Modelo de alegaciones en procedimiento de responsabilidad patrimonial

Compatibilidad
Ahorrar(0)
Compartir

I.- ¿Qué se entiende por responsabilidad patrimonial?

Se entiende por responsabilidad patrimonial de la Administración el mecanismo jurídico que permite a los ciudadanos obtener una indemnización por los daños y perjuicios que sufran como consecuencia del funcionamiento, normal o anormal, de los servicios públicos, en los términos establecidos por el ordenamiento jurídico español.

II.- ¿Es posible formular alegaciones en un procedimiento de responsabilidad patrimonial?

La respuesta es afirmativa, pues el procedimiento para reclamar a la administración su responsabilidad no deja de ser un procedimiento administrativo.

A este respecto el artículo 76 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común -en lo sucesivo, LPAC– sobre la instrucción de los procedimientos contempla que:

  1. Los interesados podrán, en cualquier momento del procedimiento anterior al trámite de audiencia, aducir alegaciones y aportar documentos u otros elementos de juicio.
  2. En todo momento podrán los interesados alegar los defectos de tramitación y, en especial, los que supongan paralización, infracción de los plazos preceptivamente señalados o la omisión de trámites que pueden ser subsanados antes de la resolución definitiva del asunto. Dichas alegaciones podrán dar lugar, si hubiere razones para ello, a la exigencia de la correspondiente responsabilidad disciplinaria.

Ahora bien, debemos tener en cuenta que rara vez va a tener cabida, pues debemos recordar que se trata de un procedimiento que se inicia a instancia de interesado. No debemos confundirlo con un trámite de audiencia a favor de los administrados cuando el expediente, sea cual sea su naturaleza, se inicia por parte de la administración.

En nuestra solicitud y/o reclamación se han de especificar las lesiones producidas, la presunta relación de causalidad entre éstas y el funcionamiento del servicio público. Así bien, es el propio art. 67 de la LPAC el que norma que será en el escrito iniciador del procedimiento de responsabilidad patrimonial se consignarán las alegaciones, documentos e informaciones que se estimen oportunos y la de proposición de prueba.

Eso sí, se nos puede conceder plazo de alegaciones por parte del instructor del expediente para que aclaremos algún extremo de la reclamación o que aportemos algún documento/s que a su juicio es necesario para la resolución del expediente. Aunque insistimos, si en la reclamación no se ha propuesto prueba alguna y no era preceptivo la recopilación de ningún dictamen diferente del que deberá emitir el servicio cuyo funcionamiento haya ocasionado la presunta lesión indemnizable, se procederá a dictar resolución o la reclamación será desestimada una vez precluido el plazo de 6 meses con el que cuenta la administración para la tramitación y notificación del mismo.

III.-¿Cómo se presentan las alegaciones en el procedimiento de responsabilidad patrimonial?

Para presentar las alegaciones en el procedimiento de responsabilidad patrimonial se deben tomar en consideración los siguientes aspectos:

1.- El formato del escrito.

Aunque no existe un modelo oficial obligatorio, el escrito que se presenta debe ser formal y contener:

  • Identificación: Nombre, DNI, el Número de Expediente y dirección a efecto de notificaciones.
  • Texto o cuerpo del escrito: en el cual se efectúan las legaciones, -sean este de hechos y/o derecho- y se agrega lo que se pide exactamente, ya sea en un apartado denominado suplico o petitorio
  • Firma: Debe ir firmado por el interesado o su representante legal.

2.- ¿Dónde se presentan?

Las alegaciones en el procedimiento de responsabilidad patrimonial se pueden presentar a través de:

  1. La sede electrónica, accediendo a la web del organismo (Ayuntamiento, Ministerio, etc.) con tu Certificado Digital o Cl@ve. Buscas el apartado de «Aportación de documentos a expedientes en trámite»
  2. Registros Electrónicos Generales: Si el organismo no tiene sede propia clara, puedes usar el Registro Electrónico Común del Estado para enviar documentos a cualquier administración.
  3. Oficinas de Correos: Debes llevar el sobre abierto para que el empleado selle el escrito con la fecha actual, a los fines de poder demostrar que cumpliste el plazo si lo envías en papel.
  4. Registros Físicos, en las oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier administración.

IV.- Modelo o formulario de alegaciones en procedimiento de responsabilidad patrimonial

Dado que la formulación de alegaciones dentro de un procedimiento de responsabilidad patrimonial exige una adecuada estructuración de los hechos, fundamentos jurídicos y peticiones, hemos considerado oportuno facilitar un modelo o formulario de alegaciones que puede servir como guía orientativa para su correcta redacción y presentación ante la Administración:

Detalles de contacto
Antonio_Benitez