Esta es la pregunta más inmediata cuando ocurre un fallecimiento sin cobertura. Y la respuesta puede sorprender a muchas familias.
En España, el coste de un entierro sin seguro de decesos oscila entre los 3.000 y los 5.000 euros en el caso de un enterramiento tradicional. Si se opta por la incineración, el coste baja algo, situándose entre los 1.500 y los 3.000 euros. En ambos casos, hablamos de un gasto imprevisto que hay que asumir de inmediato, sin tiempo de planificación.
¿Qué incluye ese gasto? Principalmente:
- Servicio funerario: recogida y traslado del fallecido, preparación del cuerpo, ataúd o urna
- Tanatorio: sala de velatorio, personal de servicio
- Cementerio o crematorio: nicho, columbario o jardín de cenizas
- Trámites administrativos: certificados, inscripciones en el registro civil
- Esquelas y flores, si la familia decide incluirlas
Si quieres ver el desglose completo de estos costes, en nuestro artículo sobre cuánto cuesta un entierro y una incineración lo explicamos con detalle y con datos actualizados.
Hay alternativas más económicas, como el entierro ecológico o ecofuneral, que cada vez tiene más adeptos en España. Pero incluso en estos casos, los gastos siguen siendo significativos si no existe una póliza que los cubra.
¿Quién está obligado a pagar el entierro?
Esta es una de las preguntas más frecuentes cuando alguien fallece sin seguro de decesos. Y tiene respuesta legal clara.
El artículo 1894 del Código Civil establece que los gastos funerarios deben ser sufragados por los herederos del fallecido, con cargo a la herencia. Si no hay herencia o es insuficiente, la obligación recae sobre los familiares más cercanos: cónyuge, hijos y, en su defecto, padres.
Esto significa que, aunque no quieras o no puedas permitírtelo económicamente, la ley puede obligarte a asumir esos gastos si eres familiar directo del fallecido.
¿Puedes negarte? En algunos casos sí, pero el proceso no es sencillo. Los familiares que puedan demostrar que no tienen recursos económicos para afrontar el gasto pueden quedar exentos, pero tendrán que acreditarlo. En nuestro artículo sobre si pueden obligarte a pagar un entierro encontrarás todos los detalles legales al respecto.
Lo que está claro es que alguien tiene que hacerse cargo. Y sin seguro de decesos, esa responsabilidad recae siempre sobre la familia.
¿Qué trámites hay que gestionar sin seguro de decesos?
Más allá del coste económico, hay otra carga que la familia asume cuando no existe una póliza de decesos: los trámites. Y son muchos más de los que la mayoría imagina.
Estos son los principales pasos que hay que dar tras un fallecimiento sin seguro:
En las primeras 24 horas:
- Obtener el certificado médico de defunción — si el fallecimiento fue en hospital, lo emite el centro; si fue en casa, hay que avisar a un médico
- Contratar una funeraria y decidir el tipo de servicio
- Notificar a los familiares más cercanos
En los primeros días:
- Inscripción en el Registro Civil — es obligatoria y debe hacerse antes del entierro
- Obtener la licencia de enterramiento o incineración
- Organizar el velatorio, el funeral y el sepelio
- Comunicar el fallecimiento al banco para bloquear cuentas si procede
En las semanas siguientes:
- Baja en la Seguridad Social del fallecido
- Solicitud de la pensión de viudedad si corresponde
- Gestión de la herencia y reparto de bienes
- Cancelación de contratos, seguros y suscripciones del fallecido
Es una cantidad de gestiones enorme para gestionarlas en un momento de duelo. Un seguro de decesos se encarga de la mayor parte de ellas, especialmente las más urgentes. Si quieres saber exactamente qué pasos hay que dar, en nuestra guía completa sobre qué hacer cuando fallece un familiar lo detallamos todo.
Si el fallecido no dejó testamento, los trámites se complican aún más, ya que habrá que iniciar una declaración de herederos abintestato, un proceso notarial que puede alargarse meses.
¿Quién paga el entierro si no hay seguro de decesos?
Según el artículo 1894 del Código Civil, los gastos funerarios deben ser sufragados con cargo a la herencia del fallecido. Si no hay herencia suficiente, la obligación recae sobre los familiares más cercanos: cónyuge, hijos y padres.
¿Cuánto cuesta un entierro sin seguro de decesos?
El coste varía según la modalidad y la provincia, pero en España un entierro tradicional sin seguro oscila entre los 3.000 y los 5.000 euros. La incineración resulta algo más económica, entre 1.500 y 3.000 euros.
¿Puedo negarme a pagar el entierro de un familiar?
En determinadas circunstancias sí, especialmente si puedes acreditar una situación de insolvencia económica. Sin embargo, el proceso requiere justificarlo formalmente. Te lo explicamos en detalle en nuestro artículo sobre si pueden obligarte a pagar un entierro.
¿Qué es el auxilio por defunción de la Seguridad Social?
Es una prestación económica que ofrece la Seguridad Social para contribuir a los gastos del sepelio. Su importe actual es de 46,50 euros, una cantidad meramente simbólica que no cubre ni una fracción de los gastos reales de un funeral.
¿A qué edad puedo contratar un seguro de decesos?
La mayoría de compañías no tienen límite de edad para contratar. Lo que sí varía con la edad es el precio de la prima: a mayor edad, mayor coste. Eso sí, recuerda tener en cuenta los periodos de carencia antes de que la cobertura entre en vigor.
¿Qué diferencia hay entre un seguro de decesos y un seguro de vida?
Son productos complementarios pero distintos. El seguro de decesos cubre los gastos y trámites del funeral. El seguro de vida proporciona un capital económico a los beneficiarios tras el fallecimiento. En nuestro artículo sobre qué es un seguro de vida te explicamos todas las diferencias.
¿Qué pasa con la herencia si no hay testamento?
Si el fallecido no dejó testamento, hay que iniciar una declaración de herederos abintestato ante notario para determinar quiénes son los herederos legales. Es un proceso que puede alargarse y complicarse. Te lo explicamos en nuestro artículo sobre la declaración de herederos abintestato.
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