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La Dirección General de la Guardia Civil da respuesta a ANEN sobre la problemática de la pirotecnia de uso en la náutica
La pirotecnia destinada a uso en náutica de recreo suscitaba dos cuestiones que preocupan, por una parte, al almacenaje en las tiendas dedicadas a la venta de balsas y pirotecnia y, por otra, a los puertos deportivos en relación con la entrega de material de pirotecnia destinado a su destrucción.
ANEN trasladó ambas cuestiones al Grupo Técnico de Explosivos de la Guardia Civil que ha dado respuesta a estas consultas en los siguientes términos:
- Almacenaje de material explosivo más el material de las balsas salvavidas: la pirotecnia dentro de las balsas salvavidas no se contabiliza para el límite de 15 kg de material explosivo permitido en las estaciones de servicio autorizadas, ya que se registró su salida al instalarse en las balsas. No obstante, se deberá elevar la consulta a Industria por posibles riesgos en seguridad industrial.
- Gestión de pirotecnia entregada por gestores de Puertos Deportivos para sus destrucción: se permite autorizar un segundo almacenamiento especial de 15 kg para pirotecnia destinada exclusivamente al almacenamiento de pirotecnia de uso en la marina para su destrucción o inertización, evitando que se sobrepasen las cantidades autorizadas por causas ajenas a la estación de servicio o establecimiento de venta. No obstante, dada la casuística de hallazgos de pirotecnia de uso en la marina abandonada, la autoridad portuaria debe establecer su propio protocolo de tratamiento de productos destinados a eliminación o inertización conforme a la ITC nº 12 del R.D. 989/2015.
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Mar Lucena