I. ¿A qué se denominan trámites de extranjería?
Se denominan trámites de extranjería todos aquellos procedimientos administrativos, solicitudes o actuaciones formales que debe realizar una persona extranjera ante la Administración Pública española para regularizar, mantener, modificar o acreditar su situación jurídica en España, especialmente en relación con su entrada, estancia, residencia, autorización para trabajar, reagrupación familiar o establecimiento en territorio nacional.
Estos trámites constituyen el cauce formal mediante el cual la Administración comprueba que la persona extranjera, ya sea ciudadana de un tercer Estado o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, cumple los requisitos exigidos por la normativa vigente en materia de extranjería, régimen comunitario, protección internacional y demás disposiciones aplicables.
En este contexto, Administrativando Abogados se posiciona como un despacho de referencia en Derecho de Extranjería. Su profundo conocimiento normativo y su sólida trayectoria permiten proporcionar soluciones personalizadas, una gestión eficaz ante la Administración y una defensa rigurosa de los derechos e intereses de sus clientes.
II. ¿Cuáles son los trámites de extranjería?
Los principales trámites de extranjería se dividen a través de los siguientes bloques:
- Dentro del Régimen Comunitario, –donde se regulan los derechos de entrada, libre circulación y residencia de los ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo (Islandia, Liechtenstein, Noruega) y Suiza, así como de sus familiares directos-, encontramos:
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- Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión (EX-18): Para estancias superiores a tres meses de ciudadanos comunitarios que trabajen –por cuenta ajena/propia-, tengan recursos suficientes y seguro médico, o sean estudiantes.
- Tarjeta de Residencia de Familiar de Ciudadano de la Unión (EX-19): Destinada a cónyuges, parejas registradas, hijos menores de 21 años -o mayores a cargo-, y ascendientes a cargo de un ciudadano de la UE.
- Residencia Permanente en el Régimen Comunitario: Solicitud del certificado permanente -para el comunitario- o de la tarjeta permanente -para el familiar no comunitario-, tras 5 años de residencia legal y continuada en España.
- En Situaciones de Estancia, a través de la cual se faculta a permanecer en España por un periodo no superior a 90 días por semestre -salvo en el régimen de estudiantes-, sin que implique residencia administrativa, se tienen los siguientes trámites de extranjería:
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- Prórroga de Estancia de Corta Duración (EX-29): Ampliación excepcional del periodo de estancia -con o sin visado-, por motivos humanitarios, familiares o de fuerza mayor.
- Autorización de Estancia por Estudios -Inicial y Prórroga- (EX-00): Dirigida a la realización de estudios superiores, educación secundaria postobligatoria, investigación, formación o programas de movilidad de alumnos.
- Autorización de Trabajo para titulares de Estancia por Estudios (EX-00): Permiso específico para compatibilizar la actividad formativa con el trabajo por cuenta ajena o propia, siempre que las horas laborales no coincidan con las lectivas.
- Por Residencia Temporal, que son autorizaciones que habilitan a residir –y en algunos casos a trabajar- en España, por un periodo superior a 90 días e inferior a 5 años. En este caso, tenemos los siguientes trámites de extranjería:
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- Autorización Inicial de Residencia Temporal No Lucrativa (EX-01): Para extranjeros que disponen de medios económicos suficientes para subsistir sin trabajar y un seguro médico privado.
- Autorización Inicial de Residencia Temporal y Trabajo por Cuenta Ajena (EX-03): Supeditada a la situación nacional de empleo y a la presentación de un contrato por parte de un empleador.
- Autorizaciones para Actividades de Temporada o Campañas: Gestión colectiva de contrataciones en origen (GECCO) para flujos migratorios circulares estacionales.
- Autorización Inicial de Residencia Temporal y Trabajo por Cuenta Propia (EX-07): Requiere la acreditación de la cualificación profesional, viabilidad del proyecto empresarial (plan de negocio) e inversión económica suficiente.
- Autorización de Residencia Temporal por Reagrupación Familiar (EX-02): Permite al extranjero residente legal (tras un año de residencia y haber obtenido la renovación para otro año) traer a sus familiares directos (cónyuge, hijos menores o representados, y ascendientes bajo condiciones estrictas).
