La importancia del certificado digital en la Hostelería

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La importancia del certificado digital para los trámites fiscales en la Hostelería

Todas las entidades sin personalidad jurídica (Sociedades Civiles, Comunidades de Bienes, Herencias Yace...

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Todas las entidades sin personalidad jurídica (Sociedades Civiles, Comunidades de Bienes, Herencias Yacentes, Comunidades de Propietarios) están obligadas, desde el año 2016, a relacionarse con la Administración de forma telemática a través del Certificado Electrónico, como ya lo hacían –desde el año 2011– las personas jurídicas (Sociedades Anónimas y Limitadas).

Esta relación electrónica comprende tanto las notificaciones (que antes nos llegaban por correo certificado) ahora se gestiona a través de DEHú – Login (redsara.es), como la presentación de documentos y solicitudes a través de registro, y todas las relaciones con las Administraciones (AEAT, Seguridad Social, etc.).

Autónomos: Las únicas que quedan exentas de esta obligación, por el momento, serán las personas físicas o autónomos, pero desde Hostelería Madrid recomendamos que aquellos que tengan la posibilidad de tramitarlo, lo hagan, ya que facilita mucho los trámites con la administración.

¿Cómo obtengo el certificado electrónico?

Consultas: si tienes cualquier duda o necesitas ayuda con tu gestión fiscal no dudes en contactar con el departamento fiscal de Hostelería Madrid: fiscal@hosteleriamadrid.com.


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