29Abr
Una de las preocupaciones más frecuentes de las personas mayores es el poder mantener su calidad y ritmo de vida tras la jubilación. Nosotros, desde Grupo Retiro, tenemos la misión de evitar que esto suceda ofreciendo soluciones inmobiliarias que ayuden a las personas mayores a cumplir sus sueños.
Hipoteca Inversa
La hipoteca inversa de Grupo Retiro es una fórmula para personas mayores de 65 años que sean propietarias de una vivienda. El propietario de la casa solicita un crédito que no deberá devolver en vida, sino que queda aplazada hasta el fallecimiento del contratante. Con esta solución es posible obtener liquidez mediante un pago único o mediante una renta mensual.
Tras el fallecimiento del contratante, los herederos tendrán varias vías para poder hacer frente a esta deuda, pudiendo aprovechar el diferencial que exista entre la deuda y el valor de la vivienda.
Vivienda Inversa
Las personas mayores de 70 años podrán conseguir liquidación que permite obtener liquidez por la venta de su inmueble, pero la persona mayor podrá seguir disfrutando de su casa mediante un contrato de alquiler, son coste alguno. Además, en caso de abandonar la casa prematuramente, la persona mayor recibirá el importe pendiente de su bolsa de alquiler.
Renta Vitalicia Inmobiliaria
En esta solución, la persona mayor, propietaria de la vivienda, vende la nuda propiedad de su hogar, pero manteniendo el derecho a su uso y disfrute. Esta persona mayor recibirá a cambio una cuantía mensual, aumentando así su poder adquisitivo y además, no será responsable de abonar el Impuesto sobre Bienes Inmuebles, las derramas extraordinarias y el seguro de la vivienda.
Nuda Propiedad
La nuda propiedad es el derecho por el cual el titular tiene la propiedad, pero carece del derecho de usufructo sobre este inmueble. En este proceso, la persona mayor transmite la titularidad de su cada a cambio del cobro de una cantidad única de dinero y a su vez mantiene el derecho de continuar en el uso de su casa hasta su fallecimiento.
Venta con Alquiler Garantizado
La persona mayor, propietaria de una vivienda, vende esta, manteniendo el usufructo en calidad de inquilino. Junto a la transmisión de la vivienda se formaliza una escritura pública, que de forma simultánea, se realiza un contrato de alquiler entre el nuevo propietario y la persona mayor.
Para saber cuál es la que mejor se adapta a tus necesidades y características, te invitamos a conocer a nuestro equipo de asesores que podrá ayudarte con el producto que mejor se adapte a ti.