Prescripción deuda bancaria | ASESORITY

Compatibilidad
Ahorrar(0)
Compartir

Si tienes una deuda bancaria desde hace años y piensas que está prescrita, o que la prescripción puede ser una opción para no tener que pagarla, esto te interesa. Te vamos a explicar todo sobre la prescripción de deudas de los bancos.

Publicado 16/12/20 – Actualizado 29/04/24
Escrito y verificado por: David Alfaya Massó (Fact check)

¿Qué e la prescripción de deudas?

La prescripción de deudas es la extinción de la obligación de pago de las deudas. Cuando hablamos de deudas con bancos, la prescripción hace referencia al plazo en que las entidades bancarias ya no nos pueden reclamar las deudas que teníamos contraídas y por lo tanto no hay que pagarlas.

¿Cuándo prescriben las deudas bancarias?

El plazo de prescripción de deudas con bancos es de 5 años Transcurrido ese plazo, sin haberse reclamado la deuda bancaria, se extingue el derecho de crédito y ya no hay que pagar la deuda al banco, al fondo a la que fue cedida o a la empresa de recobro que la reclama.

La modificación del año 2015 del artículo 1964.2 del Código Civil, redujo el plazo de prescripción de deudas con bancos de quince años a cinco años.

«Las acciones personales que no tengan plazo especial prescriben a los cinco años desde que pueda exigirse el cumplimiento de la obligación. En las obligaciones continuadas de hacer o no hacer, el plazo comenzará cada vez que se incumplan«.

¡OJO! Las deudas anteriores al 7/10/15 prescriben a los 15 años.

Y las deudas bancarias de préstamos hipotecarios prescriben a los 20 años.

¿Quieres contarnos tu caso?

Consulta Gratis a un abogado especializado en oponerse a monitorios o demandas de bancos o financieras

Plazo de prescripción de otras deudas

  • Pensiones alimenticias, arrendamientos y pagos por años o en plazos más breves, prescriben a los 5 años.
  • Deuda con Hacienda el plazo de prescripción es de 4 años.
  • También son 4 años el plazo de prescripción deudas de la Seguridad Social.
  • Pagos de honorarios a Abogados, Notarios, Peritos; y otros profesionales, plazo de prescripción 3 años.
  • La acción para recobrar o retener la posesión, la acción para exigir la responsabilidad civil por injuria o calumnia y por las obligaciones derivadas de la culpa o negligencia, prescriben al año.

Interrupción del plazo de prescripción deuda bancaria

El plazo de prescripción de deudas bancarias se interrumpe, si nos envían una notificación por burofax o con acuse de recibo, o por cualquier otro soporte digital con firmar electrónica y confirmación de recepción, o si presentan una demanda, monitorio o ejecución en el Juzgado. Volviéndose a iniciar el cómputo de los 5 años, en el momento de la interrupción.

Que hacer si te reclaman una deuda prescrita

Si en algún momento te reclaman una deuda que pueda estar prescrita, hay que contestar a la reclamación extrajudicial, demanda, monitorio o ejecución, siempre por escrito explicando que la deuda está prescrita y por lo tanto no puede exigirse su pago.
Y en caso de recibir una demanda del Juzgado, monitorio o ejecución, de una deuda bancaria que pudiera estar prescrita, hay que oponerse a la demanda, alegando la prescripción y solicitando la desestimación de la demanda.

Para los procedimientos de reclamación de deudas superiores a 2000 € es necesaria la intervención en vía judicial de abogado y procurador.

¿Cuál es el plazo para la ejecución de una sentencia?

El plazo de caducidad para ejecutar una sentencia firme en el Juzgado también es de 5 años, por lo que en caso de tener una sentencia a favor de una entidad bancaria, esta sólo podrá ejecutar dicha sentencia y proceder al embargo de bienes, ingresos o cuentas bancarias, en un plazo de 5 años. Y una vez que se presenta la ejecución, el proceso ya nunca caduca y se puede solicitar averiguación patrimonial o nuevos embargos en cualquier momento.

Caducidad de las anotaciones de embargo por deudas

Las anotaciones de embargo en el Registro de la Propiedad, caducan a los cuatro años de su fecha de anotación registral. Es lo que se conoce como cancelación por caducidad. Pero, puede evitarse la cancelación solicitando una petición de prórroga del embargo, por el mismo tiempo, siempre que se realice antes del plazo de cancelación.

Causas oposición a deudas con bancos, empresas de recobro y fondos buitre

Para cualquier deuda que te reclame un banco, empresa de recobro o fondo buitre, se puede contestar en vía extrajudicial o presentar oposición si recibiste una demanda, monitorio o ejecucuión del Juzgado, alegando todo lo que pueda llevar al archivo de la demanda, anular la deuda o reducir el importe a pagar.

Es muy habitual que cuando se produce un impago de una deuda, el banco aumente la deuda con intereses y comisiones, y reclame cantidades incorrectas, no justificadas o que pueden ser nulas por incluir intereses usurarios o comisiones abusivas

Causas de oposición a deudas:

  • Prescripción de la deuda bancaria.
  • No justificar la cantidad adeudada.
  • No justificar la cesión de la deuda al fondo buitre.
  • Intereses usuarios.
  • Comisiones y cláusulas abusivas.
  • Intereses moratorios abusivos.

Si recibes una demanda, monitorio o ejecución del banco reclamando una deuda, o de un fondo buitre, puedes oponerte y anular o reducir la deuda. Los bancos no siempre tienen la razón, y muchas veces engordan las deudas con intereses y comisiones abusivas.

Escrito por David Alfaya Massó
Abogado, CEO & Fundador de Asesority
Experto en reclamaciones bancarias y cancelar deudas

Cancela tus deudas con la
Ley de Segunda Oportunidad

¿No puedes pagar las cuotas mensuales de tarjetas y préstamos?
Cancela ahora todas tus deudas y empieza de nuevo
Somos abogados especialistas en deudas bancarias

Detalles de contacto
David Alfaya Massó