Veri*factu es una de las medidas incluidas en la Ley Antifraude. Establece los requisitos que deben cumplir los programas de facturación, entre ellos incluir un sistema de facturas verificables que garantice la integridad, la trazabilidad y la inalterabilidad de las facturas.
Hacienda ya permite hacer uso de este nuevo sistema que le permite tener controladas las facturas que emiten los autónomos y empresas a sus proveedores.
Si eres autónomo o empresario, te interesa continuar leyendo.
¿Qué es y para qué sirve el sistema Veri*factu?
El sistema de emisión de facturas verificables es una medida que ha puesto en marcha Hacienda para que los programas de facturación intercambien información en tiempo real con la Agencia Tributaria.
Las facturas que sean envidas a Hacienda a través de un programa de facturación incorporarán la frase «VERI*FACTU», que quiere decir que toda la información contenida en esa factura se ha remitido a la Agencia Tributaria de manera automática y ha sido supervisada por la Administración.
Esta norma, que se aprobó en octubre de 2024 nace a raíz de la Ley Antifraude, que exige un reglamento para fijar claramente las condiciones que debe cumplir un software para ser considerado legal. Estos requisitos sirven también para evitar los conocidos programas de facturación de doble uso, que sirven para ocultar contabilidades en B a la Agencia Tributaria.
Ventajas del sistema Veri*factu
• Permite a los negocios dar una imagen de transparencia a sus clientes, mostrando que registra y envía a Hacienda todas las operaciones, así como a la Administración.
• Podrá disminuir posibles requerimientos, al tener acceso a todas las facturas, es probable que la Agencia Tributaria necesite menos datos del negocio y, por lo tanto, realice menos comprobaciones en las actividades que utilicen Veri*factu.
¿A quién afecta Veri*factu?
Es de aplicación obligatoria para todos los empresarios y profesionales, en todas sus operaciones (B2C y B2B), excepto:
- Los sujetos al Sistema de Información Inmediata (SII).
- Régimen simplificado y agricultura.
- Operaciones exentas en la obligación de facturar.
- Exclusiones concedidas a la obligación de facturar.
Ahora bien, para poder aplicar este sistema Veri*factu, los obligados deben desarrollar su actividad económica en España. En concreto, en el ámbito territorial será: el territorio español, incluido Canarias, Ceuta y Melilla, salvo los territorios forales de País Vasco y Navarra.
¿Cuándo entra en vigor el sistema Veri*factu?
A partir de julio de 2025: Las empresas que se dedican a producir o distribuir programas de facturación sólo podrán vender softwares homologados según los nuevos requisitos de la Ley antifraude.
Actualmente ya pueden enviarse las facturas a través de Veri*factu, en fase voluntaria.
• A partir del 1 de enero de 2026: Las empresas (impuesto de sociedades) deberán contar con un programa de facturación que cumpla los requisitos de la Ley Antifraude.
• A partir del 1 de julio de 2026: Los autónomos y resto de empresas, deberán contar con un programa de facturación que cumplan los requisitos de la Ley Antifraude
Para adelantarse a los cambios normativos, es recomendable contar siempre con programas de gestión como BASEGES y PIMESOFT, que se actualizan constantemente a los nuevos requisitos que deben cumplir los sistemas de facturación y las empresas que los utilizan.
¿Y si no cumplo con Veri*factu?
Las sanciones pueden alcanzar hasta los 50.000 euros para quienes no se adapten al sistema Veri*factu y hasta 150.000 euros por manipular o destruir datos contables.
Por lo que no hay que dejarlo para el último momento, por ello la Agencia Tributaria ya permite la emisión por el sistema Veri*factu, en la fase voluntaria.
¿Qué debo hacer ahora?
• Si eres usuario de un programa de gestión que no se ha adaptado al sistema Veri*factu o todavía no trabajas con un programa de facturación, desde Programación Integral te asesoramos.
Recuerda que si eres autónomo o tu empresa tiene entre 0 y 3 trabajadores o tu empresa tiene entre 50 y 250 trabajadores, a través del KIT DIGITAL todavía puedes cambiar tu software o adquirir uno sin coste.
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• Y si ya eres usuario de un programa de Programación Integral: BASEGES, PIMESOFT o TPV, no te preocupes por nada, ya puedes disponer de Veri*factu. Te aconsejamos que lo solicites ya, así podrás escoger la fecha de implantación que más te convenga.
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