Hacienda recibirá cada mes información de los pagos por Bizum a empresarios y profesionales (y no de particulares): se elimina el umbral de los 3.000 euros

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A partir del 1 de enero de 2026, los bancos y las entidades de pago deberán informar mensualmente a la Agencia Tributaria sobre los pagos recibidos mediante sistemas de cobro vinculados a un número de teléfono móvil (como Bizum), realizados a empresarios y profesionales establecidos en España. Así lo establece el Real Decreto 253/2025, que cambia la periodicidad de la información de anual a mensual y elimina el anterior umbral de 3.000 euros. Estas medidas del Ministerio de Hacienda se dirigen a actividades económicas, no a pagos entre particulares, como ha “enfatizado” la Agencia Tributaria en un comunicado.

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