Embargo de pensión en 2025: Guía

Compatibilità
Salva(0)
Condividi

Publicado 12/06/25
Escrito y verificado por: David Alfaya Massó

Cuando llega una notificación del juzgado anunciando el embargo de tu pensión —ya sea tras un proceso monitorio o durante la ejecución de una sentencia de deudas— el pánico es comprensible.

En esta guía de Asesority explicamos, con lenguaje claro y ejemplos de 2025, qué parte de tu pensión es inembargable, cómo evitar que los acreedores agoten tus ingresos y por qué la Ley de Segunda Oportunidad es puede ser la solución que estabas buscando.

1. ¿Qué es un embargo judicial y cuándo afecta a tu pensión?

Un embargo es la retención forzosa de tus bienes o ingresos para cubrir una deuda declarada exigible por un Juzgado o por la Administración. En 2025, los acreedores que no cobran en el proceso monitorio cuentan con la vía rápida de la ejecución, basta con pedir al letrado de la Administración de Justicia que despache ejecución para que empiece el embargo de tu pensión, cuentas o vivienda.

Cuando los únicos ingresos del deudor son pensiones de jubilación, viudedad o incapacidad, la ley limita la cuantía embargable para garantizar un mínimo vital.

2. ¿Qué pensiones no son embargables?

Estos son los límites de embargo de pensiones según el artículo 607 LEC.

Desde la última subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) a 1.184 € mensuales en 14 pagas, la parte de la pensión equivalente al SMI es inembargable. Sobre los tramos que superan esta cifra se aplican porcentajes crecientes:

Tramo sobre el SMIPorcentaje embargable
> 1× SMI ≤ 2× SMI30 %
> 2× SMI ≤ 3× SMI50 %
> 3× SMI ≤ 4× SMI60 %
> 4× SMI ≤ 5× SMI75 %
> 5× SMI90 %

Los porcentajes proceden del artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) y se mantienen en 2025.

Ejemplo 1: Con una pensión de 1.300 €, solo 116 € superan el SMI, y el 30 % de ese exceso (34,80 €) puede retenerse cada mes.

Ejemplo 2: Con una pensión de 810 €, no se puede embargar nada, es todo inembargable al no llegar al SMI.

Ejemplo 3: Con una pensión de 950 € y la paga extra de julio por el mismo importe, aunque ese mes se cobre 1900 €, no se puede embargar nada, es todo inembargable al no llegar al SMI la pensión mensual y la extra de forma independiente.

Excepciones importantes

  • Pensiones de alimentos: en deudas por manutención, el juez puede embargar importes inferiores al SMI.
  • Cobros indebidos a la Seguridad Social: la Administración puede retener entre un 10 % y un 30 % aun por debajo del SMI si se recuperan prestaciones indebidamente percibidas.

3. ¿Cuánto me pueden embargar de la paga extra?

En España las pensiones se abonan en 14 pagas, doce ordinarias más dos extraordinarias en junio (paga verano) y noviembre (paga navidad). Cada paga extra se considera un «salario» independiente, por lo que el artículo 607 LEC vuelve a aplicarse íntegro:

  • El primer SMI (1.184 € en 2025) de la paga extraordinaria es inembargable.
  • Sobre el exceso se aplican los mismos porcentajes crecientes (30 % → 90 %).

Ejemplo práctico: Con una pensión ordinaria y paga extra de 1.300 €, la retención habitual de 34,80 € se duplica ese mes: otros 34,80 € podrán deducirse de la paga extraordinaria.

Ojo: si tu pensión se cobra prorrateada en 12 pagas (sin extras), el límite inembargable se calcula sobre esa mensualidad única y no habrá un “doble embargo”.

Si ya has iniciado un procedimiento de Ley de Segunda Oportunidad, la suspensión de embargos abarca también las pagas extras: el Juzgado notificará a la Seguridad Social que bloquee cualquier retención adicional mientras dure la tramitación.

Para saber cuánto te retendrán en la próxima paga de verano, prueba nuestra calculadora gratuita de embargo.

4. ¿Es posible evitar el embargo de la pensión?

Sí. Aunque el embargo esté decretado o en trámite, existen varias estrategias legales para impedir que el Juzgado retenga tu pensión o, al menos, reducir el importe embargado al mínimo.

1. Invocar la inembargabilidad absoluta

Si tus ingresos totales no superan el SMI (1.184 € en 2025), presenta un incidente de ejecución alegando el artículo 607 LEC. El letrado de la Administración archivará la diligencia de embargo sobre tu pensión.

2. Solicitar rebaja por cargas familiares

El segundo párrafo del 607 permite al juez modular los porcentajes cuando el deudor sustenta a familiares sin ingresos. Aporta libro de familia y certificados de convivencia para que el embargo se rebaje incluso por encima del SMI.

3. Negociar un acuerdo extrajudicial

Muchos acreedores aceptan quitas o aplazamientos si comprueban que el embargo mensual será ínfimo. Alcanza un plan de pagos privado y pide al juzgado la suspensión de la ejecución mientras cumples el acuerdo.

