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A partir del 1 de enero de 2026, entrará en vigor de forma definitiva uno de los mecanismos más ambiciosos de la Unión Europea para frenar el cambio climático: el Mecanismo de Ajuste de Carbono en Frontera (CBAM, por sus siglas en inglés). Esta medida transformará la forma en que las empresas europeas importan productos clave como el hierro, el acero y el aluminio, provenientes de países extracomunitarios.
Las empresas importadoras deberán cumplir con nuevas obligaciones legales: la inscripción en el Registro de la Comisión Europea y la presentación trimestral de informes detallados. Estos deberán incluir la cantidad de mercancías importadas, las emisiones de CO₂ directas e indirectas asociadas y el precio del carbono abonado en el país de origen. A partir de 2026, esta información no solo será declarativa: los importadores tendrán que pagar por las emisiones generadas.
¿A quiénes perjudica y qué se puede hacer?
Los productos afectados se identifican con precisión mediante la Nomenclatura Combinada (NC), destacando códigos específicos como el 2601 12 y los capítulos 72 y 73 para hierro y acero, así como los capítulos 76 para aluminio. Esta clasificación técnica marca el alcance real de la normativa y afecta a una amplia variedad de productos industriales y manufacturados.
En este contexto, la preparación se convierte en una necesidad estratégica. AECIM, a través de su Área de Internacional, ha desarrollado dos líneas de servicio para ayudar a las empresas a adaptarse a esta exigente normativa europea. Desde un servicio integral que abarca todo el proceso, hasta un sistema de acompañamiento por bolsa de horas para quienes prefieren una gestión interna con apoyo especializado.
El CBAM no es una opción; es una obligación. Las empresas que se anticipen no solo evitarán sanciones, sino que podrán posicionarse como referentes de sostenibilidad y cumplimiento normativo en el comercio internacional.