Las asociaciones sin ánimo de lucro tienen como objetivo principal el desarrollo de actividades de carácter social, cultural, deportivo o educativo, sin perseguir fines lucrativos. Sin embargo, ¿pueden estas entidades emitir facturas y generar ingresos a través de actividades económicas?
En este artículo de QualityConta, exploramos las circunstancias en las que una asociación sin ánimo de lucro puede y debe facturar, las obligaciones fiscales que esto conlleva y cómo cumplir con la normativa vigente.
OBLIGACIONES FISCALES DE LAS ASOCIACIONES SIN ÁNIMO DE LUCRO
Las asociaciones sin ánimo de lucro están exentas del pago del IVA, salvo cuando realizan actividades económicas que generan ingresos distintos a las subvenciones públicas.
En el caso de llevar a cabo actividades económicas secundarias, como la venta de productos o servicios, las asociaciones deben darse de alta en Hacienda y cumplir con el Impuesto de Actividades Económicas.
Las asociaciones sin ánimo de lucro que emitan facturas por sus actividades comerciales deben aplicar el IVA correspondiente al producto o servicio.
Para cumplir con las obligaciones fiscales, las asociaciones deben llevar un riguroso control contable mes a mes, detallando ingresos y gastos.
Tanto las asociaciones como las fundaciones tributan el Impuesto de Sociedades a un porcentaje del 10%, en contraste con otras formas constitutivas que tienen tasas diferentes.
IVA
Las asociaciones sin ánimo de lucro deben declarar el IVA de las facturas de forma periódica, presentando el modelo 303 cada tres meses. Anualmente, las asociaciones sin ánimo de lucro deben presentar el modelo 390 relacionados con el IVA.
Las asociaciones sin ánimo de lucro están exentas del pago del Impuesto de Actividades Económicas si su facturación es inferior a un millón de euros.
Emitir facturas implica para las asociaciones sin ánimo de lucro afrontar otras obligaciones fiscales adicionales.
La presentación periódica del IVA de las facturas es un requisito para las asociaciones sin ánimo de lucro si los servicios o productos no están exentos de IVA.
Impuesto sobre sociedades
Las asociaciones sin ánimo de lucro tienen la obligación de presentar la declaración del Impuesto de Sociedades cada ejercicio desde 2015, según la ley 27/2014. Este impuesto se presenta anualmente y afecta directamente a asociaciones que realizan actividades de turismo activo y clubes deportivos.
Las asociaciones deben llevar un registro detallado de la contabilidad, reflejando ingresos y gastos mensualmente para cumplir con esta obligación fiscal.
A pesar de estar exentas de ciertas obligaciones fiscales, como el Impuesto sobre el Valor Añadido, las asociaciones sin ánimo de lucro deben cumplir con la presentación del Impuesto de Sociedades.
La exención de ciertas obligaciones fiscales para asociaciones sin ánimo de lucro, como el Impuesto de Sociedades, no implica la exención total de todas las obligaciones tributarias.
EMISIÓN DE FACTURAS POR PARTE DE LAS ASOCIACIONES SIN ÁNIMO DE LUCRO
Las facturas emitidas por una asociación sin ánimo de lucro deben contener información estándar como datos del emisor, datos del cliente, número de la factura y fecha de emisión, siguiendo una serie correlativa.
En el caso de cuotas de socios en una asociación, la emisión de facturas y el cobro de IVA dependen de si se recibe una prestación de servicios a cambio de la cuota pagada.
Para actividades como la venta de productos o servicios, las asociaciones sin ánimo de lucro deben cumplir con la normativa de facturación al emitir sus facturas.
¿Cómo emitir una factura?
Al emitir una factura para una asociación sin ánimo de lucro, debe incluir el IVA a pesar de que la asociación esté exenta de pagarlo.
Las asociaciones sin ánimo de lucro deben emitir facturas siguiendo el Reglamento de Obligaciones de Facturación, que incluye información como la razón social, NIF, domicilio fiscal, datos del cliente, descripción del servicio o producto, precio unitario, tipo de IVA aplicado, base imponible, entre otros.
