Estimado asociado,
Las pasadas semanas le remitimos dos circulares sobre los derechos de propiedad intelectual en la que intentábamos dar respuesta a la mayor parte de dudas y preguntas que recibimos cada día en HOSBEC.
– La primera estaba refererida a la información sobre EGEDA ➡️ pulse aquí para recodarla
– La segunda estaba centrada en analizar la situación de SGAE y AGEDI/AIE ➡️ pulse aquí para recordarla
De nuevo volvemos a recordarles quién es quién en las entidades de gestión y qué representan:
Existen varias entidades de gestión que pueden afectar a los establecimientos hoteleros y alojamientos turísticos por la comunicación pública que se realice de sus repertorios, bien sean musicales o audiovisuales.
SGAE ➡️ Autores, compositores y editores de obras musicales, teatrales, audiovisuales y coreográficas
AGEDI ➡️ Productores fonográficos y musicales
AIE ➡️ Artistas, músicos, cantantes, intérpretes y ejecutantes
EGEDA ➡️ Productores audiovisuales: de cine, series, documentales y programas de televisión
AISGE ➡️ Actores, bailarines y dobladores
A todos ellos la legislación europea y española les confieren derechos de compensación económica en el caso de realizar comunicación pública de sus derechos de propiedad intelectual.
La famosa Sentencia del TJCE de septiembre de 2006, reiterada por nuevas sentencias posteriores, determinó que las televisiones de las habitaciones de un hotel (o alojamiento turístico) realiza comunicación pública por el hecho de estar conectadas a una antena colectiva y una redifusión de la señal.
¿Quién es AISGE y a quién representa?
¿Cuáles han sido sus relaciones con el sector hotelero?
AISGE representa a los artistas intérpretes y ejecutantes del sector audiovisual, principalmente actores, dobladores y bailarines que participan en películas, series, programas de televisión y otras obras audiovisuales.
AISGE tuvo en vigor un convenio con CEHAT en el que se establecían unas tarifas que oscilaban entre 1,10€por plaza (H5*) y los 0,22€/plaza (H1* e inferiores). Este convenio se aplicó durante los años 2010 a 2012.
En la actualidad NO tiene convenio con el sector hotelero.para la determinación de tarifas.
En la actualidad SI tiene publicadas en su web unas TARIFAS GENERALES
🆕 A principios del mes de febrero de 2025 AISGE inició un procedimiento ante la Sección Primera de la Comisión de Propiedad Intelectual (“SPCPI”) presentando una solicitud de determinación de tarifas frente a la Confederación Española de Hoteles y Alojamientos Turísticos (“CEHAT”), como parte requerida (Expediente E-2025-001).
El Expediente se encuentra pues recién iniciado, debiéndose tramitar aún por todas sus fases (alegaciones de las partes e interesados, proposición y práctica de pruebas, informe de la CNMC, conclusiones y propuesta de resolución). La media de duración de los procedimientos de fijación de tarifas hasta la fecha se sitúa en torno a los tres años.
En su petición, AISGE solicita que sean sus tarifas generales las que se fijen como aplicables al sector hotelero, con precios que oscilan entre 1,72€ (TDT+sat+TV de pago) y 1,15€ (TDT+sat) por plaza media ocupada y mes, independientemente de la categoría. Estas tarifas suponen un fuerte incremento respecto a las fijadas en años anteriores.
Siguiendo con nuestro hotel modelo, ese que es de 4 estrellas y 200 habitaciones con una ocupación media , pagaría a AISGE entre 368,41€ y 550,80€ mensuales.
AISGE NO ha solicitado a la SPCPI ninguna medida provisional en forma de pago a cuenta.
¿Qué hago si AISGE se dirige a mi establecimiento solicitando el pago de determinadas cantidades?
AISGE ha comenzado a dirigirse a establecimientos de hospedaje reclamándoles el pago de unas facturas que no están basadas en la existencia de ningún contrato previo.
En esas comunicaciones, que no explicitan la tarifa que AISGE ha empleado para el cálculo del importe de las facturas, se insta al hotelero a acudir a un acto de conciliación o se le invita a una negociación amistosa sobre la base de la reclamación efectuada.
Consideramos que AISGE podría estar desplegando una estrategia similar a la utilizada por EGEDA, en el sentido de cerrar el máximo número posible de contratos con empresas hoteleras durante el procedimiento, a fin de que los precios de dichos contratos puedan ser tomados como referencia por la SPCPI en la futura resolución del Expediente. En el caso de EGEDA, la SPCPI fijó el importe tarifario base a partir del precio promedio aplicado en esos contratos que EGEDA había ido suscribiendo con establecimientos de hospedaje durante la marcha del procedimiento.
Para nosotros es importante que las empresas hoteleras, a la hora de alcanzar posibles acuerdos con AISGE, sean conscientes de las consecuencias de su comportamiento, no solo desde el punto de vista de su situación individual, sino también desde la óptica de las repercusiones que su decisión puede tener a nivel colectivo, para todo el sector del hospedaje.
🚨 Criterios de actuación de cada establecimiento 🚨
Cada establecimiento de hospedaje debe decidir su propia estrategia, no pudiendo HOSBEC aconsejar o recomendar ninguna línea de actuación.
Sin embargo, en este caso de AISGE, y para una toma de decisiones acertada en esta materia, es muy recomendable acudir al asesoramiento legal experto.
Si ha recibido alguna comunicación de AISGE, le recomendamos nos lo comunique por correo electrónico 📩 y le informaremos de forma puntual sobre sus posibilidades de actuación y asesoramiento legal.
Rogamos la lectura completa y consciente de esta información.
Igualmente le recomendamos que la transmita a los departamentos de administración, contabilidad o financieros que estime oportuno en su organización para su conocimiento.
ENVIAREMOS UN RESUMEN EJECUTIVO PROPIEDAD INTELECTUAL CON TODA LA INFORMACIÓN REMITIDA EN ESTAS CIRCULARES
Esta Información ha sido elaborada por HOSBEC con la colaboración jurídica de Cuatrecasas y CEHAT.
Esperando que esta información pueda resolver todas sus dudas respecto a esta cuestión y quedando a su disposición para poder atender todas aquellas que no hayan podido quedar resueltas, reciba un cordial saludo.
HOSBEC
Nuria Montes
Secretaria general
☎️ 965 855 516
📩 nuria.montes@hosbec.com