La transmisión del patrimonio familiar es una decisión que tarde o temprano la mayoría de las familias debe afrontar. En España, dos vías concentran la atención: la donación en vida y la herencia tras el fallecimiento. Ambas tienen implicaciones jurídicas, fiscales y emocionales que conviene conocer antes de decidir. La Comunidad de Madrid, además, presenta un marco fiscal particularmente favorable, lo que ha impulsado el interés por planificar con antelación estos procesos.
A continuación, se analiza las ventajas y desventajas de planificar el traspaso del patrimonio, valorando qué opción puede resultar más atractiva en Madrid y cuándo conviene una u otra.
1. Donación y herencia: conceptos básicos
Donación en vida
Es un acto jurídico mediante el cual una persona transfiere gratuitamente un bien a otra mientras sigue viva. Para ser válida, debe cumplir requisitos formales, especialmente cuando se trata de inmuebles, que requieren escritura notarial.
Las donaciones pueden incluir dinero, viviendas, vehículos o participaciones empresariales. En la práctica, se usan a menudo para ayudar a los hijos a comprar vivienda, repartir patrimonio en vida o evitar futuros conflictos familiares.
Herencia
Es la transmisión de bienes, derechos y obligaciones tras el fallecimiento. Puede producirse con testamento (sucesión testada) o sin él (sucesión intestada). El heredero solo adquiere la propiedad al aceptar la herencia.
Planificar anticipadamente —sea mediante donación o mediante un testamento bien diseñado— ofrece beneficios significativos:
✔ Reducción de conflictos familiares
Es habitual que la claridad en el reparto evite disputas entre herederos. La donación permite además dejar decidido el destino de ciertos bienes sin esperar al fallecimiento.
✔ Optimización fiscal
Tanto en donaciones como en herencias existen bonificaciones significativas, especialmente en Madrid, donde las reducciones para familiares directos alcanzan el 99%.
✔ Flexibilidad y control
- Con herencia, el testador mantiene el control total sobre su patrimonio hasta el final de su vida.
- Con donaciones, se puede anticipar la transmisión, incluso reservándose el usufructo para seguir usando el bien.
✔ Ayuda intergeneracional
Muchos padres optan por donar en vida para facilitar la entrada a vivienda u otros proyectos vitales de sus hijos.
3. Desventajas y riesgos a valorar
- Pérdida de control del patrimonio (donación en vida)
Al donar, el bien deja de pertenecer al donante, lo que puede generar vulnerabilidad económica si no se reserva usufructo u otras garantías.
- Costes fiscales inmediatos
La donación genera la obligación de pagar impuestos en el momento de recibir el bien, mientras que la herencia difiere esta carga.
- Impacto en la legítima
En España, existe un reparto mínimo obligatorio entre herederos forzosos. Las donaciones imputan a la futura herencia y pueden generar conflictos si alteran ese equilibrio.
- Plusvalía municipal
Tanto la donación como la herencia de inmuebles generan el pago de la plusvalía municipal, aunque con diferencias según cada ayuntamiento.
4. La fiscalidad: el factor decisivo (especialmente en Madrid)
La diferencia más relevante entre donar y heredar suele ser fiscal, y la Comunidad de Madrid destaca por su marco altamente beneficioso.
4.1. Impuesto de Sucesiones en Madrid
La Comunidad aplica una bonificación del 99% para familiares incluidos en los grupos I y II (hijos, nietos, cónyuge, padres), lo que en la práctica reduce el impuesto a cantidades simbólicas.
Además, desde las reformas introducidas en 2025–2026, se han ampliado bonificaciones para el grupo III (hermanos, tíos, sobrinos), elevándolas al 50%.
Esto convierte a Madrid en una de las regiones más ventajosas para recibir herencias en España.
4.2. Impuesto de Donaciones en Madrid
También ofrece bonificaciones muy altas: hasta el 99% en donaciones entre familiares directos.
Además, existen nuevas facilidades:
- Bonificación del 100% para donaciones inferiores a 1.000 €.
- Eliminación del requisito de escritura pública para donaciones de hasta 10.000 €.
4.3. IRPF: la gran diferencia
Este es un punto clave donde la opción por heredar suele imponerse:
- Donación: puede generar una ganancia patrimonial para el donante, que tributa en IRPF si el valor del bien ha aumentado.
- Herencia: no genera IRPF para el heredero (aunque sí tributa por Sucesiones).
5. ¿Es mejor donar en vida o esperar a la herencia en Madrid?
No existe una respuesta universal. Ambas opciones son válidas, pero convienen según la situación:
✔ Cuándo puede convenir donar en vida
- Cuando se quiere ayudar a los hijos ya, por ejemplo, con la compra de vivienda.
- Cuando el donante desea ordenar el reparto en vida para evitar disputas.
- Cuando se busca aprovechar la normativa actual, especialmente si hay incertidumbre sobre futuros cambios fiscales (se ha planteado una posible armonización nacional que podría reducir bonificaciones).
Además, en Madrid las bonificaciones del 99% hacen la donación fiscalmente casi gratuita para familiares directos.
✔ Cuándo suele convenir más heredar
- Cuando el patrimonio incluye bienes que han ganado valor, para evitar el IRPF derivado de la donación.
- Cuando el donante desea mantener el control de los bienes hasta el final.
- Cuando el objetivo es pagar lo mínimo posible, ya que Madrid reduce el Impuesto de Sucesiones al 1% real para la mayoría de los herederos directos.
Pelayo Ballesteros es abogado y desde 2019 forma parte del área de Derecho Fiscal del Bufete Mas y Calvet.
Colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid desde 2016, ha cursado el Máster en Asesoría y Gestión Tributaria por ESADE Business and Law School.
Aporta un perfil con una marcada especialización en el área de Derecho Fiscal, concretamente en procesos de sucesión en la empresa familiar, tributación directa de personas jurídicas y personas físicas, reestructuraciones empresariales, fiscalidad internacional y procedimientos tributarios.
Cuenta también con experiencia en gestión fiscal patrimonial, fiscalidad inmobiliaria e indirecta y tributos locales.
6. ¿Planificar o no? ¿Donar o heredar?
La planificación del traspaso de patrimonio es, sin duda, beneficiosa. Permite reducir conflictos, optimizar impuestos y garantizar un reparto acorde a los deseos del titular.
En la Comunidad de Madrid, la balanza fiscal entre donar y heredar está muy igualada debido a las generosas bonificaciones en ambos casos. Sin embargo, las diferencias en IRPF y en el control del patrimonio suelen inclinar la decisión:
- La herencia suele ser más ventajosa en términos fiscales globales.
- La donación en vida es una herramienta útil para ayudar a los descendientes de forma inmediata y ordenar la sucesión con claridad.
La clave está en analizar cada caso individual: valores de los bienes, necesidades familiares, expectativas de futuro y la seguridad que cada fórmula ofrece al donante.
El Bufete Mas y Calvet ofrece asesoramiento legal integral, adaptado como un traje a medida, a los intereses de cada cliente para ofrecer soluciones legales innovadoras y eficaces, a través de un análisis multidisciplinar de todas las cuestiones jurídicas.