El Ministerio de Industria y Turismo ha publicado la convocatoria 2026 de ayudas para compensar los costes indirectos de CO2 repercutidos en el precio de la electricidad de determinadas industrias. El programa cuenta con un presupuesto máximo de 600 millones de euros y permite presentar solicitudes desde el 30 de julio hasta el 26 de agosto de 2026.
La ayuda se refiere a los costes soportados durante 2025. No es una subvención para ejecutar una inversión nueva, sino un mecanismo de compensación calculado sobre la producción y el consumo eléctrico reales de cada instalación.
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¿Cuál es el objetivo de estas ayudas?
El coste de los derechos de emisión de CO2 influye en el precio de la electricidad. En determinados sectores intensivos en energía, ese sobrecoste puede reducir la competitividad frente a productores de países con menores exigencias climáticas. El mecanismo trata de limitar ese riesgo de fuga de carbono.
Datos principales de la convocatoria 2026
- Presupuesto: 600.000.000 €.
- Plazo: del 30 de julio al 26 de agosto de 2026.
- Costes compensados: costes indirectos de CO2 soportados en la electricidad de los procesos productivos durante 2025.
- Beneficiarios: personas jurídicas del sector privado, incluidas o no en el Régimen de Comercio de Derechos de Emisión.
- Presentación: electrónica y con información diferenciada por instalación.
- Procedimiento: concurrencia competitiva y prorrateo del presupuesto entre los beneficiarios.
¿Qué sectores pueden acceder?
La convocatoria se dirige exclusivamente a los sectores y subsectores recogidos en el anexo oficial. En 2026 se amplía de forma relevante el listado.
Los sectores que ya formaban parte del mecanismo pueden alcanzar una intensidad máxima del 80 % de los costes indirectos calculados conforme a la metodología oficial. Los nuevos sectores incorporados en 2026 pueden alcanzar una intensidad máxima del 75 %.
Entre las nuevas actividades figuran, entre otras:
- fabricación de productos básicos de química orgánica;
- fertilizantes y compuestos nitrogenados;
- plásticos en formas primarias;
- fibras artificiales y sintéticas;
- azulejos y baldosas de cerámica;
- vidrio plano y vidrio hueco;
- pilas y acumuladores eléctricos;
- chapas y tableros de madera;
- preparación e hilado de fibras textiles;
- extracción de determinados minerales metálicos.
La identificación debe hacerse con cuidado. En plásticos y fibra de vidrio existen productos específicos que permanecen en el grupo del 80 %, mientras que el resto del código general se encuadra en el 75 %.
¿Cómo se calcula la subvención?
No es correcto aplicar el 80 % o el 75 % directamente al importe total de la factura eléctrica. La fórmula oficial utiliza, según el producto, datos como:
- la intensidad máxima aplicable;
- el factor de emisión de CO2;
- el precio a plazo de los derechos de emisión;
- el valor de referencia de consumo eléctrico eficiente o el valor alternativo;
- la producción real o el consumo eléctrico real de 2025.
La convocatoria contempla además la posible ayuda adicional vinculada al valor añadido bruto, sujeta a las condiciones y disponibilidad presupuestaria establecidas.
Novedades importantes en 2026
- Se incorporan más de veinte nuevos sectores y subsectores.
- La intensidad máxima sube al 80 % para actividades previamente incluidas.
- El consumo eléctrico real incluye electricidad de red y autoconsumo.
- No se permite solicitar bajo un concepto genérico de agrupación de productos.
- Deben explicarse las conexiones técnicas con otras instalaciones cuando sean relevantes.
- Las empresas afectadas por la actualización a CNAE 2025 pueden solicitar si su actividad se identifica inequívocamente con un código elegible de la clasificación anterior.
Documentación que exige especial atención
La solicitud incluye una memoria explicativa y un informe verificado de producción, consumo y emisiones. También debe acreditarse correctamente el poder de representación del firmante y presentar el plan y calendario de la opción de cumplimiento energético que corresponda.
El Ministerio ha advertido de errores frecuentes en los apoderamientos: copias simples, poderes incompletos, poderes insuficientes o firmantes distintos de la persona acreditada. Estos problemas pueden comprometer la solicitud incluso cuando el encaje técnico sea correcto.
Obligaciones después de la concesión
La empresa beneficiaria debe mantener la actividad productiva durante tres años y presentar documentación anual de seguimiento. Cuando está obligada a realizar una auditoría energética, debe optar por una de estas vías:
- Opción A: aplicar inversiones relevantes recomendadas en la auditoría energética.
- Opción B: invertir al menos el 50 % de la ayuda en proyectos de reducción sustancial de emisiones.
- Opción C: cubrir al menos el 30 % del consumo eléctrico con fuentes sin emisiones de carbono.
Comprueba el encaje de tu instalación
Innóvate 4.0 ha preparado un evaluador orientativo que revisa la forma jurídica, el sector, los costes de 2025, la situación frente al RCDE, la preparación de datos y las obligaciones posteriores.
Accede al evaluador de ayudas por costes indirectos de CO2 2026.
El evaluador no calcula una cuantía automática. Una estimación fiable exige identificar el producto exacto, el método aplicable, la producción, el consumo imputable, los valores de referencia y la documentación verificada.
Fuentes oficiales
- Portal oficial de ayudas por costes indirectos de CO2.
- Extracto de la convocatoria 2026 en el BOE.
- Real Decreto 309/2022, texto consolidado.
- Orden PJC/678/2026, actualización de sectores y parámetros.
Información revisada el 29 de julio de 2026. La normativa, los modelos oficiales y las comunicaciones del órgano gestor prevalecen sobre este contenido informativo.