El contenido básico de una factura para una asociación sin ánimo de lucro incluye la razón social del emisor, NIF, dirección, datos del cliente, número de factura correlativo y fecha de emisión.
En caso de actividades económicas secundarias que generen ingresos, como la venta de productos o servicios, la asociación sin ánimo de lucro debe darse de alta en Hacienda, emitir facturas y aplicar el IVA correspondiente.
Es importante utilizar plantillas de factura que cumplan con la normativa de facturación al emitir facturas para asociaciones sin ánimo de lucro.
Opciones para el envío de facturas electrónicas
Las organizaciones sin ánimo de lucro pueden optar por enviar facturas electrónicas de forma voluntaria.
Pueden acogerse al sistema de facturación electrónica bajo la modalidad de voluntarios. No existe normativa específica sobre las características que deben tener las entidades sin ánimo de lucro que decidan enviar facturas electrónicas de forma voluntaria.
Aunque no es obligatorio para las ESAL, facturar electrónicamente se masificará para todas las empresas y asociaciones. El envío de facturas electrónicas pretende informar al Gobierno sobre las transacciones realizadas en tiempo real y controlar la evasión de impuestos.
CONSECUENCIAS DE NO CUMPLIR CON LAS OBLIGACIONES FISCALES
Una asociación sin ánimo de lucro que no cumpla sus obligaciones fiscales puede enfrentar sanciones graves, como la pérdida de subvenciones y multas que podrían ascender hasta los 20,000 euros.
El incumplimiento fiscal puede llevar a que la asociación sin ánimo de lucro deba rendir cuentas ante Hacienda y la Agencia Tributaria.
Las sanciones por irregularidades fiscales pueden ser tan severas que podrían poner en peligro la existencia misma de la asociación.
La correcta gestión fiscal de sus obligaciones se vuelve aún más crucial, considerando que la financiación de las asociaciones sin ánimo de lucro es vital para la continuidad de sus actividades y objetivos altruistas.
LAS ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO ESTÁN OBLIGADAS A FACTURAR
Las asociaciones sin ánimo de lucro deben facturar cuando reciben pagos de actividades económicas secundarias, como la venta de entradas para eventos, merchandising o servicios.
La emisión de facturas también es obligatoria cuando se cobran cuotas a los miembros que incluyen alguna prestación de servicio. Es valioso para una asociación sin ánimo de lucro, mantener un registro detallado de sus actividades económicas y cumplir con todas las obligaciones fiscales relacionadas.
Para facilitar el cumplimiento, muchas asociaciones optan por utilizar software de facturación o el asesoramiento de profesionales contables especializados en gestión de fundaciones.
Cumplir con estas obligaciones fiscales no solo es una exigencia legal, sino también una muestra de transparencia y buena gestión, esencial para mantener la confianza de los donantes y la comunidad a la que sirven.
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PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE SI UNA ASOCIACIÓN SIN ÁNIMO DE LUCRO PUEDE FACTURAR
¿Las entidades sin ánimo de lucro están obligadas a facturar?
Sí, las entidades sin ánimo de lucro están obligadas a facturar cuando realizan actividades económicas, como la venta de productos o servicios, y deben cumplir con las obligaciones fiscales correspondientes, incluyendo la emisión de facturas y la presentación de impuestos.
¿Una asociación sin ánimo de lucro puede facturar hasta qué monto?
Una asociación sin ánimo de lucro puede facturar hasta un millón de euros sin estar obligada a pagar el Impuesto de Actividades Económicas. Sin embargo, debe cumplir con todas las obligaciones fiscales y de facturación pertinentes.
¿Una fundación es lo mismo que una entidad sin ánimo de lucro?
No, una fundación y una entidad sin ánimo de lucro no son lo mismo, aunque ambas persiguen fines altruistas. Las fundaciones deben cumplir con requisitos legales específicos y suelen tener un patrimonio inicial, mientras que las entidades sin ánimo de lucro abarcan un rango más amplio de organizaciones, como asociaciones.