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- Autorización de Residencia Independiente de Familiares Reagrupados: Acceso de los familiares reagrupados a una autorización propia tras cumplir determinados requisitos de convivencia, obtención de ingresos o en supuestos de violencia de género.
- En el caso de residencia por circunstancias excepcionales, como mecanismos de regularización administrativa para extranjeros que se encuentran en España en situación irregular, pero cumplen determinados requisitos de permanencia y arraigo, se encuentran:
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- Arraigo Social: Requiere una permanencia continuada de 2 años, carecer de antecedentes penales, informe de inserción social (salvo exenciones) y un contrato de trabajo (o acreditar medios propios o de familiares).
- Arraigo sociolaboral: Para extranjeros que acrediten una permanencia de 2 años y demuestren la existencia de relaciones laborales previas (mínimo 6 meses) mediante resolución judicial, acta de la Inspección de Trabajo o resoluciones administrativas.
- Arraigo Familiar: Concedido a padres o tutores de menores de nacionalidad española, o a personas que presten apoyo a ciudadanos españoles con discapacidad. También aplica a los hijos de padre o madre originariamente españoles.
- Arraigo Socioformativo: Autorización de residencia para extranjeros que demuestren una permanencia mínima de 2 años y se comprometan a realizar una formación reglada, profesional o técnica oficial.
- Arraigo de Segunda Oportunidad y Extraordinario: Figuras procedimentales ajustadas a las últimas reformas del reglamento para flexibilizar la regularización.
- Razones Humanitarias, de Protección Internacional o Colaboración: Autorizaciones excepcionales concedidas por motivos de salud (enfermedad sobrevenida grave), peligro para la vida en el país de origen, o colaboración activa con autoridades policiales, fiscales o judiciales.
- Régimen de Movilidad Internacional, tramitado de forma centralizada ante la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Específicos (UGE-CE). Se caracteriza por plazos de resolución rápidos (20 días hábiles por silencio administrativo positivo) y la exención de la situación nacional de empleo, encontramos:
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- Visado/Autorización de Residencia para Inversores (Golden Visa): Por la adquisición de bienes inmuebles (mínimo €500.000 libres de cargas), deuda pública (€2.000.000), o acciones/depósitos bancarios (€1.000.000).
- Autorización para Emprendedores y Actividad Empresarial: Para proyectos de carácter innovador con especial interés económico para España, avalados por ENISA.
- Autorización de Residencia para Profesionales Altamente Cualificados (PAC): Para directivos o personal de perfil técnico titulado que se incorporen a grandes empresas, PYMEs de sectores estratégicos o proyectos de interés general.
- Autorización de Residencia para Investigadores: Dirigida al personal que realice actividades de investigación, desarrollo e innovación tecnológica en entidades públicas o privadas.
- Autorización por Traslado Intraempresarial: Para la movilidad de trabajadores extranjeros dentro de una misma empresa o grupo empresarial establecido fuera de la UE.
- Nómadas Digitales (Teletrabajadores de carácter internacional): Para personas que ejercen una actividad laboral o profesional a distancia para empresas radicadas fuera del territorio nacional, utilizando medios informáticos y de telecomunicación.
- En el caso de residencia de larga duración, existen los siguientes trámites de extranjería:
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- Residencia de Larga Duración (EX-11): Habilita a residir y trabajar en España indefinidamente en las mismas condiciones que los españoles. Se adquiere, por regla general, tras 5 años de residencia legal y continuada en el territorio nacional.
- Residencia de Larga Duración-UE: Permite la obtención de una residencia indefinida en España y otorga la posibilidad de obtener una autorización de residencia o residencia y trabajo en otros Estados miembros de la Unión Europea bajo condiciones simplificadas.
- Modificaciones de las Autorizaciones de Extranjería.
Procedimientos que permiten transitar de un tipo de autorización a otra sin necesidad de regresar al país de origen, en este caso, se deben realizar los siguientes trámites de extranjería:
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- Modificación de Estancia por Estudios a Residencia y Trabajo: Acceso al mercado laboral (cuenta ajena o propia) tras la finalización de los estudios, exento de la situación nacional de empleo.
