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La Asamblea de Madrid ha aprobado la Ley 2/2025, que introduce varias novedades en el Impuesto sobre Sucesione...
La Asamblea de Madrid ha aprobado la Ley 2/2025, que introduce varias novedades en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, con el objetivo de acercar el tratamiento fiscal de los parientes del Grupo III (hermanos, tíos, sobrinos y parientes por afinidad) al que ya disfrutan los familiares directos.
Principales cambios:
- Bonificación del 50% en sucesiones y donaciones para todos los contribuyentes del Grupo III, tanto por consanguinidad como por afinidad. Esta medida supone un incremento de 25 puntos porcentuales respecto a la bonificación anterior (que era del 25% para ciertos casos).
- Donaciones inferiores a 1.000 euros: estarán bonificadas al 100% y no será necesario declararlas, siempre que no se supere este límite en un plazo de tres años entre el mismo donante y donatario.
- Simplificación de requisitos formales:
- No será necesario otorgar escritura pública para donaciones de hasta 10.000 euros, salvo que sea exigido legalmente.
- Se aclara que no se pierde el beneficio fiscal si el documento privado se eleva a público dentro del plazo voluntario de presentación de la autoliquidación.
- Se mantiene la reducción del 100% (hasta 250.000 euros) para donaciones en metálico destinadas a vivienda habitual, emprendimiento o adquisición de participaciones sociales, en determinados casos y con requisitos específicos.
La norma entra en vigor hoy 1 de julio de 2025, tras su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Redacción