El Ayuntamiento de Paiporta ha aprobado una nueva convocatoria de ayudas directas destinada a completar la recuperación económica tras la DANA del 29 de octubre de 2024. La medida diferencia entre determinados negocios de hostelería y servicios deportivos situados en los polígonos industriales y las nuevas iniciativas emprendedoras que se hayan puesto en marcha en el municipio.
Prealerta: el plazo aún no está abierto. La convocatoria debe publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia de València antes de que puedan presentarse solicitudes. Por tanto, todavía no existe una fecha cierta de apertura ni un trámite válido para solicitarla.
¿Qué ayudas ha aprobado Paiporta?
La convocatoria cuenta con un presupuesto total de 194.681,92 euros, procedente de donaciones recibidas por el Ayuntamiento para apoyar la recuperación del tejido económico local. Las ayudas se concederán por riguroso orden de registro hasta agotar el crédito disponible.
Línea 1: hostelería y deporte en polígonos
Hasta 4.000 €
Se dirige a actividades principales de hostelería y servicios deportivos que ya funcionaban el 29 de octubre de 2024 en los polígonos Pascualeta, Estación o Mina y que sufrieron daños, interrupción de actividad o perjuicios económicos directos por la DANA.
El importe máximo se desglosa en 1.500 euros por los daños sufridos y 2.500 euros por la reapertura. Esta línea dispone de 44.000 euros.
Línea 2: nuevos emprendedores
2.500 €
Se dirige a nuevas actividades empresariales radicadas en el casco urbano residencial de Paiporta, en un local abierto al público y a pie de calle.
El alta debe haberse producido entre el 30 de octubre de 2024 y el día anterior a la solicitud, y debe existir una situación de desempleo previa. Esta línea dispone de 150.681,92 euros.
Requisitos principales de la Línea 1
No se trata de una ayuda abierta a cualquier negocio de los polígonos. La actividad principal debe corresponder a uno de los códigos previstos en las bases:
- Gimnasios y centros deportivos: IAE 967.2 y CNAE 9313.
- Gestión de instalaciones deportivas: IAE 967.1 y CNAE 9311.
- Clubes deportivos: IAE 967.2 y CNAE 9312.
- Restaurantes y cafeterías: IAE 671.4 o 673.2 y CNAE 5610.
- Bares y tabernas: IAE 673.2 y CNAE 5630.
- Hoteles y alojamientos similares: IAE 681 y CNAE 5510.
Además, la actividad debía estar legalmente constituida y de alta antes de la DANA, contar con el título habilitante municipal, disponer de un local a pie de calle y poder acreditar la afectación directa.
Requisitos principales de la Línea 2
La persona promotora debe acreditar que se encontraba en desempleo antes del alta en Hacienda y en el régimen correspondiente de la Seguridad Social. El negocio debe ubicarse en el casco urbano residencial de Paiporta, con local abierto al público a pie de calle, y contar con título habilitante o haber iniciado su tramitación.
Las bases mencionan como posibles beneficiarias a personas físicas y jurídicas, pero formulan el desempleo previo como requisito. En los proyectos constituidos como sociedad será prudente confirmar cómo aplicará el Ayuntamiento esta condición a la persona promotora.
¿Cuándo se abrirá el plazo?
La fecha de inicio dependerá de la publicación en el BOP de València:
- Línea 1: 30 días naturales desde el día siguiente a la publicación.
- Línea 2: desde el día siguiente a la publicación hasta el 10 de diciembre de 2026.
La importancia de preparar la solicitud con antelación es especialmente alta, ya que las ayudas se tramitarán por orden de entrada y el presupuesto de la Línea 1 permitiría atender, como máximo teórico, once ayudas de 4.000 euros.
Documentación que puede prepararse desde ahora
Para actividades de hostelería y deporte
- Acreditación de la actividad existente el 29 de octubre de 2024.
- Modelo 036 o 037, documentación de IAE o CNAE y certificado censal actualizado.
- Título habilitante municipal.
- Declaración responsable sobre los daños o perjuicios sufridos.
- Ficha de mantenimiento de terceros y representación, cuando proceda.
Para nuevos emprendedores
- Vida laboral actualizada.
- Modelo 036 o 037 con fecha de alta y domicilio de actividad.
- Memoria descriptiva del proyecto, con un máximo de dos páginas.
- Alta en Seguridad Social.
- Título habilitante o justificante de haberlo solicitado.
- Ficha de mantenimiento de terceros.
Obligación de mantener la actividad
Las personas beneficiarias deberán mantener la actividad durante al menos doce meses. En la Línea 2, las bases exigen expresamente mantener también el alta en RETA o régimen equivalente durante doce meses ininterrumpidos desde la concesión. El incumplimiento puede dar lugar al reintegro de la ayuda y los intereses correspondientes.
Compruebe ahora su posible encaje
Hemos preparado una landing específica con todos los requisitos, la documentación y un evaluador orientativo para identificar la línea aplicable y los puntos que conviene revisar antes de la publicación.
Hasta que el anuncio se publique, conviene consultar periódicamente el BOP de València y la sede electrónica del Ayuntamiento de Paiporta. La información definitiva será la que aparezca en la publicación oficial y en el trámite habilitado.
Fuente: bases reguladoras y convocatoria aprobadas por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Paiporta el 3 de julio de 2026, expediente 2738747Q. Contenido preparado como prealerta mientras está pendiente la publicación en el BOP.