- Modificación de Residencia por Circunstancias Excepcionales a Régimen General: Pasó del arraigo a una autorización ordinaria de residencia y trabajo tras el primer año de vigencia.
- Modificación por Cambios de Situación Laboral: Tránsito de cuenta ajena a cuenta propia, o viceversa.
- Trámites Instrumentales y Documentación Policial
Procedimientos operativos y de emisión de documentos físicos gestionados principalmente por el Cuerpo Nacional de Policía.
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- Asignación de NIE (Número de Identificación de Extranjero – EX-15): Solicitud del número de identificación secuencial para extranjeros que tengan intereses económicos, profesionales o sociales en España, sin que implique autorización de residencia.
- Certificados de Residente y No Residente (EX-15): Documentos expedidos para acreditar legalmente ante terceros organismos la condición de residencia o no en el país.
- Expedición de Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE – EX-17): Trámite físico de toma de huellas y emisión del documento plástico que acredita la situación legal una vez aprobada la autorización de extranjería correspondiente.
- Autorización de Regreso (EX-13): Documento provisional expedido para permitir la salida de España y el posterior retorno directo al territorio nacional cuando la tarjeta de residencia se encuentra en fase de renovación o prórroga.
- Expedición de Carta de Invitación: Trámite por el cual un particular -español o residente legal-, solicita documentar el alojamiento que proporcionará a un extranjero durante su estancia turística de corta duración.
- Cédula de Inscripción (EX-16) y Título de Viaje: Documentación excepcional para extranjeros que no pueden ser documentados por las autoridades de ningún país (o apátridas reconocidos).
III. Naturaleza jurídica de los trámites de extranjería
A diferencia de los procesos civiles o penales, los trámites de extranjería son de naturaleza estrictamente administrativa. Se rigen por los principios generales del procedimiento administrativo común, lo que implica que sus resoluciones agotan o no la vía administrativa y son susceptibles de recursos de alzada, de reposición o, en última instancia, de ser impugnadas ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
¿Tienes dudas con algún trámite reciente? Déjanos tu comentario o contacta con nuestro despacho para ayudarte, nuestros abogados le garantizarán una asesoría y representación de excelencia, ya que efectuaremos con una intensidad y rigor de máxima altura, un asesoramiento jurídico integral tanto en fase preventiva, como desplegando la oportuna defensa ya sea en vía administrativa, o bien, en fase contencioso–administrativa.
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David Muñoz Zapata
Director
Doctor en Derecho por la Universidad de Castilla-La Mancha, con la tesis: “Estudio y propuesta de revisión de la prerrogativa en los contratos administrativos”, que fue calificada con sobresaliente cum laude por el tribunal nombrado al efecto.
Asimismo ha realizado el Máster en “Derechos Fundamentales y Libertades Públicas” y el Máster en “Derecho de la Contratación Pública” de la Universidad de Castilla-La Mancha.
Cuenta con una experiencia profesional de dieciocho años, compaginando puestos tanto en el sector privado, en el ámbito de la abogacía y la asesoría jurídica, como en el sector público, ocupando destinos en la Consejería de Educación, Cultura y Deportes y en la Consejería de Economía, Empresas y Empleo de Castilla-La Mancha.
Igualmente, posee amplia experiencia en el ámbito del Derecho deportivo, habiendo sido, durante seis años, Secretario del Comité de Disciplina Deportiva de Castilla-La Mancha y Secretario del Consejo Regional de Deportes de dicha Comunidad Autónoma. De igual modo, fue el autor del Anteproyecto de la Ley 5/2015, de 26 de marzo, de la Actividad Física y el Deporte de Castilla-La Mancha.
En el ámbito de la docencia, es profesor en diversas titulaciones de Máster y postgrado del ámbito del Derecho administrativo en la Universidad de Castilla-La Mancha y ha sido docente de varios cursos para empleados públicos de la Diputación Provincial de Toledo y de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Finalmente, en e