La empresa, obligada a comunicar a los trabajadores la utilización disciplinaria de grabaciones

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Una sentencia dictada en 2015 obliga a las empresas a comunicar a los trabajadores, con carácter previo a su ...

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Una sentencia dictada en 2015 obliga a las empresas a comunicar a los trabajadores, con carácter previo a su utilización en juicio, la existencia de grabaciones realizadas mediante cámaras de seguridad del establecimiento que podrán ser utilizadas a efectos disciplinarios.

Para ello, Hostelería Madrid ha preparado un modelo de nota para cumplir dicha obligación y poner en conocimiento de sus trabajadores las grabaciones mediante su firma. Los asociados que la necesiten pueden pedirla a nuestros departamentos jurídico y laboral.

Por su parte, la sentencia TS 503/2022 recuerda que la instalación de cámaras de videovigilancia puede perfectamente conjugar los fines de control de la actividad laboral con los fines de seguridad de los bienes y productos de la empresa, que para ello no hace falta consentimiento del trabajador en tanto que tiene que ver con el ejercicio de facultades propias de la ejecución del contrato de trabajo, que en cambio sí es necesario como regla general que el trabajador tenga conocimiento de su existencia, y que en tales condiciones la grabación obtenida puede servir de prueba para acreditar los hechos imputados.


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