La Baliza V16 conectada: avance en seguridad vial y garantías de privacidad.

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Segunda parte

Por Efrén Díaz Díaz


En esta segunda parte, Efrén Díaz Díaz, responsable del área de tecnología y espacial del Bufete Mas y Calvet, se centra en los aspectos clave derivados del uso de la baliza V16, abordando las implicaciones de su geolocalización, las principales recomendaciones jurídicas y prácticas, la cronología normativa y las obligaciones básicas, así como las sanciones previstas ante un uso indebido. Todo ello con especial atención al tratamiento de los datos y la localización, elementos esenciales para comprender el impacto real de este dispositivo en la seguridad vial y en los derechos de los conductores.


5.     Aspectos sobre la geolocalización

Desde una perspectiva jurídico-tecnológica, la clave se sitúa en la naturaleza de los datos emitidos y en la posibilidad de reidentificación a partir de la geolocalización y de la infraestructura de comunicaciones.

La configuración actual se basa en la transmisión de coordenadas de ubicación hacia la plataforma DGT 3.0 sin que exista, en dicha plataforma, un vínculo con el titular del vehículo, ya que la identificación comercial de la baliza queda en el ámbito del fabricante y no se remite a la Administración. No obstante, el uso de geodatos en tiempo real exige prestar atención a riesgos de correlación futura, a eventuales cambios de finalidad y a la posible ampliación de funcionalidades (por ejemplo, en contextos de vehículos conectados o de seguros telemáticos), que podrían convertir un sistema inicialmente anónimo en un tratamiento de datos personales si se enlaza con otras bases de datos. Desde el prisma del derecho geoespacial y de la protección de datos, resultan especialmente relevantes las garantías de minimización, limitación de finalidad, transparencia tecnológica y auditoría continua de la plataforma DGT 3.0 y de los proveedores de conectividad asociados a las balizas.

Cabe enfatizar que la geolocalización influye directamente en la privacidad del ciudadano, ya que la posición no solo indica dónde estamos, sino también quiénes somos, al identificar aspectos de nuestra vida personal, como hábitos o relaciones. En el contexto de dispositivos como la V16, conviene advertir sobre la necesidad de interoperabilidad jurídica de los datos geoespaciales para evitar vulneraciones al RGPD, así como destacar riesgos como el “efecto mosaico” donde datos anónimos podrían reidentificarse al cruzarse con otras fuentes. Se debería abogar por la privacidad por diseño (art. 25 RGPD), auditorías independientes e información expresa sobre el tratamiento de geodatos para validar sistemas como la V16 siempre que mantengan anonimato efectivo y limiten la transmisión a emergencias puntuales, sin seguimiento continuo. El necesario análisis jurídico permitiría resaltar la importancia de reconocer el derecho a la identidad digital, aplicable a geolocalización vehicular, para prevenir abusos en contextos de vigilancia masiva.

6.     Principales recomendaciones jurídicas y prácticas

En el plano práctico, se recomienda verificar que la baliza V16 conectada está homologada por los laboratorios autorizados y figura en el listado oficial actualizado de la DGT, para evitar adquirir dispositivos que, aunque se publiciten como conectados, no cumplan la normativa. También conviene comprobar la vigencia de la conectividad incluida en el precio, la vida útil de la batería y las condiciones de garantía, de manera que el dispositivo siga siendo plenamente operativo durante los años en que deba utilizarse.

A efectos de plazos, es aconsejable que las personas conductoras no apuren hasta el 1 de enero de 2026, sino que adquieran y prueben la baliza con cierta antelación, especialmente si dependen del vehículo para su actividad profesional o realizan desplazamientos frecuentes por vías interurbanas.

En caso de sanción, será relevante examinar la fecha de los hechos, el tipo de dispositivo utilizado y el modo de señalización, así como la posible existencia de un período de tolerancia inicial en la actuación de los agentes, a la vista de las manifestaciones públicas de la DGT sobre la flexibilidad en los primeros meses.

RecomendaciónTipoPlazo/Acción
Verificar homologaciónJurídicaCódigo en listado DGT; antes de compra.
Evitar falsificacionesPráctica>20€; incluye eSIM y GPS; probar en tienda.
Ejercicio de derechosJurídicaSolicite información a la DGT en caso de activación; plazo: 1 mes para respuesta.
Compra seguraPrácticaOficinas de Correos u online verificado; antes 31/12/2025.
MantenimientoPrácticaCaducidad SIM visible; reemplazo cada 12-15 años.

7.     Cronología y obligaciones básicas

AspectoContenido esencial
Norma de origenReal Decreto 159/2021 sobre servicios de auxilio en vías públicas.
Desarrollo técnico y conectividadReal Decreto de 20 de diciembre de 2022 que completa especificaciones de la V16.
Inicio Obligatoriedad V16 Conectada1 de enero de 2026: único medio legal de preseñalización de vehículos inmovilizados.
Sustitución de triángulosDesde 2026 dejan de ser válidos como único sistema de preseñalización.

8.     Sanciones y uso indebido

SupuestoConsecuencia
No llevar dispositivo de preseñalización válidoMulta en torno a 80 euros, similar a la antigua por no llevar triángulos.
Uso de modelo no homologadoPosible sanción económica y consideración de señalización incorrecta.
No utilización de la V16 conectada desde 2026Infracción por incumplir la obligación de señalizar adecuadamente el vehículo inmovilizado.

9.     Datos y geolocalización

ElementoSituación jurídica declarada
Tipo de datos transmitidosCoordenadas y parámetros técnicos; sin datos personales ni de matrícula.
Momento de transmisiónSolo cuando el conductor activa la baliza en caso de emergencia.
Identificación del titularDGT no sabe quién compró la baliza ni qué vehículo la porta.
Aplicabilidad del RGPDLa AEPD considera que, en la configuración actual, la señal es anónima y no constituye tratamiento de datos personales.

En conclusión, la V16 representa un avance equilibrado, donde la innovación prima sin sacrificar derechos fundamentales. Su implementación exitosa dependerá de la transparencia institucional y la vigilancia ciudadana. Para consultas específicas, acuda a la DGT o AEPD.



Detalles de contacto
Elena Marcos