Ampliaciones de los permisos por nacimiento y cuidado de hijos

Compatibilità
Salva(0)
Condividi

Estimado asociado, 

Ayer entró en vigor el Real Decreto-ley 9/2025, de 29 de julio, publicado en el BOE, que modifica el Estatuto de los Trabajadores para ampliar y flexibilizar los permisos relacionados con el nacimiento, adopción o cuidado de menores. El objetivo es armonizar la vida familiar y laboral y transponer la Directiva (UE) 2019/1158.

A continuación les informamos de las principales novedades:

🔍 Principales Cambios en el Permiso por Nacimiento y Cuidado de Menor

1. Duración del Permiso

  • Se amplía a 19 semanas para ambos progenitores.

  • En caso de familias monoparentales, se amplía a 32 semanas.

2. Distribución

  • 6 semanas obligatorias e ininterrumpidas tras el parto o resolución judicial.

  • Las restantes 13 semanas (o 26 en monoparentalidad) son voluntarias y pueden distribuirse hasta que el menor cumpla 12 meses.

  • Se añaden 2 semanas adicionales (4 en monoparentalidad) para el cuidado del menor hasta los 8 años, a partir de 2026, aplicables a hechos causantes desde el 2 de agosto de 2024.

3. Características Clave

  • El permiso es individual e intransferible.

  • Las semanas voluntarias pueden tomarse a jornada completa o parcial, con aviso mínimo de 15 días.

  • En caso de que ambos progenitores trabajen en la misma empresa, se puede limitar el disfrute simultáneo por razones organizativas.


💡 Casos Especiales

  • Parto prematuro y hospitalización prolongada: ampliación según el tiempo de hospitalización.

  • Fallecimiento del hijo/hija: se mantiene el periodo de suspensión salvo que se solicite la reincorporación tras las 6 semanas de descanso obligatorio. 
  • Fallecimiento de un progenitor: el otro podrá disfrutar la totalidad del permiso.
  • Discapacidad o partos múltiples (empleados públicos): se añaden 2 semanas adicionales.


⚧ Inclusión de Personas Trans Gestantes

El término “madre biológica” también aplica a personas trans gestantes, reconociendo expresamente su inclusión en los beneficios legales.


👥 Permiso Parental No Retribuido (Solo Empleados Públicos)

Se crea un nuevo permiso no remunerado para el cuidado de hijos mayores de 1 año hasta los 8 años. Tiene una duración máxima de 8 semanas (continuas o discontinuas, a tiempo parcial o completo).


💶 Cambios en la Ley General de la Seguridad Social

  • Alta médica obligatoria para iniciar el subsidio.

  • Subsidio del 100% del IPREM, salvo que la base reguladora sea inferior.

  • Cobertura del período obligatorio tras parto o adopción.

  • Ampliación del subsidio por 14 días en casos de:

    • Familia numerosa

    • Monoparentalidad

    • Nacimientos/adopciones múltiples

    • Discapacidad del menor (≥ 65%)


📅 Entrada en Vigor

  • Cambios aplicables a hechos causantes a partir del 2 de agosto de 2024.

  • Nuevas semanas adicionales y prestaciones económicas estarán disponibles desde el 1 de enero de 2026.

Recapiti
Hosbec