París, lunes 14 de abril 2025. En una inaudita ceremonia, poniéndose en escena de forma similar a lo hecho por el presidente Trump en los últimos tres meses con sus órdenes ejecutivas, Dina Boluarte, promulgó hoy la ley anti ONG que busca restringir la labor de la sociedad civil. Esta fue votada por el congreso de la República del Perú, el pasado 12 de marzo.
Esta ley incluye en particular el artículo 21.c.2 que sanciona como infracción "muy grave" el uso de recursos de cooperación técnica internacional para asesorar, asistir o financiar acciones judiciales, administrativas o de cualquier naturaleza contra el Estado Peruano.
Las ONG que sigan representando víctimas de graves violaciones de derechos humanos gracias al apoyo de la cooperación internacional podrán ser obligadas a pagar multas equivalente a 730 mil dólares, luego tendrán suspensión temporal de beneficios y cancelación definitiva de la inscripción en los registros oficiales, con posibilidad de disolución judicial. Esta ley busca claramente acabar con las ONG de derechos humanos y medioambientales que estos últimos 40 años han representado victimas proveniente de la población más vulnerable del Perú logrando que sus derechos sean reconocidos.
La FIDH rechazan esta agresión intolerable contra la sociedad civil peruana que busca aniquilarla y construir esquemas de impunidad frente a los crímenes ya cometidos por este gobierno. En particular recordamos como la discriminación, racismo y exclusión social de grandes sectores vulnerables de la población se vieron reflejados en la violencia y represión institucional que siguió a la toma del poder por parte de la coalición gobernante –liderada por Dina Boluarte– en diciembre de 2022. La represión derivó en el uso excesivo de la fuerza policial que dejó 50 personas fallecidas. La FIDH Y APRODEH han solicitado a la CPI abrir investigación por crímenes de lesa humanidad por 49 de estos asesinatos y centenares de heridos graves.
Esta disposición constituye un retroceso alarmante en la garantía de acceso a la justicia, restringe el derecho de las organizaciones no gubernamentales (ONG) a asistir legalmente a ciudadanos y comunidades en situación de vulnerabilidad, impidiéndoles acudir a instancias internacionales cuando consideren que el Estado ha vulnerado sus derechos. Dejando a miles de personas víctimas acompañadas por las organizaciones en estado de desprotección.
La FIDH recuerda a las autoridades que el derecho a la tutela judicial efectiva está consagrado en el artículo 139.3 de la Constitución Política del país. La prohibición de que las ONG financien o participen en acciones legales contra el Estado viola además el principio de igualdad y no discriminación, pues obstaculiza desproporcionadamente el acceso a la defensa legal.
Asimismo, la exigencia impuesta por esta ley a las organizaciones inscritas en la APCI de presentar la agenda anual de actividades para una aprobación previa a la ejecución de las mismas, constituye una restricción injustificada a la autonomía y libertad de acción de las ONG. Este control previo, sumado a la facultad discrecional de la APCI para sancionar, mina la independencia de la cooperación internacional y vulnera el derecho a la libre asociación.
De igual manera, la norma aprobada establece que las ONG no podrán intervenir en aspectos vinculados “con la política interna” del país, dejando en manos de la APCI definir qué acciones o medidas implementadas en el marco de la ayuda al desarrollo colisionan con esa definición, pudiéndose interpretar la fiscalización, seguimiento a las políticas públicas, el fortalecimiento organizacional para ejercer el derecho a la movilización o y la protesta, entre otras medidas similares, como acciones de carácter político y por tanto prohibirlas legalmente.
FIDH Llama a la comunidad internacional a tomar todas las medidas en su alcance para sancionar la grave deriva autoritaria que representa la promulgación de esta ley y que busca restringir el contra poder que son las ONG y asegurar la impunidad del Estado.