Andalucía publica ayudas de hasta 60.000 euros para la digitalización de empresas turísticas - Innóvate 4.0

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Sólo el 19% de las empresas andaluzas con más de 10 empleados operan en el mercado digital

La Junta de Andalucía ha anunciado la próxima convocatoria de una nueva subvención para la digitalización de las pymes turísticas en Andalucía (DIGITUR). Esta nueva ayuda persigue mejorar la competitividad de las empresas turísticas andaluzas fomentando su crecimiento, internacionalización e impulsando la innovación.

Además, con estas ayudas también se persigue que el turismo se convierta en motor de crecimiento, generador de empleo de calidad vinculado a la actividad turística y de riqueza en el territorio desde un punto de vista sostenible, desarrollando segmentos turísticos emergentes, complementarios, innovadores o poco consolidados.

Hay que tener en cuenta que solamente el 19% de las empresas andaluzas con más de 10 empleados operan en el mercado digital con un servicio de realización de pedidos o reservas online en web, un porcentaje inferior a la media de la UE, donde esta proporción asciende al 28%.

El texto de esta ayuda se publicó el pasado 25 de marzo en el BOJA, y está previsto que se abra en breve su convocatoria.

¿Qué conceptos son subvencionables?

  • Implantación de soluciones digitales en los ámbitos de actividad empresarial relacionados con los procesos de gestión empresarial (motores de búsqueda; automatización de procesos y flujos de trabajo; etc.), el posicionamiento en internet y la gestión de redes sociales, el comercio electrónico y la seguridad de las comunicaciones.
  • Implementación de productos turísticos apoyados en tecnologías habilitadoras digitales (THD), tales como la utilización de la realidad aumentada o virtual para la interpretación de los recursos culturales y naturales, aplicaciones personalizadas, la ludificación de la experiencia turística, la geolocalización, etc.
  • Acompañamiento a la pyme en el proceso de transformación digital.

¿Qué gastos o acciones cubre?

  • La adquisición de bienes y equipos informáticos vinculados a la efectiva implantación de la solución digital.
  • Gastos profesionales derivados de la adquisición y/o diseño de la solución digital. (Se incluye el coste de las licencias, altas y permisos en general, necesarios para el uso del nuevo software o programa informático, así como los costes de contratación de los servicios proveedores web de plataformas, de servicios “en la nube” y similares).
  • Costes de consultoría que permitan al personal la adquisición de conocimientos básicos para el uso inicial y posterior gestión de la solución digital implantada, así como los costes de consultoría que tengan por objeto el acompañamiento durante el proceso de transformación digital, mediante la definición e implantación de estrategias digitales, la monitorización del impacto de las acciones de la persona beneficiaria en redes sociales, o el posicionamiento del negocio en internet, entre otras actividades. (Estos servicios serán prestados por consultoras externas, y no consistirán en actividades permanentes o periódicas ni estarán relacionados con los gastos de explotación normales de la empresa, como son los servicios de asesoría fiscal, los servicios jurídicos periódicos o los de publicidad).

¿Quién puede acceder a esta subvención?

Autónomos y pymes turísticas de Andalucía, que cumplan estos requisitos:

  • Que tengan establecimiento en funcionamiento, o domicilio social en el supuesto de empresas que se dediquen a la contratación a distancia de servicios turísticos por medios electrónicos, en alguno de los municipios del territorio andaluz.
  • Que la actividad subvencionada se desarrolle en territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
  • Que se encuentren inscritas o anotadas en el Registro de Turismo de Andalucía y se dediquen a las actividades siguientes:
    • El alojamiento, cuando se facilite hospedaje o estancia a las personas usuarias de servicios turísticos.
    • La intermediación de servicios turísticos.
    • La información turística y los servicios de información prestados por guías de turismo, cuando se facilite sobre los recursos o la oferta turística.
    • La organización de actividades de turismo activo.
    • Las actividades dirigidas a la organización de congresos, convenciones u otro tipo de eventos vinculados a la actividad empresarial.
    • Las actividades deportivas desarrolladas en estaciones de esquí, campos de golf, puertos deportivos y campos de polo.
    • Parques temáticos, acuáticos, zoológicos o botánicos.
    • Los balnearios y spas.
    • Las actividades dirigidas a prestar servicios de recepción a las personas usuarias turísticas.
    • Las actividades relacionadas con el conocimiento de la lengua castellana por personas extranjeras, así como las que estén relacionadas con el flamenco en Andalucía.
    • Los autobuses con recorridos panorámicos, coches de caballos y alquiler de bicicletas.

¿A cuánto asciende esta subvención?

Se subvenciona el 100% de la inversión realizada (IVA no incluido), hasta un máximo de 60.000 €.

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