental contar con profesionales cualificados y mantener una gestión preventiva actualizada y eficaz. Si quieres que te asesoremos para garantizar el cumplimiento, ponte en contacto con nosotros.