El Boletín Oficial del Estado de 9 de julio pública la creación de 500 unidades judiciales en la planta judicial de los Tribunales de Instancia.
Sí bien, todo incremento es positivo para la Administración de Justicia al reducir los tiempos de respuesta al ciudadano, el Ministerio ha olvidado la parte esencial de los nuevos Tribunales de Instancia, los Letrados de la Administración de Justicia y las oficinas judiciales.
Para la celebración de un juicio es necesario que todas las partes estén citadas, en caso de incumplimiento de las resoluciones la ejecución se llevará a cabo por el servicio común de ejecución. La efectividad de la sentencia, una vez despachada ejecución, solo podrá llevarse a cabo a través de las garantías que proporciona un sistema dirigido por Funcionarios Públicos.
El cumplimiento de las garantías procesales que derivan del derecho a obtener una tutela judicial efectiva reconocido en el artículo 24 CE exige una dotación adecuada de Letrados de la Administración de Justicia que dirijan el procedimiento para que el ciudadano vea realizado de forma efectiva su derecho.
Es responsabilidad del Ministerio que el nuevo sistema de los Tribunales de Instancia, funcione. Hasta ahora está siendo posible gracias a un trabajo por encima de sus posibilidades de los Letrados de la Administración de Justicia y las oficinas judiciales, situación que no puede prorrogarse indefinidamente.
En la elaboración de las RPT el CNLAJ ha puesto de manifiesto las disfunciones existentes y las necesidades de las oficinas judiciales a través de los estudios de la comisión de estudios e informes, que no han sido atendidos por el Ministerio.
El CNLAJ interesa una reunión inmediata para que se acuerde un incremento de la plantilla de LAJ suficiente para garantizar una carga de trabajo adecuada a los compañeros y para que los ciudadanos puedan ver satisfechos sus derechos en un plazo razonable.
Sin unos servicios comunes con dotación adecuada los tribunales de instancia no van a funcionar adecuadamente.