¿Se puede aparcar en sentido contrario?

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Estás harto de buscar sitio y, de repente, ves uno en el sentido contrario. ¿Sería legal aparcar en dirección contraria? En caso negativo, ¿cuál sería la multa por invadir el carril contrario?

Aparcar un coche en una ciudad de España no siempre es sencillo, cómodo y rápido. Por eso, es posible que te hayan entrado ganas de aparcar en sentido contrario cuando ves un hueco libre. Sin embargo, ¿aparcar en dirección contraria es legal?

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¿Qué dice la normativa sobre aparcar en sentido contrario?

El Reglamento General de Circulación dedica el capítulo VIII a tratar el tema de la parada y el estacionamiento de los vehículos. En el artículo 90 se especifica los lugares en que deben efectuarse y, concretamente, en el punto 2 se explica que:

“Cuando en vías urbanas tenga que realizarse la parada y el estacionamiento en la calzada o en el arcén, se situará el vehículo lo más cerca posible de su borde derecho, salvo en las vías de único sentido, en las que se podrá situar también en el lado izquierdo. Debe, asimismo, observarse lo dispuesto al efecto en las ordenanzas que dicten las autoridades municipales».

Por tanto, a no ser que la calle sea de sentido único, no es legal ni está permitido aparcar en el sentido contrario, ni aunque haya una línea discontinua. Si quieres aparcar en la dirección contraria, antes tendrás que hacer el cambio de dirección donde legalmente sea correcto hacerlo, por ejemplo, en una rotonda.

¿Cuál es la multa por estacionar en sentido contrario?

El Reglamento General de Circulación contempla haber estacionado en sentido contrario como una falta leve, lo que implica una multa de 100 euros (50 euros por pronto pago).

No obstante, si un agente observa cómo invades el carril contrario, la sanción corresponde con una falta muy grave debido a la temeridad de los hechos (artículo 77.f de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial), en cuyo caso la cuantía asciende hasta los 500 euros y la retirada de hasta 6 puntos del carnet de conducir.

En cualquiera de las dos situaciones, si no estás de acuerdo con la multa por una razón de peso, puedes recurrir la sanción, aunque te anula la opción del pronto pago. Si eres Socio del RACE nosotros te podemos asesorar y también te podemos gestionar directamente la multa si reconoces los hechos.

En definitiva, aparcar en sentido contrario, salvo que haya alguna autorización expresa, está terminantemente prohibido. Es una maniobra de riesgo que debes evitar para no poner en peligro a los demás ocupantes de la vía o a ti mismo.

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Recapiti
María José Kieslich