Las pymes de la Comunitat Valenciana podrán solicitar las ayudas de impulso a la internacionalización a partir del 6 de mayo - Innóvate 4.0

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Estas ayudas permitirán subvencionar acciones y gastos derivados de la participación en ferias internacionales entre el 1 de junio de 2023 y el 31 de mayo de 2024

El próximo 6 de mayo se abre el plazo para que las empresas de la Comunitat Valenciana soliciten las ayudas de Impulso a la Internacionalización de pymes exportadoras que convoca la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo para el ejercicio 2024.

El objetivo de estas ayudas, que podrán solicitarse hasta el día 21 de junio, es favorecer la internacionalización de las empresas valencianas y la promoción de sus productos, bienes y servicios en el exterior, así como contribuir a la realización de acciones promocionales que les permitan incrementar y consolidar su presencia en los mercados internacionales.

Estas ayudas permitirán subvencionar acciones y gastos realizados entre el 1 de junio de 2023 y el 31 de mayo de 2024. La ayuda podrá alcanzar el 50% de la inversión, con un presupuesto máximo elegible de 100.000 euros por empresa.

Costes subvencionables

Entre los costes subvencionables se encuentran la participación en certámenes feriales internacionales; en concreto, participación, de forma agrupada o individual, en los certámenes feriales internacionales celebrados en el estado español y reconocidos con este carácter por la Secretaría de Estado de Comercio del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo; y participación, de forma agrupada o individual, en ferias internacionales que se celebren fuera del estado español.

En ambos casos, tendrán la consideración de gastos subvencionables los relativos a la contratación del espacio -metros cuadrados- en dichos certámenes internacionales. Se considerarán apoyables los certámenes que iniciados antes o el 31 de mayo, finalicen antes del fin del plazo de presentación de solicitudes, siempre que estos gastos hayan sido abonados a dicha feria.

En el caso de ferias en formato virtual, se considerarán gastos subvencionables las tarifas abonadas por dicha participación virtual.

Asimismo, esta convocatoria también contempla la subvención de los gastos de alojamiento, desplazamiento y derivados de la realización de pruebas PCR, u otras pruebas diagnósticas de covid-19 obligatorias para la asistencia a ferias internacionales y viajes comerciales internacionales para prospección de clientela, incluidos en el plan de promoción internacional detallado en la memoria y hasta un máximo de 50.000 euros.

También podrán considerarse gastos subvencionables los servicios relacionados directamente con la ejecución del plan de marketing internacional, y con un importe máximo de 30.000 euros:

la publicidad en medios extranjeros relacionada con el desarrollo de campañas de comunicación internacionales, así como la publicidad o inscripción en portales o directorios on-line y mercados electrónicos internacionales, siempre que esté vinculada con los mercados exteriores objetivo del plan de internacionalización, entre otros.

Asimismo, derivado del conflicto del Mar Rojo, gastos no corrientes e imprevisibles, asumidos por la empresa valenciana, como gastos extras de ocupaciones en los puertos; gastos por cancelaciones de despacho; gastos de movimiento de contenedores y remoción en las terminales; otros gastos no corrientes e imprevisibles similares a los anteriores. Las fechas de estas facturas deberán ser posteriores al 1 de noviembre de 2023.

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