Los ataques de phishing son cada vez más sofisticados y frecuentes, afectando tanto a empresas como a particulares. Se trata de mensajes o correos electrónicos con apariencia legítima —de bancos, proveedores, clientes o incluso administraciones públicas— que esconden un claro objetivo fraudulento.
En un importante precedente legal, el Tribunal Supremo, en su Sentencia 571/2025 de 9 de abril, ha confirmado la condena a una entidad bancaria a indemnizar a un cliente con 56.474,63 € tras un caso de phishing.
La sentencia subraya que no basta con que el banco pruebe que la operación superó los sistemas de autenticación, como contraseñas o doble factor, sino que debe demostrar la existencia de negligencia grave por parte del usuario, lo cual marca un antes y un después en la protección al consumidor.
Este fallo abre la puerta a nuevas reclamaciones por estafas digitales, defendiendo los derechos de los afectados incluso cuando sus credenciales han sido sustraídas sin su conocimiento ni culpa directa.
¿Qué hacer si se ha sido víctima?
En casos de phishing, la rapidez de reacción es clave:
- Notificar a su entidad bancaria en menos de 24 horas.
- Paralizar o revertir cualquier movimiento patrimonial sospechoso.
- Informar a proveedores y plataformas si se han facilitado datos sensibles.
Asistencia jurídica especializada
Para apoyar a las empresas en estos procesos, AECIM ha puesto en marcha el Servicio de Asistencia en Reclamación de Estafas Derivadas de Phishing. Este servicio ofrece:
- Análisis jurídico de la documentación.
- Tramitación completa de la reclamación bancaria.
📞 Contacto: 91 561 03 30
✉️ Email: fiscal4@aecim.org