La digitalización de la facturación avanza a pasos agigantados, y con ella llegan nuevas normativas que impactarán en la gestión fiscal de las empresas. La facturación electrónica, regulada por la Ley 18/2022, conocida como «Ley Crea y Crece», se convierte en un requisito indispensable para mejorar la transparencia y trazabilidad en las operaciones B2B.
Pero, ¿cuáles son exactamente las nuevas obligaciones que deben cumplir las empresas?
Normativa y Requisitos Clave
Para garantizar la correcta aplicación de la facturación electrónica, la Orden Ministerial HAC/1177/2024 y el Real Decreto 1007/2023 establecen requisitos técnicos y de seguridad obligatorios. Entre ellos, destaca la necesidad de garantizar la integridad, accesibilidad y trazabilidad de las facturas.
Además, surge Veri*factu, un sistema voluntario que permite la remisión automática de los registros de facturación a la Agencia Tributaria. Sin embargo, las empresas pueden elegir otros sistemas de facturación electrónica siempre que cumplan con la normativa vigente.
El plazo límite para adaptar los sistemas informáticos de facturación (SIF) es el 1 de julio de 2025.
Beneficios Clave de la Facturación Electrónica
La implementación de la facturación electrónica ofrece importantes ventajas para las empresas:
- Seguridad y trazabilidad: Registro inalterable de cada operación, evitando fraudes o manipulaciones.
- Automatización y eficiencia: Reducción de errores humanos y optimización del tiempo de gestión.
- Cumplimiento normativo simplificado: Minimiza riesgos de sanciones y facilita beneficios fiscales.
- Mayor confianza: Genera credibilidad entre clientes y proveedores al contar con facturas verificables mediante código QR.
¿Qué Ocurre si no se Adopta la Facturación Electrónica?
No cumplir con esta obligación puede derivar en severas sanciones económicas:
- Multa de hasta 50.000 € por ejercicio si el sistema de facturación no cumple con la normativa.
- Sanción del 1% del volumen de operaciones por no remitir las facturas a la Agencia Tributaria.
- Multas de hasta 150.000 € por el uso de sistemas que permitan la manipulación de registros contables.
- Mayor carga administrativa y probabilidad de inspecciones fiscales.
¿Cómo Podemos Ayudarle?
Desde AECIM, ofrecemos asesoramiento especializado para facilitar la transición a la facturación electrónica y garantizar una implementación eficiente y segura adaptada a las necesidades de su negocio.
Si desea más información o asistencia personalizada, puede ponerse en contacto con el Área Jurídica de AECIM al teléfono 91 561 03 30 o a través del correo electrónico fiscal4@aecim.org.
¿Está su empresa preparada para la facturación electrónica?