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Estimado asociado; En los últimos días hemos conocido el acuerdo, a expensas de trámites parlamentarios, de PSOE y Sumar, para impulsar un paquete fiscal que, entre otras medidas, plantea introducir un IVA del 21 % para las viviendas de uso turístico. HOSBEC ha defendido siempre la igualdad de condiciones fiscales en toda la oferta alojativa reglada, si bien, estamos mostrando nuestra preocupación por la confusión que puede llevar la terminología en la referencia de Viviendas turísticas y apartamentos turísticos. Estas actividades están contempladas de manera diferente según nuestro ordenamiento legal identificando claramente la tipología de Bloques y conjuntos de apartamentos, y su especialidad de Apartotel conforme artículo 45 del Decreto 10/2021 regulador de alojamientos turísticos en la Comunitat Valenciana. La normativa actual indica que quien realiza arrendamientos de alojamientos turísticos tiene, a efectos del IVA, la condición de empresario (art 5.uno.c LIVA). La Unión Europea aceptó tarifas reducidas de IVA al alojamiento turístico dada la aportación a la economía, al empleo y al valor social del hecho turístico. Estas tarifas de IVA reducido permiten la creación de competitividad entre estados, permitiendo el bienestar social y mejorando los niveles de empleo en el sector que emplea a más personas con menor formación y a jóvenes en su primer empleo. No obstante, a día de hoy aquellos arrendamientos de alojamientos turísticos en los que el arrendador NO presta servicios típicos de la industria hotelera están exentos del IVA y, por tanto, sujetos a Transmisiones Patrimoniales Onerosas del ITP. En estos casos, el arrendador no debe presentar ni ingresar el IVA. Además, la normativa actual indica que quien realiza arrendamientos de alojamientos turísticos tiene, a efectos del IVA, la condición de empresario (art 5.uno.c LIVA). Por todo ello, seguimos defendiendo el IVA reducido para la modalidad de alojamiento de Bloque y conjunto de Apartamentos turísticos, insistiendo en que la terminología no confunda la aplicación del IVA del 21% entre estas diferentes modalidades de alojamiento en apartamentos turísticos y viviendas de uso turístico. Aprovechamos esta comunicación para recordar que tras la entrada en vigor en la Comunitat Valenciana del Decreto Ley 9/2024 de modificación de la normativa reguladora de las viviendas de uso turístico son de aplicación diferentes aspectos que aplican a esta tipología de alojamientos en la Comunidad Valenciana e incluir una serie de recomendaciones de actuación. Decreto Ley 9/2024 regulador de viviendas de uso turístico en la Comunitat Valenciana Los principales aspectosregulados en el Decreto Ley son:
Ante la aparición de estas nuevas regulaciones que buscan ordenar la oferta de viviendas de uso turístico, junto con otras normativas europeas que también entrarán en vigor próximamente, como por ejemplo el Real Decreto de la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos, creemos oportuno recordar a todos nuestros asociados que se aseguren de disponer la licencia que más se ajuste a la realidad de su actividad. Hemos detectado que varios establecimientos, a pesar de poder operar como un conjunto de apartamentos turísticos (+50% de las unidades de alojamiento del edificio) o un bloque de apartamentos/aparthotel, estaban dados de alta como viviendas de uso turístico. Por eso, con el fin de poder regularizar la situación de aquellos apartamentos turísticos que no estén dados de alta con la tipología que les corresponde y, por tanto, que únicamente les aplique la normativa asociada, os dejamos a continuación:
De este modo, instamos a todos los propietarios o gestores de apartamentos que revisen su situación actual y, en caso de ser necesario, actualicen sus situación con el registro de TurismeCV. Les dejamos el enlace directo al procedimiento abierto referente a la actividad de bloques y conjuntos de apartamentos turísticos. Pinche en el siguiente link. Seguiremos informando de novedades respecto a la aplicación de las normativas anunciadas o posibles nuevos anuncios regulatorios en este sentido. Quedamos a su disposición para atender cualquier duda o comentario. Mayte García – secretaria general |
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