4. Concentrar los procedimientos

Si padeces varios embargos, tu abogado puede solicitar la acumulación de procesos para que un único Juzgado gestione la retención; de ese modo el límite inembargable se aplica sobre el total, no por separado.

5. Acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad

El “apagafuegos” definitivo: una vez admitida tu solicitud concursal, los embargos se paralizan automáticamente y, tras la exoneración, la deuda desaparecerá. Comprueba si es una buena solución para ti aquí.

La Ley 25/2015, reformada en 2022, permite a particulares y autónomos cancelar deudas y paralizar embargos desde el primer día, siempre que acrediten insolvencia y buena fe. Una vez admitido el procedimiento:

  • Se suspenden los embargos en curso.
  • Se impide que se decreten nuevos embargos.
  • Tras la exoneración, hasta el 100 % de la deuda puede quedar cancelada.

Consejo Asesority: Cuanto antes actúes, más margen habrá para convencer al Juzgado o al acreedor. Solicita una valoración sin coste y recibe un plan en 24 h. Más info sobre la Ley de segunda oportunidad.

5. Del requerimiento de pago al embargo en el proceso monitorio

El monitorio es la vía más usada para reclamar facturas, deudas de tarjetas o microcréditos: con una simple petición escrita el acreedor obtiene un requerimiento judicial de pago.

  • Plazo clave: dispones de 20 días para pagar, negociar o formular oposición.
  • Si no lo haces, el juzgado despacha ejecución y activa el embargo sin más dilaciones.

5.1 Estrategias de defensa en el monitorio

  1. Comprobar la deuda: exige al demandante los extractos íntegros; errores de saldo, intereses o cesiones pueden invalidar la reclamación.
  2. Oposición con abogado y procurador si hay cláusulas abusivas.
  3. Negociar un plan de pagos acreditando tu condición de pensionista y el límite inembargable.

Tip Asesority: nuestro equipo revisa gratis tu monitorio y prepara la estrategia adecuada. Solicita revisión aquí.

5.2 Bienes en el punto de mira de la ejecución

Si no te opones al monitorio, pueden embargar la pensión y si esta no basta, el Juzgado ordenará embargar otros bienes siguiendo la prioridad del artículo 592 LEC: Dinero en cuentas, créditos, joyas, rentas y finalmente inmuebles. Cuanto antes actúes, más patrimonio protegerás.

6. Pasos para frenar un embargo hoy mismo

  1. Revisa la notificación: anota número de autos y juzgado.
  2. Solicita asesoría jurídica urgente: el plazo de 20 días en el monitorio corre en tu contra.
  3. Aporta certificado de pensión: demuestra ingresos y aplica el límite inembargable.
  4. Explora la Ley de Segunda Oportunidad: iniciar el procedimiento puede suspender la ejecución en cuestión de semanas.
  5. Negocia con el acreedor: muchos aceptan quitas cuando el embargo sobre pensión generará recaudación mínima.

Contacta con un abogado experto y recibe un plan personalizado en menos de 24 h.

7. Preguntas frecuentes (FAQ)

¿Cuánto me pueden embargar si cobro una pensión de viudedad de 900 €?

Nada: al ser inferior al SMI 2025 de 1.184 €, la pensión es inembargable salvo que se trate de pensión de alimentos o cobros indebidos a la Seguridad Social.

¿Puedo perder mi vivienda habitual si solo me embargan la pensión?

No de forma inmediata. Primero se embarga la pensión y cuentas; la vivienda solo entra en juego si esos bienes son insuficientes, y existe margen para oponerse o acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad.

¿Cuánto dura un embargo de pensión?

Hasta que se cubra la deuda principal, intereses y costas, salvo que antes presentes un incidente de revisión o te acojas a la Ley de Segunda Oportunidad, que lo suspende.

¿La Ley de Segunda Oportunidad borra mis deudas con Hacienda o Seguridad Social?

Sí, pero con matices: Hacienda y TGSS pueden condonarse hasta un 10.000 € de cada una según el Texto Refundido Concursal; el resto puede reestructurarse en 5 años. Pero, existen alguna sentencias recientes, que exoneran el 100% de las deudas con Hacienda y la Seguridad Social.

¿Necesito abogado para el monitorio?

No para responder, pero es muy recomendable. En la fase de ejecución o en la Ley de Segunda Oportunidad, la intervención de abogado y procurador es obligatoria.

8. Conclusión

El embargo de pensión no es el final: La ley protege un mínimo vital y ofrece herramientas, como la oposición en el monitorio y sobre todo, la Ley de Segunda Oportunidaad para que recuperes estabilidad financiera.

En Asesority contamos con un equipo especializado que ha cancelado millones de euros en deudas en los últimos años.

Haz tu consulta gratuita para solucionar el embargo de la pensión y da el primer paso hacia tu segunda oportunidad.

Escrito por David Alfaya Massó
Abogado, CEO & Fundador de Asesority
Experto en reclamaciones bancarias y cancelar deudas

Consulta gratuita a un abogado especializado

Si buscas un abogado experto en derecho bancario, podemos ayudarte.
Consulta gratis online a un abogado, y resuelve tus dudas de abusos bancarios.

Recapiti
David Alfaya Massó