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La regularización extraordinaria de personas migrantes aprobada por el Consejo de Ministros el 14 de abril de 2026 no autoriza a vivir o trabajar en cualquier país de la Unión Europea, pero sí permite visitar los países que forman parte del Espacio Schengen en los mismos términos que quienes tienen visado de turista o de estudios. Según un documento del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones sobre dudas del proceso, este permiso “no otorga autorización para establecerse ni trabajar en el resto de la Unión Europea”. Según la nota de prensa sobre la aprobación de la regularización publicada por este ministerio, las personas migrantes en situación irregular y los solicitantes de protección internacional que accedan a ella obtendrán una autorización con una vigencia inicial de un año, cinco en el caso de familias con hijos menores de edad, que habilita a “residir y trabajar por cuenta ajena o propia, en cualquier parte del territorio español”. El traslado a otro país de la Unión Europea para vivir o trabajar es un derecho reservado a los ciudadanos de un Estado miembro y, como os hemos contado en Maldita.es, las personas que se beneficien de la regularización no obtendrán la nacionalidad, puesto que se trata de dos procesos distintos. Más allá de la normativa de la regularización extraordinaria, la actual Tarjeta de Identificación de Extranjeros (TIE) que acredita la permanencia legal de extranjeros en España por un tiempo superior a tres meses también se limita al territorio español.
*Hemos actualizado este artículo el 14/04/2026 para añadir que el Consejo de Ministros ha aprobado la regularización.