El seguro de Defensa Jurídica y los nuevos requisitos de los Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias (MASC) introducidos por la Ley Orgánica 1/2025 de Eficiencia del Servicio Público de Justicia - Fundación INADE

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Consideraciones a propósito de la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2025 de eficiencia del Servicio Público de Justicia

El dictamen elaborado por Juan Antonio Armenteros Cuetos analiza el alcance del seguro de defensa jurídica a la luz de los nuevos requisitos introducidos por la Ley Orgánica 1/2025 de Eficiencia del Servicio Público de Justicia. El autor señala que las divergencias doctrinales y jurisprudenciales han generado un debate sobre si este tipo de seguro debe cubrir también los gastos en mecanismos alternativos de solución de controversias (MASC), como la mediación o reclamaciones previas. Defiende que, tanto desde la perspectiva de la legislación como de la jurisprudencia nacional y europea, estas actuaciones deben considerarse parte del procedimiento cubierto, ya que contribuyen a una defensa técnica eficaz del asegurado.

El dictamen destaca que la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y de varias Audiencias Provinciales refuerza una interpretación amplia del concepto de procedimiento cubierto. Estas sentencias reconocen que la asistencia letrada en fases extrajudiciales es esencial, incluso cuando no es legalmente obligatoria, ya que garantiza una resolución más ágil y efectiva de los conflictos. Además, se menciona que la Directiva europea Solvencia II respalda esta postura al establecer que toda fase con potencial de litigio judicial debe estar amparada por el seguro de defensa jurídica.

Finalmente, el autor advierte sobre los problemas prácticos derivados de los límites económicos establecidos en algunas pólizas, los cuales, en muchos casos, resultan tan bajos (como 300 o 600 euros) que vacían de contenido la cobertura del seguro. El Tribunal Supremo ya se ha pronunciado sobre la lesividad de estos límites en varias ocasiones. Por ello, Armenteros concluye que es necesario ajustar la práctica aseguradora a las exigencias legales y jurisprudenciales, asegurando que el seguro de defensa jurídica realmente proteja al asegurado desde las fases iniciales de cualquier conflicto legal.

Autor : Juan Antonio Armenteros Cuetos

Socio-Director de Armenteros Abogados

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