Presentación de la propuesta que regula la relación laboral de artistas, técnicos y auxiliares de las artes escénicas, audiovisuales y musicales

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El Ministerio de Trabajo y Economía Social y el Ministerio de Cultura organizaron el acto “Estatuto del Artista: Avanzando en derechos laborales en la cultura” el pasado mes de julio.

Asistió la presidenta de Alianza Audiovisual (AA), María Salgado. En este proceso del EdA ha estado desde el inicio en 2022, con su abogada, Eva Moraga, y nuestra vicepresidenta Pilar Pérez López, junto al resto del sector. 

Compartimos esta información publicada por Alianza Audiovisual (AA), Federación de la que formamos parte, relativa a la presentación de la propuesta por la que se regula la relación laboral de personas artistas, técnicas y auxiliares en el ámbito de las artes escénicas, audiovisuales y musicales, que puedes leer completa aquí.

El pasado 28 de julio de 2025, el Ministerio de Trabajo y Economía Social y el Ministerio de Cultura organizaron el acto “Estatuto del Artista: Avanzando en derechos laborales en la cultura”, en el que presentaron la propuesta por la que se regula la relación laboral de personas artistas, técnicas y auxiliares en el ámbito de las artes escénicas, audiovisuales y musicales. El nuevo texto complementa y sustituye el Real Decreto 1435 de 2022, que a su vez sustituye al de 1985.

El encuentro contó con la asistencia de la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz; el ministro de Cultura, Ernest Urtasun; el director general de Trabajo, Ricardo Morón; y la presidenta de AA, María Salgado; entre otros representantes del sector.

Al respecto, hay tres avances sustanciales en esta norma:

  1. Trabajo de menores. Por primera vez en la historia se regula legalmente el régimen concreto de participación de menores en actividades artísticas y su autorización, mejorando sus derechos y estableciendo reglas claras y únicas para todo el territorio, evitando abusos o de competencia desleal entre empresas.
  2. Se incorpora de manera obligatoria la figura de coordinación de intimidad en las escenas íntimas o sexuales. Dicha persona estará presente en el rodaje de cualquier escena íntima y velará por la seguridad física y emocional de la persona que actúa.
  3. Inteligencia artificial generativa. Se cubre en parte el vacío legal y la competencia desleal con los usos abusivos de IA poniendo límites y garantías. En definitiva, se reconocen, los derechos de las personas artistas en materia de propiedad intelectual y derecho de imagen en el contexto de la ejecución de un contrato de trabajo con una contraprestación expresa y diferenciada de otras remuneraciones en este concepto con tres reglas básicas:
  • La Inteligencia Artificial Generativa no forma parte de la naturaleza ni el objeto del contrato artístico.
  • Se prevé la posibilidad de que dichos sistemas se puedan utilizar en determinados casos, siempre limitados a la realización –en sus distintas fases– y en la explotación y promoción de la obra o el trabajo artístico contratado, siempre que no suponga ultrasuplantación de las personas trabajadoras.
  • La utilización de la propia imagen y/o voz de la persona artista o de los resultados de la actividad contratada mediante sistemas de inteligencia artificial generativa sólo podrá producirse cuando exista acuerdo expreso formalizado por escrito, teniendo derecho la persona artista a percibir una compensación económica.

Además, se han incorporado otras novedades:

  • Los protocolos de acoso y planes de igualdad que se aplican en este sector (igual que en cualquier otro) deberán establecer mecanismos de inmediatez para que la tutela sea efectiva.
  • Nueva regulación en cuanto a las dietas y desplazamientos por rodajes en distintas localizaciones. Medida impulsada desde AA con el apoyo de su abogada Eva Moraga y de Pilar Pérez López, miembro de la junta directiva de AA y vicepresidenta de APPA. Se ampliará dicha regularización en una comisión que se creará para tal fin, movilidad, intermitencia y temporalidad.
  • En materia de jornadas, para los artistas, se incorporan dentro del tiempo de trabajo aquellos tiempos que se dedican a actividades preparatorias y también las actividades de promoción señaladas en el contrato.
  • Se ha establecido un plazo para la aplicación de la norma en cuanto a menores, coordinación de intimidad para que las empresas se puedan ir adaptando a estas nuevas necesidades.

La norma se compromete con la evaluación y la revisión a futuro con las siguientes propuestas:

  1. Comisión para la evaluación y puesta en marcha de programas de fomento de la transición y recualificación profesional en el sector cultural. En el plazo de seis meses.
  2. Comisión para el estudio y propuesta de la reforma del régimen de representatividad en el sector de las artes escénicas, audiovisuales y musicales para su adecuación a las características de movilidad, intermitencia y temporalidad.
  3. Evaluación de la regulación sobre inteligencia artificial generativa. En el plazo de dos años. Esta comisión estará compuesta por una representación del Ministerio de Trabajo y de las organizaciones más representativas.

Enmarcado en el Estatuto del Artista, en este proceso han estado desde el inicio en 2022, en representación de Alianza Audiovisual, junto a su presidenta María Salgado, su abogada Eva Moraga, nuestra vicepresidenta Pilar Pérez López, junto al resto del sector.

Cabe resaltar que esta propuesta aún debe pasar por el Consejo de Ministros para su tramitación parlamentaria y posterior publicación en el BOE.

Para más información sobre éstas y otras iniciativas que viene trabajando Alianza Audiovisual, puedes visitar su página web.

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