La Dirección General de Industria del Gobierno de Canarias ha abierto la convocatoria 2026 de subvenciones para la modernización y diversificación del sector industrial, con una dotación de 10.514.741 euros.
PYMEs, autónomos y empresas en constitución con actividad industrial en el archipiélago tienen de plazo hasta el 11 de julio para presentar sus solicitudes.
La ayuda se articula en dos grandes bloques: inversión en planta física y maquinaria, y contratación de consultoría e innovación, con el objetivo de reforzar la competitividad de la industria canaria en el marco de la Industria 4.0 y la economía circular.
¿Para qué es esta ayuda?
El Gobierno de Canarias convoca estas subvenciones para impulsar la competitividad del tejido industrial del archipiélago a través de su modernización y diversificación.
El objetivo es fomentar la inversión productiva, mejorar la calidad de la producción, incorporar ventajas competitivas y apoyar la industrialización de la construcción, todo ello en el marco de la Industria 4.0 y la economía circular.
¿Quién puede solicitarla?
- PYMEs con actividad industrial productiva.
- Autónomos que desarrollen actividades de carácter industrial.
- Empresas en constitución o de reciente creación (aportando borrador de escritura).
Con carácter general, la empresa debe estar inscrita en el Registro Integrado Industrial o haber presentado la declaración responsable correspondiente antes de la solicitud.
Excepciones: No es obligatoria la inscripción previa en fase de solicitud para proyectos de creación de nuevos establecimientos industriales ni para entidades que aspiren a convertirse en laboratorios de ensayo, calibración o entidades auditoras al servicio del sector industrial.
¿Cuáles son las líneas de ayuda?
Bloque A — Inversión tecnológica y planta física
(Línea I y Subtipo 3.1 de la Línea III)
Cubre proyectos de inversión productiva física orientados a ampliar, modernizar o transformar el establecimiento industrial.
Son subvencionables:
- Obra civil nueva ejecutada sobre terrenos o edificios de titularidad de la propia empresa.
- Adquisición de maquinaria y bienes de equipo nuevos e instalaciones técnicas inherentes al proyecto.
- Software industrial específico para el control y gestión del proceso productivo.
Importante: Para proyectos de nueva construcción, si el proyecto incluye obra civil nueva, la empresa debe acreditar documentalmente que las inversiones no habían comenzado antes de presentar la solicitud. Se admite acta notarial de presencia, comprobación física sobre el terreno por la Comunidad Autónoma o declaración responsable de no inicio de inversiones.
Bloque B — Consultoría e innovación
(Línea II y Subtipo 3.2 de la Línea III)
Cubre actuaciones de mejora competitiva basadas en conocimiento externo y pequeñas adaptaciones de la instalación.
Son subvencionables:
- Consultorías externas especializadas para modernización de procesos, auditorías tecnológicas, digitalización organizativa o implantación de certificaciones de calidad y ecodiseño.
- Obras menores e instalaciones técnicas debidamente justificadas mediante informe técnico.
¿Cuándo hay que presentar la solicitud?
El plazo es de 1 mes a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOC (publicado el 10 de junio de 2026).
Las solicitudes se cierran a las 14:00 horas del 11 de julio.
¿Cuándo hay que ejecutar y justificar la inversión?
La convocatoria establece dos escenarios en función de si la empresa solicita o no el cobro anticipado de los fondos:
| Modalidad | Ejecución | Justificación |
| Pago ordinario | 31 octubre 2026 | 15 noviembre 2026 |
| Abono anticipado | 31 diciembre 2027 | 31 diciembre 2027 |
El abono anticipado, que permite disponer de los fondos antes de ejecutar la inversión y sin régimen de garantías, debe solicitarse expresamente durante el plazo de aceptación de la subvención.
Contacta con Innóvate 4.0 en info@innovate40.es o en el 960 666 610