La línea «Reactivación económica» del Decreto 114/2026 es la que más directamente afecta a pymes industriales y comercios. Puedes iniciar la solicitud directamente en la ficha de trámite de autónomos de la Generalitat. Consulta también el resto de líneas del decreto y el plazo general.
Cuantías confirmadas
- Persona trabajadora autónoma o comercio minorista afectado: 1.000 €.
- Persona trabajadora afectada por ERTE derivado del incendio, o beneficiaria de la prestación extraordinaria del SEPE: 360 €, de una sola vez, como complemento autonómico.
- Vehículo vinculado a una actividad económica: la cuantía del Anexo II (misma tabla que vehículos particulares, ver post de vivienda y vehículos).
Estas ayudas son compatibles entre sí si responden a conceptos distintos, con una excepción: no se puede cobrar a la vez, por la misma actividad y el mismo periodo, la ayuda de autónomo/comercio y la de ERTE.
Un matiz que conviene leer con atención
El objeto de esta línea (artículo primero del decreto, con la redacción corregida el 10 de agosto de 2026) incluye expresamente, además de autónomos y comercio minorista, «a empresas, industrias y otros operadores económicos, con la finalidad de favorecer el mantenimiento de la actividad económica y del empleo». El artículo decimoquinto añade que son daños subvencionables los de locales, establecimientos, instalaciones, maquinaria, utillaje, existencias, mobiliario y equipos informáticos.
La corrección de errores del 10 de agosto reafirma esta mención a empresas e industrias, pero no toca el artículo que define beneficiarios (decimosexto), que sigue estableciendo requisitos solo para personas físicas: alta como autónomo en Seguridad Social o mutualidad, alta en el IAE, y lugar de trabajo en un municipio del Anexo I. Tampoco toca el artículo de cuantías (decimoséptimo), que sigue fijando únicamente los importes de 1.000 € y 360 € citados arriba: no hay una cuantía diferenciada ni superior para sociedades mercantiles por daños en maquinaria, instalaciones o existencias, pese a que el objeto de la línea las sigue mencionando expresamente tras la corrección.
En la práctica, esto significa que si tu empresa tiene forma societaria y ha sufrido daños en instalaciones o maquinaria, el decreto no fija hoy una vía de cuantía específica para eso más allá del importe plano de autónomo/comercio minorista, que en muchos casos ni siquiera aplicaría directamente a una sociedad mercantil según cómo está redactado el artículo de beneficiarios. Antes de descartar la vía o de asumir que no hay nada para tu empresa, tiene sentido consultar directamente con el centro gestor (Labora Servicio Valenciano de Empleo y Formación) cómo se está aplicando esto en la práctica.
La línea de financiación IVF
Aparte de esta línea de subvención directa, el decreto prevé en su artículo decimoctavo que la Generalitat promoverá, a través del Institut Valencià de Finances, instrumentos financieros específicos para empresas e industrias afectadas, con un importe global máximo de 50 millones de euros. El propio decreto aclara que estos instrumentos se regirán por su normativa específica y no tienen la consideración de línea de subvención directa de este decreto. A fecha de este post, esa normativa específica todavía no se ha desarrollado, así que no hay más detalle que dar sin especular.
Compatibilidad con seguros
Igual que en el resto de líneas: la suma de ayuda pública e indemnización de seguro no puede superar el coste del daño. Se debe declarar cualquier indemnización obtenida para el mismo concepto.
Documentación específica
Declaración responsable sobre el cumplimiento de requisitos, no estar incurso en prohibiciones de la Ley General de Subvenciones, y no haber recibido ayudas de minimis que, sumadas a esta, excedan los límites del reglamento aplicable. La Administración consulta de oficio vida laboral, situación en el IAE y lugar de trabajo a través de la Plataforma Autonómica de Intermediación.
Fuentes oficiales: Decreto 114/2026 · Corrección de errores · Ficha de trámite (G113417)